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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1911-10-05_Extraordinaria. Acta de sesión 1911/10/05_Extraordinaria
Acta de sesión 1911/10/05_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.121/1.1911-10-05_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1911/10/05_Extraordinaria
Data(s) 1911-10-05 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 37 1. Presidencia del Sr. Echeverría. Señores que asistieron: Ruza, Casas (D. Antonio), Ferreiros, García Vidal y Senra. Abierta la sesión a las 10 de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 37 2. Seguidamente se dio cuenta de una comunicación del Sr. Gobernador convocando a sesión extraordinaria a esta Corporación para que emitiese informe en el proyecto presentado por D. José R. Lorenzo, representante de la Sociedad General Gallega de Electricidad para realizar la construcción de líneas que tienen establecidas para el alumbrado y fuerza motriz destinada a industrias en los pueblos de Valga, Caldas, Cesures, Carril, Vilagarcía, Vilaboa, Vilaxoán, Cambados y Vilanova de esta provincia; y Resultando: que el representante de la citada empresa presentó solicitud al Excmo. Sr. Ministro de Fomento acompañada de memoria, presupuesto, plano general y demás detalles de la construcción así como la carta de pago que acredita realizó el depósito correspondiente con el fin de legalizar la concesión referida acogiéndose a la Ley de 23 de marzo de 1900 y Reglamento de 7 de octubre de 1904. Resultando: que evacuados los trámites que previenen los artículos 13 al 15 del referido Reglamento, los funcionarios técnicos llamados a dictaminar lo han realizado en el sentido de que no hay obstáculo para que se otorgue la concesión solicitada. Considerando: que desde el momento en que aparecen cumplidos todos los requisitos legales en este expediente, siendo la pretensión beneficiosa para el interés público, debe aconsejarse se acceda a lo que solicita el referido D. José R. Lorenzo; la Comisión por unanimidad acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que haciendo uso de las atribuciones que le confiere el art. 16 del ya citado Reglamento de 7 de octubre de 1904, procedía legalizar la concesión de las línea de electricidad que estableció en los pueblos ya mencionados la Sociedad General Gallega referida. Se levantó la sesión. ------
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