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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1909-09-29_Ordinaria. Acta de sesión 1909/09/29_Ordinaria
Acta de sesión 1909/09/29_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.117/1.1909-09-29_Ordinaria
Título Acta de sesión 1909/09/29_Ordinaria
Data(s) 1909-09-29 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 39 1. Presidencia del Sr. Otero (D. Gumersindo). Vocales: Sres. Lema, Sequeiros, Millán, Echeverría y Otero (D. Cándido). Abierta la sesión a las once de la mañana, se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 39 2. Acto seguido examinó con todo detenimiento las cuentas municipales de los Ayuntamientos de A Cañiza y Covelo, correspondientes al año natural de 1.908; y Resultando: que se hallan debidamente reintegradas, que su factura se ajusta a lo prevenido en la Circular de la Dirección de Administración de 1º de Julio de 1.886; que las partidas de Cargo y Data se aproximan y ciñen respectivamente a las del presupuesto ordinario de la Corporación. Resultando: por otra parte, que en el expediente de aprobación instruido por la municipalidad se han seguido los trámites prevenidos en los arts. 161 y siguientes de la Ley municipal, constando que fueron informadas favorablemente por el Regidor Síndico y Junta y aprobadas por los ayuntamientos; la Comisión, de conformidad con lo propuesto por el Negociado, acordó informar al Sr. Gobernador, en el sentido de que utilizando la facultad que le otorga el artículo 165 de la Ley, procedía aprobar definitivamente dichas cuentas. ------ Folla: 39 3. Acto continuo examinó la cuenta del partido judicial de A Cañiza por inversión de fondos carcelarios durante el año de 1.908; y Considerando: que sus partidas de Cargo y Dato se ajustan al presupuesto formado y aprobado para dicho año y que los comprobantes que forman dicha cuenta, acreditan el ingreso de las sumas consignadas en la primera y justifican debidamente la inversión de las cantidades de que consta la segunda de dichas partidas y detallan las relaciones parciales, apareciendo reintegrados todos los documentos que la constituyen; así como ha sido examinada favorablemente por los representantes de los ayuntamientos que componen el partido judicial, convocados al efecto en virtud de lo ordenado por el art. 7 de la R.O. de 11 de Marzo de 1.886; la Comisión acordó de conformidad con lo propuesto por el Negociado, informar al Sr. Gobernador que, usando de la facultad que le otorga la citada R.O. y el Real Decreto de 30 de Mayo de 1.908, pudiera prestarle su definitiva aprobación. Se levantó la sesión. ------
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Nota