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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1912-06-21_Ordinaria. Acta de sesión 1912/06/21_Ordinaria
Acta de sesión 1912/06/21_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.123/1.1912-06-21_Ordinaria
Título Acta de sesión 1912/06/21_Ordinaria
Data(s) 1912-06-21 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 31 1. Presidencia del Sr. Iglesias Añino. Sres. que asistieron: Garrido, García Rodríguez Barrera, González Fraga y Sequeiros. Abierta la sesión a las 12 de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad, fue aprobada. ------ Folla: 31 2. Acto seguido se dio cuenta del expediente instruido en virtud de instancia de Don Eduardo Viqueira Cores, de Vilagarcía, solicitando la concesión de doce pertenencias mineras con el título de "Mercedes Tercera", de minera del hierro en la marista de "Punta Arnoso" en Vilalonga, del distrito de Sanxenxo; y Resultando: que durante el período de publicación, se han formulado dos escritos de oposición a dicho registro minero; uno de los fabricantes de teja y ladrillos de Vilalonga, Dena y Castrelos, y el otro del proletariado de aquellos lugares, protestando de que se pretenda despojarles del derecho de aprovechamiento comunal de caolín y la arcilla de la zona marítima terrestre de Punta Arnoso, a pretexto de la explotación de mineral de hierro, del que ni remotamente existen los menores indicios en aquel paraje. Considerando: por último que la circunstancia de no haberse hecho oposición al registro efectuado anteriormente en el mismo sitio por descuido o desconocimiento de los interesados, no priva a estos del derecho de verificarlo ahora; la Comisión conforme con el Negociado acordó que pudiera informarse al Sr. Gobernador en el sentido de que procede anular la solicitud de registro que motiva este dictamen. ------ Folla: 31,32 3. Dado cuenta de los antecedentes y proyecto convenido entre D. Domingo Malvar Rodríguez y el Ayuntamiento de Tui, modificativo de la renovación de contrato autorizado por Real orden de 29 de octubre de 1908 en expediente sobre desmonte de los terrenos del "Forco" y construcción de una plaza de abastos; y Resultando: que la modificación convenida consiste en revertir al municipal la pertenencia de los solares señalados con los números 1 y 2 en el plano correspondiente, cesión que hace el Sr. Malvar por considerarles de precisión complementaria de la proyectada plaza de abastos, a condición de que esta ha de construirse en el plazo de tres años, y sin otra obligación por parte del Ayuntamiento que la de abonar el importe de pequeñas obras ejecutadas en el solar número 2, y de costear los gastos del expediente si hubiere necesidad de expropiar algún derecho del solar número 1, cuyo precio pagará el Sr. Malvar. Resultando: que en el expediente administrativo iniciado en 1910 se justifica la necesidad inmediata de construir el edificio de que queda hecho mérito. Considerando: que en su tramitación se han observado los preceptos reglamentarios sin que durante el período de información se hubiese formulado reclamación alguna contra el proyecto, al que es favorable el dictamen del Arquitecto provincial; la Comisión acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede prestar aprobación a los proyectos de que se trata. ------ Folla: 32 4. Y, por último, se dio cuenta del expediente instruido en el Gobierno Civil de esta provincia, a virtud de instancia y proyecto presentado por Don Casimiro Gómez Cobas, en solicitud de autorización para establecer una línea aérea conductora de energía eléctrica a alta tensión desde el Kilómetro 635 de la carretera de Barbantiños a Pontevedra, a la finca de su propiedad llamada "Monte Porreiro" derivándola de la línea que tiene establecida la Sociedad "Hulla Blanca" para dar fuerza motriz en el taller de embotellado de las aguas minerales de "Lérez"; y Considerando: que en la tramitación de este expediente se han llenado los requisitos y formalidades reglamentarias, sin que durante los treinta días que como período informativo publicó el Boletín Oficial de 23 de noviembre último se haya producido reclamación alguna contra la línea proyectada a la que son favorables los dictamenes emitidos por la Alcaldía y Jefatura de Obras públicas; la Comisión, de conformidad con el Negociado, acordó evacuar el trámite establecido en el artículo 16 del Reglamento aprobado por Real decreto de 7 de octubre de 1904, informando a la Superioridad en el sentido de que procede otorgar la concesión solicitada, imponiendo el concesionario las condiciones propuestas en el dictamen del Sr. Ingeniero, encaminadas a subsanar la deficiencia advertida en la hoja 1ª de planos referente a la colocación de los postes en los bordes de la finca y fuera del camino público. Se levantó la sesión. ------
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