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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1875-08-03_Ordinaria. Acta de sesión 1875/08/03_Ordinaria
Acta de sesión 1875/08/03_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.105/1.1875-08-03_Ordinaria
Título Acta de sesión 1875/08/03_Ordinaria
Data(s) 1875-08-03 (Creación)
Volume e soporte Follas, 85-88
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Se aprobó el acta de la sesión anterior. De conformidad con lo propuesto por el Negociado y la Sra. Directora o Presidenta del Hospicio, se acuerda que el expósito Cándido de los Desamparados número 281, que ha cumplido siete años de edad, pase al de Tui, por haber sido bautizado en la parroquia de Tebra, perteneciente al Ayuntamiento de Tomiño de aquel partido judicial. Vista la comunicación del Sr. Gobernador Civil de 23 de Julio último, trasladando la que le ha pasado el Excmo. Sr. Capitán general sobre el servicio de los bagajes que van desde esta Capital a Vilagarcía, se acuerda de conformidad con lo propuesto por la Contaduría, que se haga la conveniente variación el el itinerario, mandando que el tránsito se haga directamente a Vilagarcía, como lo pide S.E. comunicándolo al contratista general de este servicio para los efectos correspondientes. De conformidad con lo propuesto por la Contaduría, se acuerda que se expida libramiento por pesetas 123,50 céntimos para pago del porte de Madrid a Vigo, de cuatro cajones de libros para la Biblioteca provincial remitidos por el Sr. D. Manuel Pedrayo Valeneire, Catedrático del Instituto, cuyos libros fueron regalados por los Señores Ministros de Fomento, Hacienda y Marina y Función. Se acuerda reclamar del Alcalde de A Estrada la partida de bautismo del expósito Mateo Rodríguez que se dice ser natural de S. Juan de Santelos. Dado cuenta de una instancia de D. Zenón Padín, vecino de Tui, pidiendo que se le entere del acuerdo dictado por esta Comisión en la alzada interpuesta por el mismo contra una providencia del Ayuntamiento de Vigo que le mandó sotillar una casa de su propiedad que tiene en la calle de Falperra, se acuerda que se le oficiese al Sr. Gobernador Civil, para que disponga sea enterada D. Zenón Padín por el Alcalde de Vigo de la providencia de 29 de Abril último. Se señala el día 12 del actual, para la vista pública, la solicitud de alzada interpuesta por Antonio Prieto, vecino de Moraña, contra un acuerdo del Alcalde, que le condenó al pago de 580 reales por vender dos pipas de vino. Se señala también el mismo día para otra vista de la alzada interpuesta por Pedro Pérez, contra un acuerdo del Ayuntamiento de A Cañiza. Visto que no se han vendido aun algunos efectos de los que anteriormente se subastaron, se acuerda que se vendan con la rebaja de un 3% como lo propone la Contaduría. Se acuerda aprobar el presupuesto carcelario del partido de Ponteareas y se le encarga al Alcalde que a lo sucesivo sea más puntual en este servicio. Dado cuenta del expediente de pobreza y demencia de Casimor Bazán, vecino de Lalín, se acuerda que pase al Sr. Gobernador Civil el expresado expediente para que se sirva disponer sea remitido al Manicomio, otro demente. Visto que el Ayuntamiento de Salvaterra no ha cumplido aún las resoluciones de esta Comisión de 15 de Marzo, 22 de Junio y 6 de Julio últimos, relativos a que notifique en forma a Domingo González, la providencia que dictó sobre derribo de un muro, se le apercibe para que dentro de tercero día cumpla lo que se le previno en aquellas fechas, sin dar lugar con su apatía o morosidad a que se le imponga la multa que prescribe el artº 175 de la ley municipal. Vista una comunicación del Ingeniero Jefe rogando a esta Comisión se excite el celo del Juzgado de Lalín para que disponga que por falta de pago de la expropiación de los terrenos de D ª. Ventura Maceira no se paralicen las obras, toda vez que la cantidad que importe dicha expropiación se halla retenida a disposición de dicho Juzgado, se acuerda trasladarle la comunicación que sobre este asunto se ha pasado a dicho Juzgado, diciéndole que se hace por excitación del Ingeniero, que teme ver paralizadas las obras. Dado cuenta del presupuesto adicional de gastos carcelarios del partido de A Cañiza, con objeto de proceder a los convenientes repasos de la cárcel, se acuerda aprobarlo y que se le diga al Alcalde que antes de ejecutar las obras, mande formar el plano, presupuesto y condiciones para sacarlas a subasta pública, ciñiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto de 27 de Febrero de 1852. Se acuerda devolver al Ayuntamiento de A Cañiza la queja producida por D. José Rodríguez y otros industriales contra el repartimiento de consumos para que la cursen a la Administración de Hacienda, que es a la que compete la resolución de este asunto. Vista la reclamación del Alcalde de Poio, se acuerda devolverle el expediente sobre división electoral, selladas que sean tres hojas. Se acuerda aprobar las ordenanzas municipales de Cambados, por lo que respecta a esta Comisión y en los términos propuestos por el Negociado, remitiéndolas al Sr. Gobernador Civil, para los efectos del articulo 71 de la ley municipal vigente. Vistas las ordenanzas municipales de Caldas de Reis, y resultando que en muchas fahas no se consigna la penalidad de los infractores, se acuerda devolverlas al Ayuntamiento para que lleve este requisito, teniendo presente lo que se dispone en el libro 3º del Código Penal, según así lo propone el Negociado. Visto el expediente que ha remitido a informe el Sr. Gobernador Civil sobre la conveniencia de derribar un arco que existe en la calle de la Amargura de la cuidad de Vigo, cuyo Alcalde determinó que se derribase, se acuerda informar que procede revocar el fallo del Alcalde, toda vez que el derribo no ha sido dictado por motivo de utilidad pública: devuélvase el expediente a S.S. y remítanse así el anterior acuerdo según minuta rubricada como el voto particular de los Sres. Sanmartín y Amoneira. Habiendo solicitado el representante de la viuda del contratista general de carreteras provinciales la declaración de valores que depositó en garantía de las obras que debían ejecutarse de varios caminos, que no llegaron a efectuarse por la rescisión de la contrata; y visto que el expediente no obra ni en la contaduría ni en el Negociado, dudándose de que lo haya recogido el Sr. Gobernador D. Luis Rivera para informarse en una cuestión relativa a los depósitos de esta clase, se acuerda dirigir atenta comunicación al Sr. Gobernador Civil, haciéndole relación de los antecedentes, a fin de que se sirva disponer se averigue si dicho expediente y cartas de pago se hallan en la Secretaria, mesa del despacho o en la sección de fomento. A propuesta de la Contaduría se pasa a informe del Ingeniero Jefe, la reclamación que han hecho D. José Mariño y otros vecinos de Forcarei, pidiendo que se les paguen los jornales que han devengado en la construcción del trozo 4º del camino de Sotelo a Cesures. Vista la comunicación del Sr. Gobernador Civil de 17 de Julio último, trasladando otra del Sr. Jefe Económico de la provincia, en la que refiriéndose a una orden de la Dirección de Impuestos, remite a informe de esta Comisión, cuatro instancia de sujetos vecinos del distrito de Saira, los males se quejan de las cuotas que por consumos se les han impuesto, se acuerda evacuarlo con devolución de las instancias, diciendo que el Ayuntamiento se ha atenido a las prescripciones de la ley, y por lo tanto que debe aprobarse lo resuelto por el Municipio. Igual resolución y por los mismos motivos, se acordó respecto de varios vecinos de Marín. Se señala el día 12 del corriente para la vista pública de la alzada interpuesta por varios maestros de Instrucción primaria del distrito de esta Capital, contra un acuerdo del Ayuntamiento, porque eliminó del presupuesto las partidas que en compensación de retribuciones venían satisfaciéndoles. Se acuerda devolver al Ayuntamiento de Salvaterra la instancia que produjo José Lago, quejándose de la cuota que como abastecedor de carnes, le fue impuesta en el 2º semestre de 1872 a 73, para que la tramite como dispone el articulo 133 de la ley municipal vigente. Se pasan a informe del Ingeniero Jefe dos expedientes de expropiación que estaba confeccionando al cesar el ex-Director de caminos provinciales D. Benigno Losada. Dado cuenta de un oficio del Alcalde de Ponte Caldelas en el que indica que se excite el celo del Ingeniero Jefe para que repare algunas obras de fábrica de la carretera provincial, se acuerda que no necesitando excitación de ningún género el expresado Ingeniero para cumplir su obligación,y no siendo además competente el Alcalde para aconsejar modificación de ningún género en las obras a un funcionario inteligente como lo es el Ingeniero, no ha lugar a lo que pide, y por lo tanto póngase "visto" al oficio. Se acuerda pasar a informe del Ingeniero Jefe una instancia producida por D. Patricio A. Moreno, pidiendo que no se rescinda la contrata del camino de Coirón a Cambados. Vista una instancia de Vicente Barreiro, pidiendo que se construya una zanja en el camino de Casas-Novas, se acuerda que pase al Ingeniero Jefe, a los efectos que haya lugar, después de oír al Director encargado de este camino. Se levantó la sesión.
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