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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1907-09-03_Ordinaria. Acta de sesión 1907/09/03_Ordinaria
Acta de sesión 1907/09/03_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.112/1.1907-09-03_Ordinaria
Título Acta de sesión 1907/09/03_Ordinaria
Data(s) 1907-09-03 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 33 1. Presidencia del Sr. Casas. Señores que asistieron: García Vidal, Sampedro, Otero, Fociños y Areal. Abierta la sesión a las doce de la mañana, se dio lectura al acta de la anterior que fue aprobada. ------ Folla: 33,34 2. Acto seguido, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el caso 3º del art. 98 de la Ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los acuerdos siguientes: 1º. Decretar el ingreso en la Inclusa, de la niña de dos años de edad, Eugenia Barthelemy, huérfana de madre, que el Alcalde de esta ciudad interesó por hallarse abandonada en la vía pública. 2º. Acto continuo, se dio cuenta del expediente instruido en virtud e la solicitud y proyecto presentados por el Ayuntamiento de Marín en súplica de que se le concedan los terrenos ganados al mar como consecuencia del encauzamiento del río Lameiriña, para destinar los mismos a mejoras del servicio público. Resultando: que la petición del Ayuntamiento fue cursada siguiendo los trámites reglamentarios, sin que ninguna reclamación se formulase contra aquella. Resultando: que la Comandancia de Marina, informa en el sentido de que la concesión solicitada es de utilidad y conveniencia para la urbanización de la Villa; pero que debe imponerse la condición de que se construyan a lo largo del muro de encauzamiento las rampas necesarias para que los pescadores reparen sus embarcaciones, compensando de este modo los perjuicios que se les irrogan la privarles del derecho consuetudinario y comunal de disfrutar de dicho terreno. Resultando: que el Ingeniero encargado de la confrontación del proyecto, abunda en apreciar que es necesario sanear los terrenos solicitados por el Ayuntamiento de Marín, los que deben ser concedidos a tal Corporación; de no acometer el Estado por sí la construcción de una amplia vía con arbolado. Resultando: que el Consejo Provincial de Agricultura, Industria y Comercio, dictaminó favorablemente a la pretensión del Ayuntamiento de Marín, si bien es de parecer que se impongan las condiciones expresadas, en los informes de la Comandancia de Marina y del Sr. Ingeniero encargado de la confrontación. Considerando: que no habiéndose formulado por los pescadores de Marín, reclamación alguna contra la petición formulada por el Ayuntamiento de dicha Villa, dentro del plazo legal, ni habiéndose impugnado con anterioridad las obras de encauzamiento del río Lameiriña, con motivo de las que se privaba a los mismos de los terrenos en que por costumbre practicaban las operaciones de varado, abrigo y reparación de sus embarcaciones, la consignación de los perjuicios que invoca en su informe el Sr. Comandante de Marina no tiene estado legal, pudiendo atribuirse el silencio de los pescadores a que no tuvieron lesión de sus derechos, porque darles amplia zona de abrigo en el resto de la ría y con la construcción de los diques del Este y del Oeste. Considerando: que debe imponerse al Ayuntamiento de Marín, la condición de respetar todas las servidumbres que gravan los terrenos que se le concedan y que con tal criterio es forzoso tener en cuenta lo propuesto por el Sr. Ingeniero encargado de la confrontación del proyecto, en cuanto a la prolongación de caños que conducen aguas al terreno que ha de ser objeto de la donación; la Comisión, de conformidad con lo propuesto por el negociado, acordó evacuar el trámite prevenido por el art. 7º de la Instrucción aprobada por R.O. de 20 de Agosto de 1.883, dictaminando en el sentido de que procede acceder a lo solicitado por el Ayuntamiento tantas veces mencionado, al cual deben ser impuestas las condiciones de prolongación de caños de desagüe y demás que respecto a terminación de obras cita el Sr. Ingeniero confrontador del proyecto. 3º. Aprobar la distribución de fondos por capítulos para satisfacer las obligaciones del actual mes. 4º. Declarar de abono la cuenta importante 4.177'25 pesetas por estancias de 77 alienados pobres hijos de esta provincia, devengadas en el mes de Diciembre de 1.905 en el Manicomio de Conxo. 5º. Declarar igualmente de abono la suma de 3.580'50 pesetas por estancias de 66 alienados pobres, durante el mes de Julio último en el citado establecimiento benéfico. 6º. Acceder a lo solicitado por el Inspector facultativo provincial D. Heliodoro Fernández Gastañaory, designando a D. Luis Sobrino Buhigas, médico auxiliar sustituto sin sueldo, en la gestión que a aquel le está encomendada de inspección de la asistencia facultativa que en el hospital de esta ciudad reciben los enfermos pobres a quienes satisface las estancias la Diputación. 7º. Declarar de abono a Emilio de la Torre la suma de 22'05 pesetas, por trencilla para los 29 sillones del Salón de la Diputación, cuya suma deberá satisfacerse contra la consignación que existe en el presupuesto para conservación del edificio. 8º. Declarar igualmente de abono al mismo Emilio de la Torre la suma de 45'70 pesetas por paño para las mesas de la Comisión Provincial; de la Presidencia; del Salón de Sesiones y de los pupitres que existen en el mismo, debiendo pagarse esta cantidad contra la consignación que existe en presupuesto para conservación del Palacio Provincial. 9º. Visto el oficio del Sr. Arquitecto Provincial, manifestando que giró visita en Ponte Caldelas, a las obras de construcción de una plaza de abastos y alumbramiento de aguas potables. Resultando: que según afirma dicho técnico, el coste de las obras hasta ahora realizadas, asciende aproximadamente a la mitad de la cantidad otorgada. Considerando: que esta Excma. Diputación, en sesión que celebró el día 10 de Octubre del año próximo pasado, acordó otorgar como máximum una subvención de 9.477'41 pesetas para auxiliar las obras de traída de aguas potables a la citada Villa y construcción de una plaza de abastos; la Comisión acordó se libre a favor del Ayuntamiento de Ponte Caldelas, la mitad de las expresadas 9.477'41 pesetas, o sea la suma de 4.738'70 debiendo pagarse tal cantidad contra la consignación que existe en presupuesto en el Capítulo 11 Artículo único para pago "de otras subvenciones". 10º. Designar a los Vocales D. Lorenzo G. Vidal y D. Casto Sampedro, para formar el turno que ha de actuar en la Sesión que celebrará la Comisión Mixta de Reclutamiento el 20 del actual. Se levantó la sesión. ------
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