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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1907-11-07_Ordinaria. Acta de sesión 1907/11/07_Ordinaria
Acta de sesión 1907/11/07_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.112/1.1907-11-07_Ordinaria
Título Acta de sesión 1907/11/07_Ordinaria
Data(s) 1907-11-07 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 40 1. Presidencia del Sr. Casas. Señores que asistieron: García Vidal, Sampedro, Areal, Fraga y Domínguez Fociños. Abierta la sesión a las 12 de la mañana, se dio lectura al acta de la anterior que, por unanimidad, fue aprobada. ------ Folla: 40,41 2. Acto seguido, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el caso 3º del art. 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los acuerdos siguientes: 1º. Quedar enterada de la Comunicación que con fecha 4 de Octubre último dirige a esta Corporación el Ilmo. Sr. Director General de Obras Públicas trasladando R.O. que adjudicó al Banco de Vigo la concesión de un tranvía con motor eléctrico de Vigo a Baiona. 2º. Declarar de abono la cuenta importante 269 pesetas por estancias de trece ancianos en el Asilo de Hermanitas de los pobres de esta ciudad durante el mes de Septiembre último, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en el presupuesto vigente para atenciones de Beneficencia. 3º. Quedar asimismo enterada de oficio que suscribe el Director del Gran Hospital de Santiago participando que el enfermo de Lepra, Francisco González Lemos, se fugó de dicho establecimiento sin haber terminado la curación; debiendo comunicarse esta baja a la Contaduría a los efectos procedentes. 4º. Declarar de abono al Ayuntamiento de esta ciudad la suma de 11.005'75 pesetas por estancias en el hospital de esta capital durante el 3º trimestre de enfermos pobres, hijos de la provincia, debiendo pagarse la expresada suma de la consignación que existe en presupuesto para obligaciones de Beneficencia. 5º. Decretar el ingreso en el Hospital de esta ciudad del niño de trece años de edad, Alejandro Pérez, recogido en la vía pública por los agentes del Gobierno Civil y que padece Sarna. 6º. Quedar enterada del oficio que con fecha 31 del mes próximo pasado dirige D. Enrique de Zaratiegui, participando que quedó instalada ya de manera completa en la planta baja del edificio de esta Diputación, la Biblioteca provincial; y tributar al Archivero bibliotecario D. Álvaro Berasategui un voto de gracias por la meritoria gestión que realizó llevando a cabo con plausible economía para la Corporación, el servicio de traslado de dicha Biblioteca y por su laboriosidad dedicando horas extraordinarias de oficina, al objeto de que dicha instalación se efectuase dentro del corto plazo que se realizó. 7º. Visto el oficio que con fecha 30 del mes próximo pasado dirige D. Rafael Sáenz Díez participando que el día 28 del citado mes quedó constituida la "Junta de Obras del Puerto" de esta capital y de los de Marín, Sanxenxo, Bueu y Poio, e interesando al propio tiempo que en consonancia con lo consignado en la R.O. del Ministerio de Fomento de 23 de Septiembre último se dignase la Diputación acordar la subvención que podría otorgar para que la expresada Junta desenvolviese sus funciones. Considerando: que la constitución de la referida Junta, por la labor que le encomienda la Superioridad y por los recursos que el Estado ha de poner a su disposición una vez consolidada producirá beneficio de importancia indudable para los intereses de esta provincia; la Comisión por unanimidad, acordó se otorgue a la tan repetida Junta, a partir de 1º de Enero próximo venidero, la subvención de 5.000 pesetas, satisfecha por dozavas partes contra la consignación que en el presupuesto de 1.908 existe en el Capítulo 11 con el epígrafe "Para satisfacer otras subvenciones a que puedan obligar o recomendar disposiciones legales. 8º. Y, por último, teniendo presente que en la actual época se confeccionan los presupuestos del Estado, acordó acudir al Excmo. Sr. Ministro de Instrucción Pública, en súplica de que se digne consignar en el presupuesto de tal departamento la cantidad de 1.095 pesetas para sufragar los alquileres de la casa que ocupa la Escuela Normal Superior de Maestros de esta provincia en consideración a que según lo establecido en la R.O. de 1º de Marzo último inserta en la Gaceta del día 3, sólo se reserva a esta Corporación el compromiso de satisfacer el personal administrativo en la cuantía que determina la expresada soberana disposición, siendo lógico que desde el momento en que no ingresa en el tesoro provincial el importe de la matrícula, de tal Escuela satisfaga el Estado el edificio que ocupa dicho centro de enseñanza. Se levantó la sesión. ------
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