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Acta de sesión 1912/12/14_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.123/1.1912-12-14_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1912/12/14_Ordinaria

  • Data(s) 1912-12-14 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 44 1. Presidencia del Sr. López de Neira. Señores que asistieron: Garrido, García Rodríguez y Fraga. Terminada la sesión que para resolver asuntos en concepto de cuerpo consultivo del Sr. Gobernador tiene este organismo, se constituyó en sesión pública para despachar las que a continuación se reseñan usando de la facultad que le confiere a esta Comisión el caso 3º del artículo 98 de la vigente Ley provincial y previa declarad de urgencia. 1º. Resolver el concurso anunciado en el edicto que se publicó en el Boletín Oficial correspondiente al 4 del corriente, nombrando a tenor de lo establecido en el artículo 3 del Real decreto de 5 de enero de 1897; 5 de la Real orden de 16 de febrero de 1898 y Real orden de 26 de noviembre del mismo año, Médico civil de la Comisión Mixta de Reclutamiento durante el año de 1913 al facultativo D. Joaquín Temes Trujeda. Nombrar asimismo Médico Civil suplente del anteriormente designado al facultativo D. Heliodoro Fernández Gastañaduy. 2º. Adjudicar definitivamente a D. Joaquín Poza Cobas la subasta del servicio de impresión del Boletín Oficial durante el año 1013 en consideración a que transcurrió el plazo que previene el artículo 19 de la Instrucción aprobada por Real decreto de 24 de enero de 1905 sin que se hubiese formulado reclamación alguna contra la validez del contrato y capacidad jurídica del contratante debiendo en su consecuencia elevar el adjudicatario la fianza dentro del plazo de 10 días según previene la referida disposición legal. 3º. Otorgar según costumbre establecida al Médico D. Evaristo Vázquez Lescaylle la gratificación de 1.000 ptas. para remunerar el servicio de observación de mozos durante el año actual en la revisión de quintas que practicó la Comisión Mixta de Reclutamiento; debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto en el capítulo 2º, artículo 1. 4º. Otorgar igualmente al facultativo D. José Filgueira la gratificación de 250 ptas. por reconocimientos de padres y hermanos de mozos que practicó durante el año actual con ocasión de la revisión de quintas verificado por la Comisión Mixta de Reclutamiento; debiendo pagarse contra la consignación que existe en presupuesto en el Capítulo 2º, artículo 1. Se levantó la sesión. ------ Folla: 56 1. Presidencia del Sr. López de Neira. Señores que asistieron: Garrido, García Rodríguez y Fraga. Abierta la sesión a las 11 de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 56 2. Seguidamente se vio con los antecedentes de su referencia el escrito auditoriado del Sr. Comandante General del apostadero del Ferrol declarando competente a la jurisdicción de Marina para seguir conociendo en sumario incoado contra el Administrador de la Aduana de Vilagarcía - Carril por supuesto delito de denegación de auxilio; y Resultando: que la autoridad judicial de Marina fundamenta la declaración de competencia jurisdiccional en su apreciación de que los preceptos legales citados en el requerimiento inhibitorio que se ha dirigido, no atribuyen a los funcionarios de la Administración el castigo del hecho imputado al Administrador de la Aduana, ni de ellos se deduce la existencia de una cuestión previa que decidir. Considerando que como regla general antes de conocer los Tribunales de Justicia de cualquiera de los delitos comprendidos en el título 7º del libro 2º del Código Penal debe preceder la formación de expediente administrativo del cual se deduzca el correspondiente tanto de culpa; la Comisión de acuerdo con el Negociado acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede insistir en la competencia suscitada a la jurisdicción de Marina, dando a este asunto la tramitación establecida en los artículos 17 y 19 del Real decreto de 8 de septiembre de 1887. ------ Folla: 56,57 3. Acto continuo se vio el expediente y proyecto para la construcción de un cementerio católico municipal en la parroquia de Beade, término municipal de Lavadores; y Resultando: que las deplorables condiciones del cementerio existente que lo constituye el atrio de la Iglesia parroquial obligaron a la Corporación municipal a proceder a la ejecución de una necrópolis que reúna las condiciones de capacidad e higiene y satisfaga la necesidad de la expresada parroquia. Considerando que subordinada la tramitación de este expediente a todos y cada uno de los preceptos que exige la Real orden de 16 de julio de 1888 y dependiendo su aprobación definitiva del Sr. Gobernador por no alcanzar a 15.000 ptas. el coste de la obra proyectada; la Comisión de conformidad con el Negociado acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que utilizando la facultad que le concede el apartado 3º de la citada Real orden, se sirva prestar su aprobación al expediente y proyecto de que queda hecho mérito, debiendo celebrarse la subasta de las obras con arreglo al pliego de condiciones que se acompaña y con sujeción al Real decreto de 13 de marzo de 1903 e Instrucción de 24 de enero de 1905. ------ Folla: 57 4. Acto seguido se examinó el presupuesto carcelario de Pontevedra para el próximo año de 1913 y apareciendo ajustado a los requisitos exigidos por Real decreto de 11 de marzo de 1886 habiendo sido disentido y aprobado por la Junta de partido sin que se hubiere interpuesto reclamación alguna, apareciendo también ajustadas las plantillas de personal a las aprobadas por Real decreto de 14 de agosto de 1905 y no observándose en sus partidas extralimitación alguna que corregir y que las cuotas contributivas asignadas a cada Ayuntamiento están proporcionalmente distribuidas sobre los cupos de contribuciones con que respectivamente figuran en el reparto formado por la Administración de Hacienda; la Comisión de conformidad con el Negociado acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede prestarle su aprobación definitiva. Se levantó la sesión. ------

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