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Acta de sesión 1907/01/10_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.113/1.1907-01-10_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1907/01/10_Ordinaria

  • Data(s) 1907-01-10 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 2 1. Presidencia del Sr. Gobernador. Señores que asistieron: Nine, Martínez Casal, García Vidal;, Pazos Echeverría y Lema. Abierta la sesión a las once de la mañana, se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. Acto seguido, examinó con todo detenimiento, la cuenta de fondos del ayuntamiento de Tomiño, correspondiente al año de 1903, y Resultando: que se halla debidamente reintegrada, que su factura se ajusta a lo prevenido en la circular de la Dirección de Administración de 1º de junio de 1886, que las partidas de cargo y de la data se aproximan y ciñen respectivamente a la del presupuesto ordinario de la corporación. Resultando, por otra parte que en el expediente de aprobación instruido por la municipalidad, se han seguido los trámites prevenidos en los art. 161 y siguientes de la ley municipal constando que fueinformada favorablemente por el Regidor síndico y Junta municipal y aprobada por el ayuntamiento, la Comisión, acordó informar al Sr. Gobernador, en el sentido de que procede aprobar definitivamente la cuenta de que se ha hecho mención. ------ Folla: 2 2. Seguidamente, se dió cuenta del presupuesto carcelario de Lalín, para 1907, y Resultando; que en el mismo se consigna la partida de 995 pesetas para remunerar al auxiliar de contabilidad. Considerando: que, a tenor de lo establecido en el art. 24 del R.D. de 19 de enero de 1905 y R.O. de 14 de agosto del mismo año, para el caso de que en las funciones administrativas necesite la Junta de cárceles un auxiliar, debe ser designado un vigilante de la plantilla de la cárcel, y que, además la segunda de las citadas disposiciones, consigna en su preámbulo que no puede admitirse que del presupuesto de cárceles se abonen haberes a personal ajeno a la plantilla que marcan las disposiciones de referencia; la Comisión, acordó informar al Sr. Gobernador, en el sentido de que me puede autorizarse la inversión de la cita partida de 995 pesetas. ------ Folla: 2 3. Dado cuenta de los expedientes instruidos por los ayuntamientos de Arbo y Meaño, solicitando autorización para imponer arbitrios extraordinarios, y Resultando: que ambos expedientes se ajustaban a las prescripciones de las R.O. de 3 de agosto de 1878 y 27 de mayo de 1887, sin que se haya formulado reclamación alguna contra las propuestas de los citados ayuntamientos. Vistos los favorables dictamenes que emitió la Delegación de Hacienda; la Comisión, en consonancia con lo propuesto por el negociado, acordó informar al Sr. Gobernador, en sentido favorable a las solicitudes de los ayuntamientos referidos. En tal momento, el Sr. Gobernador declaró que se daba por terminada la sesión. ------

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  • Nota

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