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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1912-04-25_Extraordinaria. Acta de sesión 1912/04/25_Extraordinaria
Acta de sesión 1912/04/25_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.123/1.1912-04-25_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1912/04/25_Extraordinaria
Data(s) 1912-04-25 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 19 1. Presidencia del Sr. Echeverría. Sres. que asistieron: Ruza, García Vidal, Senra, Sequeiros y Casas (D. Antonio). Abierta la sesión a las tres de la tarde se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 19,20 2. Seguidamente se dio lectura a comunicación del Sr. Gobernador nº 113 convocando a sesión extraordinaria a esta Corporación a fin de emitir dictamen con toda urgencia en el expediente de información pública instruido en este Gobierno acerca del proyecto de ampliación del tranvía urbano de Vigo presentado en el Ministerio de Fomento que la Sociedad Anónima "Tranvías eléctricos de Galicia"; y Resultando: que durante el período de información pública se han formulado contra el proyecto de referencia varias observaciones impugnando la concesión; que se detallan en el expediente. Considerando: que el derecho de prioridad entre dos o más peticionarios de una misma concesión debe apreciarse por el orden de presentación de los escritos o solicitudes respectivas y no por el de trámites determinados de orden interior o burocrático de los Centros y dependencias oficiales. Considerando: que la petición formulada por varios vecinos de Coia aparte de las irregularidades de forma y procedimiento, queda reducida a pretender que se establezca una sola línea en el trayecto de Peniche a Bouzas; la Comisión, de conformidad con lo propuesto por el Negociado acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que en consonancia con lo que determina el art. 88 del Reglamento de 24 de mayo de 1878 y teniendo en cuenta las condiciones legales que se consignan en el aludido dictamen, es procedente atender las indicaciones referente a los cables submarinos y desestimar los escritos restantes en cuanto ellos impliquen oposición al proyecto de que se ha hecho mérito. Se levantó la sesión. ------
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