Fondos
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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1907-06-08_Ordinaria. Acta de sesión 1907/06/08_Ordinaria
Acta de sesión 1907/06/08_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.112/1.1907-06-08_Ordinaria
Título Acta de sesión 1907/06/08_Ordinaria
Data(s) 1907-06-08 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 20 1. Presidencia del Sr. Casas. Señores que asistieron: García Vidal, Domínguez Fociños, Areal, Otero y Sampedro. Abierta la sesión a las 12 de la mañana, se dio lectura al acta de la anterior que, por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 20 2. Acto seguido, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el caso 3º del art. 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los acuerdos siguientes: 1º. Aprobar la distribución de fondos para satisfacer las obligaciones del mes actual, formada por la Contaduría en consonancia con lo que determina el art. 78 de la Ley provincial. 2º. Declarar de abono al Ayuntamiento de Gondomar la suma de 16.031'61 pesetas en concepto de subvención por el 50% del valor de las obras de construcción de la Casa Consistorial cuyo acuerdo adoptó la Diputación en sesión extraordinaria de 25 de Julio de 1.896. 3º. Comunicar al Sr. Gobernador que habiéndose extendido el libramiento por valor de 9.000 pesetas que existe en el vigente presupuesto para satisfacer la expropiación de terrenos con el fin de verificar el ensanche y reparación de la carretera de Ponteareas al manantial de las aguas minero-medicinales de Chan da Gándara, puede designar día para que el perito D. Gumersindo Durán perciba por honorarios 450 pesetas, y se aplique el resto a satisfacer la expropiación en la zona que el Sr. Jefe de Caminos provinciales señale que reúna las condiciones convenientes para que puedan dar comienzo seguidamente los trabajos de ensanche de la citada carretera por el contratista a quien se le adjudicó este servicio. 4º. Decretar la suscripción al Diario de Sesiones del Senado y del Congreso cuyas dos suscripciones importan 16 pesetas al mes, que han de satisfacerse con cargo al art. 5º capítulo 5º del vigente presupuesto, donde existe partida para adquisición de obras, para la Biblioteca provincial, en cuya dependencia estará a disposición del público y se coleccionarán los ejemplares de los indicados diarios. Se levantó la sesión. ------
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Nota