ATOPO
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Acta de sesión 1874/08/20_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.101/1.1874-08-20_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1874/08/20_Ordinaria

  • Data(s) 1874-08-20 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 266,268

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta anterior ha sido aprobada. Se dio cuenta del expediente de arriendo de la casa en donde se halla establecida la sala para el tribunal de justicia; y visto que los inquilinos de los cuartos bajos no han satisfecho el importe de sus respectivos arrendamientos en el plazo fijado en el acuerdo de 12 del corriente: visto el artículo 9º de la ley provincial; se acuerda se proceda a demandar a los citados sujetos, a cuyo efecto se pase atenta comunicación al Señor Gobernador Civil de la provincia a fin de que se sirva otorgar en representación de la provincia poder a procurador que promueva las convenientes reclamaciones en juicio verbal contra los mencionados sujetos proponiéndole como tal a D. José Antonio Ruisuárez y D. Prudencio Dios y a cualquiera de ellos se reserva esta Comisión comunicarle las instrucciones oportunas. Vista la diligencia practicada al médico D. Benito Rivas de Silleda, se acuerda manifestar al alcalde de dicho pueblo para que lo haga a este interesado que se quiere entablar la alzada que inicia en dicha diligencia lo haga con arreglo y en la formar que previene el artículo 133 de la ley municipal. Dado cuenta de una instancia de D. Patricio Andrés Moreno pidiendo que se reciban las obras del Camino de Sanxenxo a Caldas en la parte comprendida en el distrito de Meaño; se acuerda que pase al Ingeniero para su informe. Vista la queja de agravios producida por D. Tomás Locano y otros vecinos de Valga porque entienden que el Ayuntamiento ha procedido con arbitrariedad; se acuerda que previamente remita el Alcalde una certificación comprensiva de lo siguiente: 1º si los contribuyentes se hallan distribuidos en secciones y en su caso cuantos sean estos: 2º si se han distribuido a todos los interesados el estado que prefija el artículo 32 del Reglamento; y 3º si antes de verificarse el repartimiento se expuso al público el resumen de la riqueza imponible. Visto el informe de la contaduría referente a la personalidad de la viuda del contratista general de caminos provinciales para representar los derechos de los herederos de aquel se acuerda pasarlo a informe del negociado de caminos según dicha contaduría propone. Visto nuevamente el expediente a que se acompaña la cuenta de gastos ocasionados en la toma de datos para la liquidación final de l trozo segundo del camino de A Estrada a Cuntis, se acuerda de conformidad con lo propuesto por la contaduría aprobarla y que se pase al señor ordenador de pagos para lo que proceda. Dado cuenta de una instancia del maestro de la escuela elemental de Soutomaior quejándose de que la Junta municipal le rebajó 250 pesetas de su dotación, se acuerda se haga entender a dicho maestro por conducto del alcalde acuda con su queja al Cuerpo municipal, y que si la providencia de este, la creyera gravosa, use de los demás recursos que las leyes le conceden. A un oficio del alcalde de Lalín sobre reclamación de pesetas que le hace la administración de Hacienda; se acuerda decirle que la pregunta que dirige a esta Comisión la haga a aquella oficina que es quien puede resolverla. Con lo cual se levantó la sesión.

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  • Nota

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