ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.360
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.762

Acta de sesión 1876/05/02_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.106/1.1876-05-02_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1876/05/02_Ordinaria

  • Data(s) 1876-05-02 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 30v,32

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta anterior fue aprobada. Por el señor vicepresidente y señor Cea se ha manifestado que algunas personas respetables de la provincia que poseen fincas rústicas de importancia entre las que se encuentra el señor Presidente de la Diputación provincial, se ha solicitado el auxilio de alguno de los capataces de la granja – escuela con el objeto de que pueda diseñarlas o mejorarles sus jardines ya que para ello hacen cuantiosos planteles de los viveros de dicha granja; y Considerando la comisión que si bien podría no ser oportuno el acuerdo en absoluto a tales reclamaciones, porque siendo muy frecuentes podrían distraer a los maestros de los alumnos que son los capataces, en términos que no pudiesen atender al principal objeto a que están destinados, es por otra parte conveniente que la instrucción en agricultura y jardinería que a la inteligencia de dichos capataces adorna, se emplee en beneficio de aquellas personas que teniendo fincas en la provincia que lo paga contribuyen a la vez directamente al sostenimiento de la escuela adquiriendo colecciones de flores y plantas de la misma toda vez que por este medio se propongan también las buenas prácticas de la agricultura y jardinería que dichos capataces están llamados a importar del país vecinos de que proceden, se acuerda que el capataz de jardinería ¿? a los inmediatos puntos de Cesantes y Nigrán y granjas de los señores D. Manuel Uhagón y Dª Elodia Núñez de Cadaval por dos días a cada una aprobando con preferencia los festivos en que no haya enseñanza practica en la escuela autorizar al vicepresidente para que a lo sucesivo otorgue con la dirección conveniente tales concesiones sin necesidad de este acuerdo. En consideración al deplorable estado en que se halla la entrada y escalinata de este palacio provincial; se acuerda que se de un blanqueo y repongan algunos hierros de la balaustrada procediéndose por la vicepresidencia a su ajuste llenando al efecto a los maestros de albañilería de esta capital, atendida la poca cantidad del gasto, previa formación de un presupuesto del mismo por el facultativo D. Ricardo Arostegui a cuyo efecto se oficie la conveniente al Ingeniero jefe. Se señala el día 9 del actual para las vistas públicas de las alzadas interpuestas por Bernardo García Vidal de Cotobade, D. Simón Campo de Redondela y D. Juan Goday de Vilanova de Arousa. Se acuerda recordar al ayuntamiento de Arbo el cumplimiento de lo prevenido por esta Comisión en 15 de septiembre de 1871 respecto de las 75 pesetas que hace tiempo esta adeudando Bernardo Puga por el reconocimiento de una casa el director de Caminos D León Uceda. Igualmente se acuerda que pase a informe de la Contaduría de variación de las condiciones para las subastas de obras de los caminos provinciales que propone el Ingeniero Jefe en 25 de abril último. Visto el presupuesto de gastos carcelarios de Vigo correspondiente al año de 1876-77 y resultando que se opone el Ayuntamiento de Bouzas, se acuerda remitir a informe del de Vigo la comunicación de este, o sea del de Bouzas. Enterada de una instancia de D. Andrés del Río en nombre de D. Joaquín Canaval depositario que ha sido de los fondos municipales de Vilanova de Arousa y quejándose del Ayuntamiento por que no examina y censura las cuentas de doce años de 1870 hasta 1875, se acuerda reproducir a dicho ayuntamiento el acuerdo que sobre el mismo asunto se tomó en 24 de agosto del año último. Se acuerda pasar a informe del ingeniero Jefe el expediente sobre expropiaciones de las avenidas del puente Sublago. Dado cuenta de una instancia de don Manuel Uceda a nombre del su hermano D. León director que ha sido de caminos provinciales, solicitando que se prevenga al ayuntamiento de Pazos de Borbén obligue a pagar sus honorarios devengados en el reconocimiento de una rampa al constructor Pedro Soteliño Fernández, se acuerda que se reproduzca a dicho ayuntamiento la comunicación de 23 de octubre de 1871. A instancia producida por D. Francisco García Cubelo vecino de O Grove, se acuerda remitir los antecedentes de una alzada que contra un acuerdo de la administración económica a esta que fue la que los había remitido. Vista una comunicación del Sr. Gobernador civil de fecha 29 de abril último preguntando si existen tubos de vacuna se acuerda contestarle negativamente; y al propio tiempo que se le dirija una comunicación al Diputado Sr. DS. Antonio López de Meira encareciéndole se sirva encargar al extranjero igual número de tubos que el año pasado, a fin de satisfacer con ellos una de las más apremiantes necesidades de la provincia, cuyo importe se le abonará en su día. Enterada de la certificación que con fecha 31 de marzo último remitió el alcalde de Meis en la que consta el acuerdo del ayuntamiento por el que declaro de utilidad pública la expropiación forzosa de terrenos en donde se construye el puente de las Estacas; se acuerda que en cumplimento de lo dispuesto en el decreto ley de 14 de noviembre de 1868 vuelva la certificación al Alcalde para que usando de sus atribuciones resuelva lo que considere conveniente sobre la utilidad pública de la obra, tramitando después el expediente como dicho decreto ley previene. Con lo cual se levantó la sesión.

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición