ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.360
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.762

Acta de sesión 1874/05/16_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.101/1.1874-05-16_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1874/05/16_Ordinaria

  • Data(s) 1874-05-16 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 161,163

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Dada lectura del acta anterior ha sido aprobada. Visto que, presentado D. Antonio Justo ante el Secretario accidental de esta Comisión, y enterándose del acuerdo de 8 del corriente, no se convino en aplazar el cobre de lo que por resto de las obras del cementerio de Beluso le es en deber al municipio de Bueu; se acuerda se diga al Alcalde que no conviniendo el acreedor en conceder espera para la percepción de su crédito y habiendo tenido el ayuntamiento tiempo bastante para formar el presupuesto adicional que se le apercibe para que a término de quinto día verifique el pago de lo que adeuda a dicho D. Antonio Justo, en la inteligencia que de no hacerlo, se hará responsable personalmente a los concejales y alcalde sin perjuicio de lo demás que proceda. Vista una instancia producida por Manuel sanmartín Tomé, vecino de Marcón reclamando el pago de parte de una finca, que dice de su propiedad que fue ocupada en la construcción del segundo trozo del camino de esta Capital a Ponte Caldelas. Visto el oficio del Ingeniero del que resulta que los percibo al formar el expediente de expropiación no incluyesen en el la citada finca por considerarla no incluyesen en el la citada finca por considerarla baldío y manifestando los propietarios inmediatos que no sabían tuviese dueño, no procede su tasación y abono ínterin el citado Sanmartín no justifique con títulos su propiedad; se acuerda se traslade al Alcalde de Ponte Caldelas la comunicación del ingeniero para que se lo haga saber al interesado como resolución a su escrito de 10 de marzo próximo pasado. Visto el oficio que con fecha 25 de abril último dirigió D. Antonio Pujadas médico director del instituto manicomio de San Basilio de Llobregat dando gracias por la aprobación que la Excma. Diputación dispense en 10 de abril último al contrato por el que los dementes que se hallan en Valladolid aquel establecimiento. Vistas las condiciones 1º, 5º y 16ª del citado convenio, se acuerda se oficie a D. Antonio Pujadas para que se haga cargo de los enajenados que hoy existen en el manicomio de Valladolid, acompañándose al efecto relación nominal de los mismos, y al Director de este conocimiento de lo acordado por la Excma. Diputación provincial y traslado de la autorización que se pase al Señor Pujades para recoger aquellos indicándose a dicho funcionario remitan a esta Comisión dos relaciones autorizadas por ambos de los dementes que sean objeto de la entrega para los efectos oportunos. La Comisión acuerda se publique en el Boletín oficial una circular para que los Ayuntamientos remitan las cuentas de que están en descubierto hasta el ejercicio de 1870 a 1871 para lo cual se les concede el plazo de treinta días improrrogables y respecto a las de los posteriores, cumplen con lo que disponen dos artículo 156 y 158 de la Ley municipal en la inteligencia de que sino lo verifican se adoptaran las medidas coercitivas que la misma autoriza. No habiendo mas asuntos de que tratar, se levantó la sesión de que yo secretario accidentar certifico.

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición