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Acta de sesión 1913/08/08_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.124/1.1913-08-08_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1913/08/08_Ordinaria

  • Data(s) 1913-08-08 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 38 1. Presidencia del Sr. Casas (D. Carlos). Vocales Sres. Senra, Sequeiros, Otero Sánchez, López Boullosa y Taboada. Abierta la sesión a las once de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que le confiere el caso 3º del artículo 98 de la Ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los siguientes acuerdos: ------ Folla: 38 2. Declarar de abono a D. Álvaro Sánchez, ebanista de esta Ciudad la cantidad de veintidós pesetas por barnizar los muebles del comedor de las habitaciones del Sr. Gobernador Civil, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para conservación del edificio provincial. ------ Folla: 38 3. Declarar de abono a la Superiora del Asilo de Hermanitas de los pobres de Pontevedra la cuenta importante 586'50 pesetas por estancias de ancianos durante el mes de julio último que allí sostiene la Diputación, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para atenciones de Beneficencia. ------ Folla: 38 4. Declarar de abono la cuenta que presenta el Sr. Arquitecto provincial importante 656 ptas. 25 céntimos por obras de decorado en el comedor y demás habitaciones particulares del Sr. Gobernador Civil, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto en el capítulo trece. ------ Folla: 38 5. Declarar desierta la subasta anunciada en el Boletín Oficial correspondiente al día 29 de julio último para realizar obras para profundizar el paro del Palacio provincial y construir un depósito en el fondo del mismo, resolviendo la Comisión en mérito a que se declaró desierta la segunda subasta y teniendo en cuenta lo prevenido en el caso 5º del artículo 41 de la Instrucción aprobada pro R.D. de 24 de enero de 1905 que se realicen por administración acordando al propio tiempo este organismo provincial encomendar las obras al Maestro Marcelino Pazos Solla en consonancia con la proposición que suscribe con fecha 23 del mes próximo pasado y que obra en el expediente, o sea por el mismo precio y condiciones que constan en el edicto del Boletín de que ya se hizo mención, debiendo hacer el depósito en la caja provincial del diez por ciento del valor de las obras y dar comienzo a estas precisamente dentro del mes que rige. ------ Folla: 38,39 6. Cubrir la vacante que existe de Oficial de la case de 4º. del cuerpo administrativo provincial, con el haber anual de dos mil pesetas, por defunción de D. Constantino Lago, con D. José García Vidal que desempeñaba el cargo de auxiliar temporero del Negociado de Reemplazos de esta Corporación que percibirá su haber en las condiciones del finado, y ratificando el acuerdo que adoptó esto organismo en reunión de 17 de enero último, nombrar a dicho Sr. García Vidal, Jefe del ya citado Negociado, consignando en acta la satisfacción con que oyó esta Comisión las manifestaciones de la Secretaría respecto de la competencia y laboriosidad relevantes con que el referido empleado ejerció interinamente la Jefatura de dicho Negociado en la revisión de quintas que practicó la Comisión Mixta de Reclutamiento en el año actual. ------ Folla: 39 7. Nombrar el Abogado D. José Boente Álvarez para cubrir el destino de auxiliar temporero el Negociado de quintas que ocupaba el Sr. García Vidal, con el haber de ciento veinticinco pesetas mensuales íntegras, o sea, en las mismas condiciones que perciben sus haberes los demás empleados de la Diputación; encomendándosele el apremiante trabajo de tramitar las instancias de prófugos que se acogen al indulto del Real Decreto de 25 de Abril de 1912 e incidencias del Negociado referido, librándose la expresada suma contra la consignación que existe en el presupuesto vigente en el capítulo 2º, artículo 1º "Haberes de temporeros", debiendo consignarse en acta que esta Comisión se propone amortizar tan pronto como sea posible esta plaza de temporero, llevando al Sr. Boente a la plantilla del personal administrativo al ocurrir vacante en la misma. ------ Folla: 39 8. Por último, dado cuenta del Real decreto de 5 de mayo último inserto en la Gaceta del día 13, y teniendo en cuenta que el artículo 65 de las disposiciones económicas previene que las Diputaciones provinciales quedan obligadas a facilitar un escribiente a la Inspección profesional de 1ª enseñanza; la Comisión acatando el indicado texto acordó nombrar escribiente para la expresada dependencia, con el haber anual de mil doscientas cincuenta pesetas a D. José Álvarez Limeses, debiendo librarse dicha suma por lo que respecta al año corriente, contra la consignación de imprevistos del presupuesto en vigor. Se levantó la sesión. ------

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