ATOPO
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Acta de sesión 1907/10/29_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.112/1.1907-10-29_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1907/10/29_Ordinaria

  • Data(s) 1907-10-29 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 39,40 1. Presidencia del Sr. Casas. Señores que asistieron: García Vidal, Areal, Sampedro, Fraga y Domínguez Fociños. Abierta la sesión a las 12 de la mañana, se dio lectura al acta de la anterior, que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 40 2. Acto seguido, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el caso 3º del art. 98 de la vigente Ley provincial, y previa declaración de urgencia, adoptó los acuerdos siguientes: 1º. Declarar de abono la cuenta importante 986'50 pesetas, que presenta el sastre D. José Pidre Muñiz por uniformes que confeccionó para seis guardias de seguridad, ordenanzas del Gobierno Civil; teresianas y gorras para empleados de dicho centro, debiendo pagarse esta cantidad contra la consignación que existe en presupuesto para conservación del edificio provincial. 2º. Suspender de empleo y sueldo al peón caminero, Manuel Brandaríz, afecto al camino de Vilapouca a Pontevea, toda vez que se agotó la licencia sin sueldo que se le otorgó en 26 de Octubre de 1.906 y no volvió a presentarse a prestar servicio. 3º. Decretar el ingreso en la Inclusa del niño de dos años de edad, José Mª Núñez Pérez, natural de Vigo, a quien abandonó su madre y que se ausentó para ignorado paradero. 4º. Acceder a lo interesado por el Ilmo. Sr. Gobernador Civil, decretando el ingreso en el Hospicio de Cayetano y Gerardo Villarejo Hernández, de 12 y 10 años de edad respectivamente, huérfanos y que fueron recogidos de la vía pública. 5º. Contestar al oficio de la Diputación de Guipúzcoa, pidiendo el abono de 76'25 pesetas por gastos originados con motivo de la conducción del demente Emilio Martínez, natural de Begada, a la Casa de Salud de Santa Águeda de Mondragón, manifestándole que a tenor de lo establecido en la R.O. de 12 de Julio de 1.904 se hace necesario que remitan documento que acredite que dicho alienado es natural de esta provincia, o que llevaba en la misma diez años de residencia fija. 6º. Dado cuenta de una moción de la Diputación Provincial de Soria encareciendo se adhiera la Diputación de Pontevedra a la asamblea que ha de verificarse en dicha ciudad, al objeto de solicitar de los poderes públicos que se reconozca a los pueblos dueños de montes de utilidad pública, la intervención en conservación, aprovechamiento y custodia de los mismos y que la tutela del Estado se reduzca a sus justos límites, a fin de que no queden anuladas las facultades y atribuciones de los pueblos; la Comisión, acordó prestar su adhesión a tal demanda y encitar a los ayuntamientos de la provincia para que si lo estiman conveniente nombres representantes para acudir a la citada asamblea que ha de verificarse el 14 de Noviembre venidero. 7º. Y, por último, la Comisión acordó que se ordene la suscripción al Diario Oficial del Ministerio de la Guerra y Colección legislativa del Ejército, cuya suscripción cuesta al año la suma de 22'20 pesetas, que han de pagarse de la consignación que existe en el vigente presupuesto, Capítulo 5º, art. 5, para adquisición de libros, con destino a la Biblioteca de la Corporación. Se levantó la sesión. ------

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