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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1901-12-31_Extraordinaria. Acta de sesión 1901/12/31_Extraordinaria
Acta de sesión 1901/12/31_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.107/1.1901-12-31_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1901/12/31_Extraordinaria
Data(s) 1901-12-31 (Creación)
Volume e soporte Follas, 176-180 v
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Previa convocatoria del Sr. Gobernador, se reunieron los señores vocales designados al márgen. Se dio lectura de la anterior que fue aprobada. Esta Comisión se ha enterado del proyecto de tranvía eléctrico entre Vigo y Baiona presentado por el Sr. Director del Banco de Vigo y del expediente informativo instruido acerca del mismo, que el Sr. Gobernador remite en vista de lo que prescribe el art. 87 del Reglamento par ala ejecución de la ley de ferrocarriles. Resulta que publicado en la Gaceta de 6 de Agosto de este año el anuncio de la presentación en la Dirección General de Obras Públicas de dicho proyecto, recurrió D. Augusto Bárcena, de Vigo, al Ministerio de Agricultura, Industria y Comercio, manifestando ser concesionario de los estudios de un tranvía de Vigo a Baiona, en parte sobre la carretera del que ahora se proyecta por medio de tracción eléctrica cuya tramitación se halla ultimada y pendiente tan solo de la formación de la sociedad constructora y explotadora y que como dicha carretera es de 2º orden a la salida de Vigo y de 3º en el resto no pueden transitar dos trenes a la vez. Pide se tenga en cuenta la prioridad de su proyecto y las circunstancias del paso por muchos poblados, su proximidad a establecimientos fabriles en la costa, para desestimar la pretensión del Banco de Vigo. Sustenta el autor del nuevo proyecto, en solicitud dirigida al Sr. Director general de Obras Públicas, en oposición a la pretensión del Sr. Bárcena, razones incontrovertibles para que el nuevo proyecto tenga preferencia. Entre ellas las siguientes: 1ª. Porque el Sr. Bárcena no es ni ha sido nunca concesionario de un tranvía de vapor entre Vigo y Baiona y sí solo simple peticionario de concesión. 2ª. Que el nuevo proyecto, aunque tata de enlazar iguales puntos, es distinto del suyo en su esencia y que, por consiguiente, pueden los dos tramitarse simultáneamente. 3ª. Que aun considerándolos análogos, desde el momento en que no se estorban y no existiendo monopolio en las concesiones, el Estado en justicia concedería ambos; y 4ª. Porque el Estado en su misión secretísima de velar por el cumplimiento del derecho y atender al fomento de la prosperidad general, no ha de impedir la realización de una mejora tan importante. Los Ayuntamientos de Vigo y Baiona informar en sentido el 1º de que encuentra igualmente aceptables ambos proyectos y el 2º informa desfavorablemente la pretensión del Sr. Bárcena. Esta Comisión no puede menos de reconocer que es un adelanto progresivo la locomoción por medio de la electricidad y por más que el proyecto del Sr. Bárcena pudiera ser atendible su tuviere las obras en realización y hoy no hay razón para que pueda su oposición prosperar ante una mejora tan importantísima como la que tiene en proyecto el Banco de Vigo. En este sentido acuerda informar al Señor Gobernador. Visto el expediente promovido por D. Pedro Martínez Fernández como apoderado de la sociedad "Spanich Industries Limited" en virtud de petición del aprovechamiento de 600 litros de agua por segundo, del río Carballas, en el distrito municipal de Forcarei, que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión. Pueden apreciarse en el examen de dicho expediente dos cuestiones. Es la primera que este aprovechamiento afecta a algo que se relaciona con su naturaleza, cuya pureza se altera después de ser sometida al lavado de minerales procedentes de las minas "Carolina", "Amparo" y "Hermelinda" sin que se pueda determinar la importancia de tal alteración. Es la segunda que varias vecinas, aguas abajo, se quejan por el temor de que pueda disminuírles, el caudal del agua que vienen aprovechando para otros usos industriales. Son estas dos cuestiones de gran importancia y por eso los señores vocales del Consejo provincial de Agricultura, Industria y Comercio antes de emitir su informe han procurado ver el proyecto y aún el informe emitido, como consecuencia de las obras de estancamiento de las aguas que hayan sido utilizadas y en su concepto opinó dicho Consejo que las mencionadas aguas debieran sujetarse por algún tiempo antes de que se unieran a las otras del arroyo de la "Freixa" de S. Miguel de Pesqueiras con lo que puede creerse se les privaría de algunas partículas que pudieran tener en suspensión y perjudicar a las del citado arroyo al someterse a la sedimentación, dejando a la competencia de la oficina correspondiente si deben hacerse uno, dos o más depósitos, para localizar las aguas en unos mientras fueran desocupados los otros. En cuanto a la segunda cuestión no hay que tener que los que disfrutan las aguas de Carballas sufran perjuicio con la concesión pretendida si las obras de la presa se hacen en condiciones tales de que la nueva toma de agua no disminuya en ningún tiempo la que vienen disfrutando aquellos desde tiempo inmemorial. Por las consideraciones expuestas esta Comisión acuerda informar al Sr. Gobernador se están en el caso de acceder a la pretensión deducida por D. Pedro Martínez Fernández en virtud de la representación que ostenta con las limitaciones que la salud pública, incluso la ganadera y agrícola requieren, así como que no resulten perjuicios para los otros aprovechamientos existentes. Dado cuenta de una comunicación del Sr. Gobernador pidiendo se entregase a Guillermo Flevas a su hermano Juan que se encuentra recluido en el manicomio de Conjo. Se acuerda sea entregado a Guillermo Flevas su hermano Juan como el Sr. Gobernador desea comuníquese a esta autoridad para su conocimiento, el de la Ordenación de pagos, Dirección del manicomio e interesado. Vistos los expedientes instruidos en el Ayuntamiento de Crecente con motivo del sorteo de concejales a quienes corresponde cesar en 1º de Enero del año próximo, que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión. Resultando: que en 11 de Julio del año de 1900 reunida en sesión ordinaria la Corporación municipal de Crecente, se procedió al sorteo de concejales a quienes correspondería cesar en la próxima renovación, siendo estos los Sres. D. Mauricio Rodríguez, D. Manuel Vallejo, D. José Mª Montero, D. Román Pérez y D. Joaquín Valeije. Resultando: que convocada a sesión extraordinaria la mencionada Corporación el 2 de Noviembre último con objeto de proceder nuevamente al sorteo de concejales que deberían cesar en sus cargos, el teniente alcalde D. Ovidio Caarrera y todos los demás asistentes a excepción de D. Antonio Gómez Antonio expusieron que dicho sorteo se había celebrado ya y, en su consecuencia, no procedía celebrar otro, careciendo de objeto la sesión, añadiendo que los antecedentes del primer sorteo debían obrar en el archivo municipal. Resultando: que el alcalde D. Honorato Rodríguez insistió en la necesidad de celebrar un nuevo sorteo por considerar nulo el primero, en vista de lo cual todos los concejales, excepto el D. Antonio Gómez Antonio, se retiraron, insistiendo a su vez en lo improcedente de dicho acto, así como también negando personalidad al secretario Sr. Queimadelos para certificar del acuerdo que él tomase. Resultando: que en vista de esta actitud de los concejales el alcalde D. Honorato Rodríguez procedió al sorteo, llamando para que lo presenciasen a los concurrentes a la sesión D. Román Giráldez, D. Leopoldo Montero y D. Salvador Domínguez que suscribieron el acta en unión del concejal D. Antonio Gómez, el alcalde y el secretario. Resultando: que los concejales D. Antonio Gómez y D. Ramón Mariño reclaman para ante el Sr. Gobernador contra la validez del repetido primer sorteo, fundándose en que se celebró sin las debidas formalidades y fuera de tiempo, toda vez que desde aquella fecha hasta el día de la elección pudieran ocurrir vacantes naturales, suficientes a cubrir las de los elegidos de más en 1.899 se eligieron nueve concejales por el distrito municipal de Crecente o sea el total de elegibles y, por consiguiente, en la renovación actual deben cesar cuatro y en el sorteo de 11 de Julio se comprendió uno más. Resultando: que los concejales D. Ovidio Carrera, D. Manuel Romay, D. José Reinaldo, D. Benito Gómez, D. Pedro Martínez, D. Bernardo Gómez y D. Manuel Fernández protestan para ante el Sr. Gobernador contra el sorteo celebrado en 2 de Noviembre por haberse hecho anteriormente con las formalidades debidas. Resultando: que para probar la verdad de lo ocurrido en la sesión extraordinaria de 2 de Noviembre se contraen estos señores concejales al acta notarial de referencia levantada por el notario de Ribadavia, D. Braulio Meruéndano. Considerando: que siendo nueve el número total de concejales por el distrito de Crecente tan sólo a tres les correspondía cesar en el ejercicio de su cargo y, por consiguiente deben considerarse nulo el sorteo de cinco indebidamente efectuado en 11 de Julio de 1900. Considerando: que aun cuando el número de sorteados fuese el prescripto por la ley, no podría admitirse la validez del sorteo celebrado en 1900, es decir con más de un año de anticipación, pues es claro y evidente que esa operación debe verificarse con posterioridad a la convocatoria de elecciones para la renovación bienal de concejales. Considerando: que el segundo sorteo celebrado en 2 de noviembre último careció en absoluto de las formalidades prevenidas por la ley. Se acuerda informar al Señor Gobernador en sentido de que, a juicio de esta Comisión procede anular los dos sorteos mencionados. Se levantó la sesión.
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