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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1913-06-23_Ordinaria. Acta de sesión 1913/06/23_Ordinaria
Acta de sesión 1913/06/23_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.125/1.1913-06-23_Ordinaria
Título Acta de sesión 1913/06/23_Ordinaria
Data(s) 1913-06-23 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 23,24 1. Presidencia del Sr. D. Carlos Casas. Señores que asistieron: Sequeiros, Senra, Otero (D. Prudencio), Taboada y López Boullosa. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta anterior que por unanimidad fue aprobada. Seguidamente se dió cuenta de oficio del Sr. Gobernador convocando a sesión extraordinaria a esta Comisión para que emitiese dictamen en el expediente relativo a expropiación temporal de fincas en Sanxenxo para extracción de materiales destinados a las obras del puerto de aquella Villa, y Resultando que aprobado por R.O. de 3 de abril último el segundo proyecto reformado de las obras que han de ejecutarse en el puerto de Sanxenxo y declaradas de utilidad pública dichas obras, al presente imprendidas, se han instruido por el Gobierno de provincia el expediente relativo a la ocupación temporal de dos fincas de la propiedad de Dª Amalia Garrell Franco y D. Perfecto Ortega, en cuyo expediente se siguieron los trámites reglamentarios habiéndose interpuesto una reclamación que suscribe la primera de dichos interesados oponiéndose a la ocupación de la finca urbana y circundado de viñedo de su propiedad, al amparo de los dispuesto en el art. 56 de la Ley de expropiación forzosa. Considerando que la ocupación que se pretende es de necesidad reconocida para la extracción de la piedra y materiales necesarios para la obra que se intenta, cuyos beneficios resultan de general interés, la Comisión teniendo en cuenta además las otras razones legales que se consignan en el expediente acordó informar al Sr. Gobernador, evacuando el trámite señalado por el art. 18 de la vigente ley de expropiación forzosa y 25 del Reglamento dictado para su ejecución que se está en el caso de decretar la necesidad de la ocupación temporal de la finca de que se trata desestimando en su consecuencia la reclamación formulada por Dª. Amalia Garrel. Se levantó la sesión. ------
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