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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1901-06-15_Ordinaria. Acta de sesión 1901/06/15_Ordinaria
Acta de sesión 1901/06/15_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.107/1.1901-06-15_Ordinaria
Título Acta de sesión 1901/06/15_Ordinaria
Data(s) 1901-06-15 (Creación)
Volume e soporte Follas, 56-57 v
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Leída el acta anterior, fue aprobada. Vista la solicitud de D. Benito Corbal Estévez, contratista del acopio de materiales para conservación del camino provincial de A Cañiza a la estación de Arbo, pidiendo se le devuelva la fianza definitiva que ha constituido en garantía del contrato, acompañando certificaciones que acreditan no se ha presentado contra el mismo reclamación alguna por jornales ni materiales. Visto que se halla aprobada la liquidación final. Se acuerda la devolución de la mencionada fianza consistente en un título de obligaciones del Tesoro sobre la renta de Aduanas, por valor de 500 pesetas que ha entregado en la Tesorería de esta provincia el día 20 de Diciembre de 1899 y en otro por igual suma de 500 pesetas que para ampliar dicha fianza, también sobre la renta de Aduanas, ha entregado en la Tesorería Central el día 21 de Junio de 1900, número 784.132, fecha 15 de Noviembre de 1896, cuyos resguardos constan reseñados en la copia de escritura pública de que dio fe el notario de esta capital D. Valentín García y al efecto oficíese al Sr. Gobernador para su conocimiento y a fin de que se digne disponer que el preinserto acuerdo se traslade al interesado y a la Delegación de Hacienda para que ésta lo haga a la Tesorería Central. Visto el presupuesto adicional y de reforma de los pisos de oficinas de la Secretaría de Instrucción pública en este palacio, importante 266,34 pesetas formado por el Arquitecto Provincial; se acuerda aprobarlo y ejecútese las obras por el contratista de las reparaciones de este palacio Aurelio Calvo que ha prestado su conformidad ya al mencionado presupuesto. Vista la nota de precios a los suministros facilitados a tropas del Ejército y Guardia Civil durante el mes de Junio actual y hallándose ajustada a los que han tenido los artículos de consumo en el mes de Marzo último, se acuerda aprobarla y publíquese. Visto el testimonio del auto dictado por la Audiencia de lo criminal de esta provincia que declara exento de responsabilidad criminal por loco a Camilo Bouzas Cima, de 36 años, soltero, propietario, natural y vecino de Anceu, den Ponte Caldelas, a consecuencia de causa que se le instruyó por disparo d earma de fuego y lesiones, en cual se halla en la cárcel de Vigo, acordándose por dicho Tribunal sea recluido en un manicomio, del cual no podrá salir sin autorización del mismo, cuyo testimonio con la hoja penal dirige al Sr. Gobernador la Dirección de Establecimientos penales, a fin de de que como comprendido en el párrafo 1º, articulo 7º del R.D. de 1º de Septiembre de 1897, gestione su ingreso cumpliendo lo preceptuado en el artº 11 de dicha Real disposición. Se acuerda que por cuenta de fondos provinciales pase al manicomio de Conjo el Camilo Bouzas a cuyo efecto se oficie al Sr. Gobernador para su conocimiento, el de la Ordenación de pagos y Sr. Director de dicho establecimiento benéfico a quien se remitirá el testimonio del auto y la hoja penal. Se levantó la sesión.
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Nota