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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1903-05-19_Ordinaria. Acta de sesión 1903/05/19_Ordinaria
Acta de sesión 1903/05/19_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.107/3.1903-05-19_Ordinaria
Título Acta de sesión 1903/05/19_Ordinaria
Data(s) 1903-05-19 (Creación)
Volume e soporte Follas: 47 v, 48 v
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Leída el acta anterior, fue aprobada. Vista la nota de precios medios a suministros facilitados por los pueblos de esta provincia a fuerzas del Ejército y Guardia Civil, durante el corriente mes, se acuerda aprobarla y publíquese en la forma acostumbrada. Visto el expediente instruido por el ayuntamiento de esta capital, en súplica de autorización para contraer un empréstito con el fin de mejorar la situación económica del municipio y realizar mejoras locales. Se acuerda informar al Sr. Gobernador que, a juicio de esta Comisión, procede elevar con favorable censura al Excmo. Ministro de la Gobernación, la demanda del municipio de Pontevedra. Visto el expediente instruido en el Gobierno Civil de esta provincia, acerca de la necesidad de ocupar temporalmente dos canteras sitas en el ayuntamiento de Nigrán, pertenecientes a D. Valentín Martínez Lemos y D. Salvador Araujo Puga; y Considerando: que se justifica la necesidad de extraer material de las mencionadas canteras para destinarlo a la conservación de la carretera de Pontevedra a Camposancos. Esta Comisión acuerda informar al Sr. Gobernador, que procede decretar la necesidad de ocupar las referidas canteras por tratarse de una obra de necesidad pública. Vista la instancia de D. Alejandro García Velasco, en súplica de que sea recluida en el Manicomio de Conjo su hijo Alejandro García Casal, vecino de esta ciudad, cuya demencia se acredita, obligándose a reintegrar por meses vencidos en las cajas provinciales el importe de las estancias que causase sino fuesen de abono por cuenta de la provincia; y Visto que el acuerdo de la Excma. Diputación que reduce a 50 el número de dementes que en el manicomio pueden asilarse por cuenta de fondos provinciales impide estimar en su primera parte la súplica formulada por el D. Alejandro García Velasco. Se acuerda que el demente Alejandro García Casal figure entre los dementes pobres cuyas estancias abona la Diputación en el manicomio de Conjo, si bien aceptando el compromiso que en su instancia formula su padre de reintegrar por meses vencidos a las cajas provinciales, el importe de las estancias que cause el alienado D. Alejandro García Casal, a cuyo efecto se harán las debidas formalizaciones, siendo deber de la Contaduría provincial dar cuenta a esta Comisión del incumplimiento del compromiso contraído por D. Alejandro García Velasco, si llegase el caso. Se levantó la sesión.
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