ATOPO
Rexistros actuais: 1.618.278
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.649

Acta de sesión 1909/04/16_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.117/1.1909-04-16_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1909/04/16_Ordinaria

  • Data(s) 1909-04-16 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 15 1. Presidencia del Sr. Otero (D. Gumersindo); Vocales: Sres. Lema, Sequeiros, Garrido, Iglesias y Echeverría. Abierta la sesión a las once de la mañana, se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 15 2. Acto seguido, se dio cuenta del expediente instruido en virtud de instancia y proyecto presentados por D. Casto Pazos Varela en solicitud de autorización para ampliar un depósito almacén de carbón de que es concesionario en la playa de Coia; y Resultando: que se cumplieron en este expediente los requisitos reglamentarios sin que se formulara reclamación alguna contra la petición deducida a que son favorables todos los informes emitidos al presente; la Comisión, de conformidad con lo propuesto por el Negociado, acordó evacuar el trámite fijado en el art. 7 de la instrucción aprobada por Real Orden de 20 de Agosto de 1.883 proponiendo a la Superioridad que se esté en el caso de acceder a lo solicitado por D. Casto Pazos. ------ Folla: 15 3. Seguidamente, se dio cuenta del expediente minero denominado "Demasía a Angelita nº 466", solicitado por D. Roberto Bautís Lavery; y Resultando: que abierta información pública respecto a la petición de referencia reclamó contra ella D. Federico R. Langford bajo fundamento de que el terreno que se pide es el mismo que el señalado como Demasía a Angelita nº 2. Considerando: que las demasías son terrenos francos existentes entre minas que no constituyen 4 pertenencias y que deben otorgarse a los Dueños de minas que primero lo soliciten con preferencia a otro cualquiera - artículos 65 y 66 del Reglamento de 16 de Junio de 1.905. Considerando: que hasta tanto no se verifique la demarcación no se puede determinar cuál de ambos, peticionario o reclamante, tiene derecho a la concesión, pues si bien por prioridad le corresponde al segundo, la condición de mayor colindante pudiera otorgárselo al Sr. Bautís Lavery; la Comisión, de conformidad con lo propuesto por el Negociado, acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido que si de la demarcación resulta que la demasía solicitada limita por igual con las minas "Angelita nº2" y "Angelita nº 466" procede concederla al Sr. Langford; pero caso de ser aquella colindante en mayor grado con las otras minas procede otorgársela a sus dueños o dividirla entre todos los mineros limítrofes que la hayan solicitado. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición