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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1914-01-09_Ordinaria. Acta de sesión 1914/01/09_Ordinaria
Acta de sesión 1914/01/09_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.126/1.1914-01-09_Ordinaria
Título Acta de sesión 1914/01/09_Ordinaria
Data(s) 1914-01-09 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 1 1. Presidencia del Sr. Otero (D. Prudencio). Señores que asistieron: Senra, Sequeiros, López Boullosa, García Golmar y Taboada. Abierta la sesión a las 11 de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que le confiere el caso 3º del art. 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia adoptó los acuerdos siguientes: Fijar en ocho el número de sesiones que han de celebrarse en el mes actual, las cuales además de la correspondiente al día de la fecha, tendrán lugar en los días 10, 13, 14, 20, 21, 27 y 28, debiendo comunicarse este acuerdo al Sr. Gobernador a los efectos procedentes. ------ Folla: 1 2. Aprobar la distribución de fondos por capítulos en cuantía de ciento cincuenta y siete mil pesetas para satisfacer las obligaciones del mes actual. ------ Folla: 1 3. Designar a los Diputados provinciales D. José Lino Martínez y D. Casto Sampedro para representar a la Diputación en el seno del Banco provincial de préstamos de Pontevedra. ------ Folla: 1 4. Declarar de abono la cuenta importante siete mil quinientas cincuenta y una pesetas con dos céntimos por socorros facilitados a los presos que se hallan a disposición de la Audiencia de lo criminal; y la cantidad de siete mil trescientas ochenta con cuarenta y tres por socorros a los de prisión correccional correspondientes ambas cuentas al tercer trimestre del año próximo pasado y debiendo pagarse contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 1 5. Declarar de abono al director del manicomio de Conxo la cuenta importante cuatro mil quinientas sesenta y tres pesetas por estancias en dicho establecimiento durante el mes de noviembre próximo pasado; y la cantidad de cuatro mil seiscientas diez y ocho con cuarenta y dos céntimos por estancias del mes de diciembre último, debiendo pagarse ambas cantidades contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 1 6. Otorgar en consonancia con el informe del Sr. Director Jefe de Caminos provinciales al peón caminero, Serafín Piñeiro un año mas de prórroga en la licencia sin sueldo que disfruta toda vez que el servicio no sufre lesión. ------ Folla: 1 7. Declarar de abono al Sr. Alcalde Presidente del ayuntamiento de Arbo la cantidad de dos mil pesetas con que la Diputación provincial subvencionó las obras de construcción de un camino desde la villa citada a la estación del ferrocarril; toda vez que según informa el Sr. Director Jefe de Caminos provinciales las obras hasta ahora ejecutadas por el municipio tienen un coste que excede de cuatro mil pesetas y debiendo pagarse dicha suma contra la consignación especial que para dicha obra existe en el presupuesto de esta Corporación para 1913 en el capítulo 11, artículo único. ------ Folla: 1 8. Prestar aprobación al presupuesto que formula el Sr. Arquitecto en cuantía de ciento cuarenta pesetas con veinte y cinto céntimos para embaldosar la cocina de las habitaciones del Sr. Gobernador con baldosas de porlan cuya obra debe estar ultimada en cinco días. ------ Folla: 1 9. Visto el oficio del Sr. Arquitecto provincial participando que examinó las obras ejecutadas en el grupo de fuentes de las parroquias de Castrelo y Oubiña y en el cementerio de Fefiñáns del ayuntamiento de Cambados que esta Comisión resolvió subvencionar con la cantidad de tres mil quinientas pesetas en sesión celebrada en 14 de febrero del año próximo pasado y que el coste de lo efectuado hasta el día asciendo a la cantidad de tres mil quinientas pesetas; la Comisión por unanimidad acordó cumpliendo lo dispuesto en acuerdos de esta Excma. Diputación declarar de abono la mitad de la expresada suma a sea mil seiscientas cincuenta que se librarán contra la consignación que se cita en el acuerdo mencionado. ------ Folla: 1 10. Publicar edicto en el Boletín haciendo saber que el contratista de bagajes durante el año anterior presentó instancia pidiendo la devolución de la fianza y que antes de acordar la devolución pueden formularse reclamaciones a que haya dado lugar el servicio que se encomendó al referido adjudicatario. ------ Folla: 1 11. Vista la comunicación que suscribe el Sr. Director Jefe de Caminos provinciales participando que D. Perfecto Comesaña adjudicatario del servicio de suministro de acopios para el camino provincial de Peniche a Bouzas dejó transcribir con exceso el plazo de dos meses que se había estipulado sin dar comienzo a las obras; la Comisión acordó en consonancia con lo propuesto por dicho técnico la rescisión del contrato con pérdida de la fianza como determinan los artículos 10 y 15 del pliego de condiciones generales para contratación de obras públicas y anunciar nueva subasta que se verificará con los treinta días de antelación que previenen las disposiciones vigentes en mérito a la cuantía de la obra. ------ Folla: 1 12. Por último se dio cuenta de instancia que suscribía el oficial de la clase de cuartos del cuerpo administrativos provincial D. Celestino Núñez Uruburu solicitando que en mérito a haber cumplido los setenta años de edad y encontrarse enfermo como lo acredita con certificado facultativo y llevar en la Diputación treinta y cuatro años de servicios (pues obtuvo su primera credencial en 1880) sin que durante tan largo plazo sufriese corrección alguna, se le jubilase con el haber que disfruta de dos mil cien pesetas más las gratificaciones permanentes del censo electoral y eventual de quintas que suman quinientas pesetas al año. ------ Folla: 1 13. Considerando: que el referido empleado ha prestado relevantes servicios a la Corporación habiéndole tributado en diversas ocasiones esta Comisión provincial votos de gracias por su ejemplar conducta, celo y laboriosidad dignas de la más sincera alabanza y que solo el mal estado de su salud, le obliga a solicitar la jubilación; la Comisión por unanimidad acordó acceder a la solicitud de que se ha hecho mérito jubilando a partir de la fecha al citado D. Celestino Núñez Uruburu con el haber pasivo de dos mil quinientas pesetas. ------ Folla: 1 14. Asimismo, acordó cubrir la vacante del mencionado empleado con el oficial de la clase de cuartos D. Luciano Dios Escalada que entrará en posesión de las dos mil cien pesetas que percibía el Sr. Núñez con más las trescientas cincuenta pesetas anuales que aquel cobraba por gratificación del censo electoral. ------ Folla: 1 15. Igualmente acordó que la vacante del referido D. Luciano Dios la cubra en auxiliar temporero de quintas, D. José Boente Álvarez que entrará en posesión del haber anual de dos mil pesetas que aquel viene percibiendo; y que esta última plaza de auxiliar temporero remunerada con ciento veinte y cinco pesetas liquidas al mes la ocupe D. Manuel Cabanillas y Pérez que venía cobrando pensión de orfandad por acuerdo adoptado en sesión de esta Comisión de 15 de abril de 1910 en la cual cesará en la parte que de la aludida pensión le corresponda. Por último acordó así mismo que la cantidad de doscientas pesetas que se agregan a la gratificación permanente del Sr. Núñez para componer el sueldo regulador de dos mil quinientas, se libren por lo que afecta al año actual contra la consignación del presupuesto vigente. Se levantó la sesión. ------
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