ATOPO
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Acta de sesión 1912/01/26_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.122/1.1912-01-26_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1912/01/26_Ordinaria

  • Data(s) 1912-01-26 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 4 1. Presidencia del Sr. Gobernador. Señores que asistieron: Echeverría, Vicepresidente, Ruza, García Vidal, Ferreiros y Senra. Abierta la sesión a las once de la mañana, se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 5 2. Acto seguido, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el caso 3º del artículo 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia, se adoptaron los acuerdos siguientes: 1º. Declarar de abono a la empresa de la luz eléctrica de Pontevedra la cantidad de cuatrocientas cuarenta y nueve pesetas con veintidós céntimos, por suministro de fluido al Palacio provincial, durante el 2º semestre del año próximo pasado, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. 2º. Declarar también de abono al carpintero de Pontevedra, D. Ramón Poza la cantidad de doscientas quince pesetas con veinticinco céntimos, por una estantería de madera que colocó en el despacho del Sr. Contador de fondos provinciales, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para conservación del edificio provincial. 3º. Declarar igualmente de abono al sastre de Pontevedra, Don Vicente Rey, la cantidad de doscientas cinco pesetas, por los uniformes que confeccionó para los porteros de la Diputación, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto en el capítulo 12, artículo 11. 4º. Declarar de abono a la casa comercial de esta plaza, Sres. Bobillo y Romero, la cantidad de trescientas doce pesetas, setenta y cinco céntimos, por cuatro juegos de cama de sábanas de Irlanda; paños de cocina, delantales, paños de gamuza y confección y marcado de dichas prendas blancas, con destino a las habitaciones particulares del Sr. Gobernador Civil; debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para conservación del edificio provincial. 5º. Declarar de abono al Sr. Director Jefe de Caminos provinciales la cantidad de dos mil ciento noventa y dos pesetas con noventa y cinco céntimos por conservación de los mismos, durante el mes de diciembre próximo pasado, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. 6º. Dado cuenta del oficio del Sr. Director del Manicomio de Conxo, participando que el 19 del corriente fue alta por curación y recogida por su hermana la acogida Francisca Díaz Belances, natural y vecina de Pontevedra; la Comisión acordó cubrir dicha vacante con el demente furioso, natural de la misma ciudad y pobre, Antonio Ángel Coba, debiendo enviarse a dicho Establecimiento el expediente que previene el R. D. de 19 de mayo de 1885, con la prevención de que con toda urgencia venga un loquero a recoger de la cárcel a dicho demente. 7º. Declarar de abono al maestro de obras, Diego Iglesias, vecino de Pontevedra, con vista del informe del Sr. Arquitecto provincial, la cuenta importante doscientas quince pesetas con noventa céntimos, por reparaciones que realizó en el Palacio provincial, durante el año de 1909, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para conservación del Palacio provincial. 8º. Pasado a informe del Arquitecto provincial el oficio del Sr. Alcalde de Cotobade, pidiendo se acuerde el pago de la subvención de dos mil pesetas concedidas por esta Diputación en 2 de noviembre de 1891, para obras en el Balneario de San Xusto, debiendo por la Secretaría trasladarse íntegro el acuerdo que se invoca, a fin de que el expresado técnico pueda fundamentar su dictamen. Se levantó la sesión. ------

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