ATOPO
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Acta de sesión 1910/07/12_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.119/1.1910-07-12_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1910/07/12_Extraordinaria

  • Data(s) 1910-07-12 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 30,31 1. Presidencia del Sr. Nine. Señores que asistieron, Areal, López de Neira, Sampedro, Casas D. Antonio y Vázquez Limeses. Abierta la sesión a las 11 de la mañana se dió cuenta de comunicación del Sr. Gobernador convocando a sesión extraordinaria a fin de emitir informe con urgencia respecto de los antecedentes de reforma del Hospital de esta ciudad. Resultando que el Ayuntamiento en sesión del día 14 de junio próximo pasado acordó a propuesta de la Comisión de Beneficencia proceder a la apertura del expresado establecimiento benéfico, en el plazo de tres meses con sujeción a las siguientes bases modificativas de su organización anterior. 1º. Su denominación será la de "Gran Hospital" de Pontevedra refundiéndose en los servicios generales los de carácter municipal. 2º. Se amplía el ingreso de enfermos sin distinción de vecindad ni procedencia, admitiéndose a todos los que acudan en demanda de asistencia previo el pago de estancias y se fija el pago de cada una de estas en 2,50 ptas. para los enfermos pobres que ingresan a petición de Corporaciones Oficiales. 3º. Se provistan los cargos de Director General Administrador y Practicante encargado del material quirúrgico en las personas de los señores D. Manuel Otero Acebedo, D. Pio Pita Cobián y D. Atilio Pontanari respectivamente con los sueldos asignados en el Reglamento. 4º. Se reserva el nombramiento de Director Facultativo municipal por si hubiese necesidad de reintegran en este cargo al que antes lo era del antiguo Hospital. 5º. Se determina que los médicos del establecimiento sean nombrados mediante ejercicio de oposición y se declara con derecho preferente para ocupar las vacantes que ocurran en el servicio médico municipal finca del Hospital a los Médicos del antiguo establecimiento Sres. Filgueira, Rubido y Marescot. Resultando que en el Reglamento formado para el régimen del Hospital se desarrolla y sintetiza el contexto de las bases de reorganización, se fija la plantilla del personal se establecen los derechos y obligaciones del mismo y se consigna los derechos y obligaciones del mismo y se consigna un cuadro expresivo de las raciones alimenticias. Considerando que la reapertura del Hospital de Pontevedra es de sentida y urgente necesidad para los enfermos pobres de la provincia en la que no existe otro establecimiento de esta índole. Considerando que la acertada organización dada a los servicios de la referida institución benéfico sanitaria, habrá de reportar apreciables beneficios a la humanidad doliente y desvalida si en su aplicación se observa el sentimiento de justicia y espíritu de equidad que la aconsejaron, siendo de ello segura garantía el elevado concepto y relevantes, prestigios de los Sres. designados para el desempeño de los principales cargos, la comisión acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede aprobar el acuerdo municipal de que se trata así como el reglamento que se acompaña. Abierta discusión por el Sr. Presidente acerca de la resolución que debiera adoptarse no sólo por lo que atañe al acuerdo del Ayuntamiento sino por lo que se refiere al Reglamento para el régimen del Hospital; el Sr. Casas propuso que para emitir dictamen con completo conocimiento del articulado de dicho Reglamento quedase el asunto sobre la mesa hasta la próxima sesión a fin de estudiarle con el detenimiento que requería cuestión de tal capital importancia no sólo para esta ciudad sino a la provincia entera, resolviendo la Comisión de conformidad con tal propuesta. Se levantó la sesión. ------

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