ATOPO
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Acta de sesión_ 1906-04-03_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.110/1.1906-04-03_Ordinaria

  • Título Acta de sesión_ 1906-04-03_Ordinaria

  • Data(s) 1906-04-03 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 6 1. Presidencia del Sr. Vázquez Limeses Señores que asistieron: Otero (D. Gumersindo), Garrido, Lorenzo, Pazos y Otero (D. Cándido). Abierta la sesión a las seis de la tarde, se dio lectura al acta de la anterior que fue aprobada. ------ Folla: 6 2. Acto seguido, haciendo uso de las atribuciones que la contiene el caso 3º del art. 98 de la vigente Ley provincial, y previa declaración de urgencia, adoptó los acuerdos siguientes: 1º. Fijar, en consecuencia con lo dispuesto en el art. 94 de la repetida Ley, en nueve el número de sesiones que celebrará esta Comisión en los días 4, 10, 11, 17, 18, 23, 24 y 30, teniendo en cuenta lo prevenido en el Real Decreto de 12 de Mayo de 1.899; debiendo comunicarse esta resolución al Sr. Gobernador a los efectos procedentes. ------ Folla: 6 3. Aprobar la conta de 15 pesetas que presenta el industrial D. Joaquín Viñas, por un libro de actas para la Comisión Mixta de Reclutamiento, debiendo comunicarse esta resolución al Sr. Ordenador de pagos a los efectos procedentes. ------ Folla: 6 4. Aprobar la distribución de fondos que presenta la Contaduría para satisfacer obligaciones del corriente mes de Abril. ------ Folla: 6 5. Decretar el ingreso en la Inclusa de la niña Isolina Muñiz, de veinte meses de edad, en mérito a demostrarse en el oportuno expediente, que su madre Juana Muñiz, soltera, vecina de San Xoán de Poio, es pobre de solemnidad y que además padece una anemia que le impide criar la citada niña, según informe facultativo. ------ Folla: 6 6. Quedar enterada de la comunicación del Inspector facultativo D. Narciso Carrera, manifestando que el 1º de Abril existían en el Hospital de Santiago 44 enfermos. Ordenar, secundando propuesta de la Secretaría, a los administradores de los hospitales de Pontevedra y Santiago que diariamente comuniquen qué enfermos ingresaron en dichos establecimientos benéficos por orden de la Diputación y cuáles obtuvieron alta por curación o fallecimientos que hubiesen ocurrido. Y dirigir nueva encitación a los Inspectores facultativos para que según se le ordenó por acuerdo adoptado en sesión de 14 de Marzo último practiquen la visita diaria y den cuenta semanalmente de los ingresos y salidas en el establecimiento a que alcanza su fiscalización. ------ Folla: 6,7 7. Resolver, de conformidad con lo propuesto por la Contaduría, que una vez agotada la partida del vigente presupuesto de gastos consignada en el capítulo 3º artículo 1º y denominada "Haberes de peones camineros y capataces", pueda la Ordenación de pagos disponer que el exceso de gastos que haya contra esa partida, se satisfaga contra la que existe dentro del mismo artículo y denominada "Para pago de contrata de acopios de materiales y conservación" y que, teniendo en cuenta este criterio, se destine 1.500 pesetas para el inmediato empleo de material de afirmado en el camino de Ponteareas a Mondaríz cuya suma calcula el Jefe de Caminos provinciales que es indispensable gastar en el referido camino para evitar perjuicios grandes. ------ Folla: 7 8. Contestar al Sr. Alcalde de A Guarda, que en oficio de 20 de Marzo pasado interesa que la vecina de dicha villa Carlota López González, ingrese en el Manicomio de Conxo, exponiéndole que habiendo acordado la Excma. Diputación en sesión de 2 de Octubre de 1.901, limitar a 90 el número de plazas que existen subvencionadas por la Diputación en el referido manicomio y resultando que en la actualidad están recluidos en dicha casa benéfica 77 alienados, no puede esta Comisión, sintiéndolo, alterar el acuerdo ya citado de la Diputación. ------ Folla: 7 9. Quedar enterada del oficio que con fecha 28 del mes pasado, dirige el Ilmo. Sr. General de Prisiones, comunicando que se ha dispuesto que D. Manuel Rodrigo Ybarra, jefe de la prisión de Pontevedra, pase aprestar sus servicios como administrador de la misma y sueldo anual de 1.900 pesetas, debiendo constituir la fianza de quinientas pesetas en garantía de su cargo y correspondiendo en su consecuencia que se le acreditan a tal funcionario sus haberes por conta de los fondos de la provincia, cesando desde la fecha de 12 de Marzo en dicho cargo el administrador D. Félix Bodelón Barrio, por haber sido trasladado con ascenso a la prisión preventiva de Ponteareas. ------ Folla: 7,8 10. Por el Secretario que suscribe, se dio lectura de una moción que suscribía el Sr. Contador de Fondos provinciales, presentada a la Mesa por el Vocal Sr. Lorenzo y que literalmente copiada dice así: "Las plantillas de personal de las Contadurías las formarán las respectivas corporaciones, oyendo a los contadores, quienes, si creen imposible la marcha de los servicios con el personal asignado, lo pondrán en conocimiento de la Dirección General para la resolución que proceda." El artículo que precede lo cita el que suscribe en apoyo de una pretensión que cree justa. Para la buena marcha de esta Contaduría provincial es necesario que siguiendo el ejemplo de la mayoría de las Diputaciones de España, se nombre un tenedor de libros, cargo que dado el sistema de contabilidad actual tiene que desempeñarlo una persona idónea que se halla al tanto de tecnicismo de tan delicado arte, que posea conocimientos caligráficos perfectos y que no sea susceptible de equivocaciones, pues es sabido que los Libros de contabilidade si han de tener su fuerza legal, no pueden ser encomendados ni raspados y sí sólo salvados los errores con nuevos asientos y notas en tinta roja. - Este puesto lo desempeña en la actualidad interinamente y con perfección insuperable, el empleado temporero de esta Diputación D. Ignacio García Sánchez, conocedor del sistema de contabilidad por partida doble; de muy clara inteligencia; calígrafo consumado, asiduo, serio y seguro en el trabajo, que para mayor abundamiento lleva 10 años prestando sus servicios en esta Diputación, como empleado temporero con el sueldo anual de 1.500 pesetas; es decir, que con la continuación en el cargo que interinamente desempeña dicho empleado y con un pequeño aumento al sueldo que disfruta actualmente, esa Comisión puede satisfacer la pretensión que en forma de súplica eleva el que suscribe y premia a un empleado de las relevantes condiciones citadas. -Aquel aumento de sueldo es inherente a la confirmación en el cargo de tenedor de libros, pues no guarda relación el sueldo de 1.500 pesetas con la importancia y responsabilidad de dicho cargo. -La Diputación Provincial de Palencia, cuyo presupuesto de gastos es bastante inferior al de esta Diputación, tiene dotada la plaza de tenedor de libros con el sueldo anual de 1.900 pesetas. -Si esa Comisión atendiera esta súplica puede, si así lo estima oportuno, confirmar a D. Ignacio García Sánchez, en el cargo de tenedor de libros de esta Contaduría y asimismo que el sueldo a percibir en lo sucesivo, se le abone de la misma partida, con cargo a la que se le abona el que actualmente disfruta. Abierta discusión por el Sr. Presidente, acerca de la resolución que debiera adoptarse sobre el particular, usaron de la palabra los Sres. Otero (D. Gumersindo), Pazos y Lorenzo, que abogaron por que se accediese a lo solicitado por el Sr. Contador, debiendo incluirse en la plantilla que se halla confeccionando el Secretario que suscribe, al temporero referido, con l cargo de tenedor de libros, remunerado con sueldo un tanto superior al que actualmente disfruta. El Sr. Vázquez Limeses, propuso que el aumento aludido alcanzase a la cifra de 300 pesetas, quedando el sueldo de tenedor de libros que debía percibir el Sr. García Sánchez en la cantidad anual de 1.800 pesetas. El Sr. Garrido expuso que si bien le merecía el empleado referido el mejor concepto por su competencia y laboriosidad, sin embargo tenía que oponerse a que prosperase la propuesta de que se había dado lectura, por estimar que existiendo personal con exceso en la plantilla de la Diputación, podía al hacerse aquella definitiva y en términos de economía como se había recomendado, pasar otro empleado de carácter fijo al cargo de tenedor de libros; y que, por tanto, no tenía justificación el gravar con un aumento de sueldo el presupuesto de una Corporación que tenía personal en exceso. El Sr. Lorenzo expuso que la índole del trabajo que realizaba el Sr. García requería competencia especial que, según el Contador, facultado por la superioridad par la propuesta, atesoraba en forma muy completa el repetido Sr. García Sánchez, el cual además por su antigüedad en la casa, era acreedor a este premio. A esta manifestación prestasen su asentimiento los demás Sres. Vocales de la Comisión, a excepción hecha del Sr. Garrido, adoptándose en su consecuencia, el acuerdo de nombrar tenedor de libros de la Contaduría de la Diputación con el haber anual de 1.800 pesetas a D. Ignacio García Sánchez, haciendo constar su voto en contra el Sr. Garrido. ------ Folla: 7,8 11. Y por último, el vocal Sr. Otero (D. Gumersindo) manifestó que para comprobar si la linfa vacuna que la Diputación suministraba a los pueblos reunía las necesarias, condiciones profilácticas, debía oficiarse a los tres alcaldes de esta provincia, interesándoles que dentro del termino de quinto día y oyendo al respectivo médico titular, informasen acerca del resultado que en la localidad hubiesen dado las inoculaciones. La Comisión resolvió de conformidad con esta propuesta. Se levantó la sesión. ------

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