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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1901-07-13_Ordinaria. Acta de sesión 1901/07/13_Ordinaria
Acta de sesión 1901/07/13_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.107/1.1901-07-13_Ordinaria
Título Acta de sesión 1901/07/13_Ordinaria
Data(s) 1901-07-13 (Creación)
Volume e soporte Follas, 77-78 v
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Leída el acta anterior, fue aprobada. Vista la reclamación formulada por D. Manuel Costas Fontán contra decisión del Gobierno Civil de la provincia que nombró concejal interino del Ayuntamiento de Xeve a D. Blas Dios Sobral por no proceder con arreglo al art. 46 de la ley municipal la provisión de la vacante y por ser el nombrado deudor a fondos municipales; esta Comisión considerando que no puede entender del recurso entablado en cuanto impugna el nombramiento por improcedente, pues como providencia del Gobierno de provincia no puede ser por esta revocado, por cuya razón es innecesario el informe de este cuerpo consultivo y que en cuanto a la incapacidad que se denuncia, procede desestimar la reclamación por injustificada; se acuerda manifestarlo así al Sr. Gobernador Civil a los efectos del art. 12 del R.D. de 24 de Marzo de 1891, debiendo, en consecuencia, entenderse como legalmente celebradas las sesiones en que haya intervenido en su condición de concejal interino D. Blas Dios Sobral, en tanto que por disposición superior no se declare nulo su nombramiento. A instancia de la Representación local del Tiro Nacional de Tui, en cuya ciudad se celebra en el presente año el 3º concurso de tirio, se acuerda conceder al objeto indicado la cantidad de 250 pesetas que se librarán a favor del presidente de la referida representación D. Juan Aldir Castro con cargo a la partida de imprevistos. Visto el expediente instruido a instancia de D. José Barges Loveira, vecino de Cambados, hoy subrogado en sus derechos por D. Adolfo Mosquera Castro, vecino de Caldas de Reis, en solicitud de que se declare de utilidad pública un manantial de aguas medicinales en el término municipal de Catoira, cuyas aguas sulfíhidricas, sulforado sódicas, frías, emergen en terreno de la propiedad del Sr. Barges, hoy enajenado al Sr, Mosquera, sito en la parroquia de Santa Eulialia de Oeste, del referido término de Catoira, partido judicial de Caldas, a la Junta provincial de Sanidad remite a informe de esta Comisión. Resulta que del análisis químico, cualitativo y cuantitativo de dichas aguas, se adquiere el convencimiento de que las mismas producirán buen resultado en la curación de muchas enfermedades, con especialidad en las afecciones cutáneas, diatésis herpéticas y escrofulosa, elefancies y otras parecidas, usándose generalmente en el baño y bebida. No puede, pues, dudarse ha existido en el promovedor de este expediente el laudable propósito de dotar a la humanidad doliente de un eficaz medio de remediar sus males; y Teniendo en consideración que aparecen cumplidos los requisitos prescriptos por el Reglamento de aguas y baños minero-medicinales de 12 de Mayo de 1874 y que publicada la pretensión en el Boletín Oficial y Gaceta de Madrid ninguna reclamación se ha formulado. Esta Comisión acuerda informar al Sr. Gobernador que procede elevar el expediente con favorable censura a la Dirección General de Sanidad. Se levantó la sesión.
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