ATOPO
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Acta de sesión 1902/12/06_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.107/2.1902-12-06_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1902/12/06_Ordinaria

  • Data(s) 1902-12-06 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 146,147

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Se abrió la sesión bajo la presidencia del Sr. Nine, con asistencia de los Sres. Expresados al margen y leída el acta de la anterior, fue aprobada. Acordó esta Comisión abrir concurso para la provisión de las plazas de médico civil y suplente de la Comisión mixta de reclutamiento, que han de actuar en las operaciones de quintas durante el próximo año de 1903, en virtud de lo dispuesto en los artículos 3º del R.D. de 5 de enero de 1897 y quinto del de 16 de febrero de 1898, a cuyo efecto que se inserte el oportuno anuncio en el Boletín oficial. Vistos los expedientes instruidos a los ayuntamientos de Meaño, Vilaxoán y Tomiño, solicitando autorización para imponer arbitrios extraordinarios, sobre algunas especies de 2ª tarifa de consumos para cubrir los déficits que les resultan en sus respectivos presupuestos; se acuerda proponer al Sr. Gobernador la aprobación de los mismos, si bien teniendo presente las limitaciones que propone en sus informes la Admón. de Hacienda. Vista la instancia promovida por D. Cándido Lis, reproduciendo su petición anterior de que se le satisfagan las 527,10 pesetas que devengó por sus dietas como agente ejecutivo contra el ayuntamiento de Cambados, por débitos a fondos de la provincia; se acuerda se le haga efectivo el pago de dicha suma con cargo al capítulo de improvistos del presupuesto provincial; y a la vez se participe a dicho ayuntamiento que queda ampliada a la referida cantidad, la retención de sus ingresos. Visto el recurso de alzada interpuesto por varios panaderos de esta capital, contra un acuerdo del ayuntamiento de la misma, dictando reglas para la confección y venta del pan; y Considerando que dicho acuerdo, lejos de haber sido adoptado con extralimitación legal, se ajusta a las facultades que la ley municipal confiere a las corporaciones municipales, se acuerda informar al Sr. Gobernador, que procede desestimar el recurso de alzada de referencia. Se levanto la sesión.

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

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