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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1909-08-09_Ordinaria. Acta de sesión 1909/08/09_Ordinaria
Acta de sesión 1909/08/09_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.117/1.1909-08-09_Ordinaria
Título Acta de sesión 1909/08/09_Ordinaria
Data(s) 1909-08-09 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 31 1. Presidencia del Sr. Otero (D. Gumersindo) con asistencia de los Vocales Sres. Sequeiros, Lema, Millán, Otero (D. Cándido) y Echeverría. Abierta la sesión las once de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 31,32 2. Acto seguido se dio cuenta del expediente instruido en virtud de acuerdo que adoptó el Ayuntamiento de esta Capital en sesión del 1º del corriente relativo a la clausura del Hospital Cívico Militar propuesta por la Comisión de Beneficencia en pleno; y Resultando: que el Ayuntamiento de esta Capital en sesión ordinaria del 1º del corriente de conformidad con lo dictaminado por la Comisión de Beneficencia en pleno resolvió: 1º. Que se suspenda el ingreso de enfermos. 2º. Que solamente queden las salas precisas para atender la asistencia de los enfermos que el municipio está obligado a sostener como cargo de fundación particular y para los casos de epidemia. 3º. Que se supriman los sueldos y cargos del personal facultativo y administrativo encargando de la asistencia a los Titulares. 4º. Que suspendido el funcionamiento y acordada en esta forma la clausura del Hospital, se suspende también la eficacia del Reglamento por que aquel se rige. 5º. La encomienda al cuidado de la Superiora de las Hermanas de la Caridad la administración del Establecimiento interino queda evacuado del modo propuesto y; 6º Que se gestione de la Excma. Diputación provincial lo conveniente a conseguir la creación de un nuevo Hospital de carácter mixto. Considerando: que la resolución de referencia pretende poner término a impropias deficiencias con que funciona un establecimiento de Beneficencia local cuyo sostenimiento que por otra parte no es obligatoria carga de la Corporación compromete la buena marcha de la Administración municipal amenazando ser causa de enorme déficit. Considerando: que tal acuerdo no contiene extralimitación ni defecto legal alguno y garantiza que las obligaciones benéficas y sanitarias propias del Ayuntamiento seguirán cumpliéndose sin el peligro que para su erario suponía la defectuosa existencia del Hospital municipal; la Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado acordó informar al Sr. Gobernador que se está en el caso e prestar al precitado acuerdo la aprobación que para hacerlo ejecutivo exige el art. 84 de la vigente Ley municipal. Se levantó la sesión. ------
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