ATOPO
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Acta de sesión 1902/02/17_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.107/2.1902-02-17_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1902/02/17_Ordinaria

  • Data(s) 1902-02-17 (Creación)

  • Volume e soporte Folla: 19,19v

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta anterior, fue aprobada. Visto el expediente instruido en el Gobierno Civil de esta provincia y proyecto presentado por D. Carlos Salgueiro Cangas, vecino del ayuntamiento de Carbia, solicitando autorización para modificar su molino que posee en el margen del río “Cerniña” lugar de Abades, perteneciente al distrito municipal de Silleda y que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión. Resultando que durante el período de información pública, se presentaron dos instancias suscritas por D. Antonio Golmar y D. Andrés Villanueva la primera, y por D. José Espiño la segunda, oponiéndose a la concesión de autorización, por temores de perjuicios por la detención de las aguas, impidiendo los riegos, y Espiño sosteniendo se le irrogan también perjuicios en un molino de su propiedad. Considerando que esos temores de perjuicios han desaparecido por completo, desde el momento en que el Sr. Ingeniero encargado de la confrontación emite en 6 de noviembre del año último un razonado informe en el cual importe al Salgueiro las condiciones necesarias para que no se causen perjuicios en ningún otro aprovechamiento. Visto el también favorable informe del Consejo provincial de Agricultura, Industria y Comercio. Se acuerda informar al Sr. Gobernador, que se está en el caso de acceder a la pretensión del D. Carlos Salgueiro, con tal que este cumpla con las condiciones que le impone el Sr. Ingeniero encargado de la confrontación. Vistas las cuentas municipales del ayuntamiento de Setados correspondientes al año natural de 1900 que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión; y Considerando que se hallan arregladas a las prescripciones legales, sin que durante el tiempo que estuvieran expuestas al público se hubieran interpuesto reclamación alguna. Se acuerda informar al Sr. Gobernador con devolución de las mencionadas cuentas, que puede aprobarlas definitivamente con arreglo a las facultades que le concede el artículo 165 de la ley municipal. Se levantó la sesión.

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

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