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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1914-07-21_Ordinaria. Acta de sesión 1914/07/21_Ordinaria
Acta de sesión 1914/07/21_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.127/1.1914-07-21_Ordinaria
Título Acta de sesión 1914/07/21_Ordinaria
Data(s) 1914-07-21 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 18 1. Presidencia del Sr. Sampedro (D. Casto). Vocales Señores: Neira, Nine, Golmar, Sarmiento y Otero Bárcena. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 18 2. Seguidamente examinó la queja formulada por D. Manuel Estévez, D. José Barros y D. Ángel Cabaleiro, concejales del Ayuntamiento de Salceda contra la designación de vocales asociados para componer la Junta municipal. Resultando que los recurrentes fundamenten su queja en que fueron citados a sesión extraordinaria para el día 4 de marzo último a las cuatro de la tarde para proceder al sorteo de vocales asociados, siendo así que aquella reunión tuvo lugar para la elección de Senadores aparece hecha sin haber intervenido la Corporación municipal. Considerando que los argumentos en que se apoyan los recurrentes, quedan totalmente desvirtuados ante la resultancia de los hechos por los cuales aparece que la designación de la Junta de asociados se atemperó a lo estatuido en los art.s 64 y siguientes de la Ley municipal, así como que la lista de compromisarios para la elección de Senadores estuvo de manifiesto al público desde el día 1º al 20 de enero último sin que contra ella se haya producido reclamación, por lo que la municipalidad en sesión ordinaria de 29 de dicho mes a la que asistieron los tres concejales recurrentes, acordó por unanimidad declararla definitiva, la Comisión de conformidad con las demás consideraciones legales que constan en el dictamen del Negociado acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede desestimar por improcedente la reclamación de referencia. ------ Folla: 18 3. Examinada la propuesta hecha por la Comisaría de Guerra de Vigo relativa al señalamiento de precios a que han de abonarse los suministros facilitados en el mes actual a las fuerzas del Ejército y Guardia Civil, se acuerda fijarlos en la siguiente forma: Pan, 650 gramos, 0,22 ptas.; Cebada, 4 kg, 1,30 ptas.; Centeno, 4 kg, 0,96 ptas.; Herva seca, 12 kg, 1,50 ptas.; Carbón, 1 kg, 0,15 ptas.; Leña, 1 kg, 0,05 ptas.; Petróleo, 1 kg, 0,90 ptas. ------ Folla: 18,19 4. Visto el recurso de alzada interpuesto por D. Manuel Veyra Martínez contra acuerdo del Ayuntamiento de Baiona por el que se le distribuye del cargo de Oficial primero de Secretaria. Resultando que en sesión supletoria del día 14 del actual presidida por el Teniente Alcalde D. Pablo Vázquez Quirós y con asistencia de cinco Señores Concejales, de los doce que constituyen el Ayuntamiento, se acordó a propuesta del primero destituir al recurrente en el cargo de oficial primero de aquella Secretaría, por razones que dijo eran de todos conocidas, con el voto en contra de dos de los concejales asistentes. Considerando que el precepto claro y preciso del art. 104 de la ley municipal que taxativamente determina que de no haber número suficiente de concejales para poder tomar acuerdo en las sesiones ordinarias, se haga nueva citación para dos días después, ha sido violentamente vulnerado por el Alcalde interino de Baiona que desacatando aquel precepto y la resolución del Sr. Gobernador recientemente recaída en alzada que el recurrente interpuesto contra acuerdo análogo de aquella municipalidad adoptado en sesión supletoria presidida por el mismo Sr. Quirós, se ha constituido este sin previa convocatoria en segunda reunión para adoptar un nuevo acuerdo que no pierde en forma alguna prosperar por adolecer de un vicio de nulidad que lo invalida ; la Comisión acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede estimar este recurso revocando en su virtud el acuerdo que lo motivó, con la prevención al Sr. Vázquez Quirós que se abstenga a lo sucesivo de incurrir en responsabilidades que pudieran serle exigidas por su desobediencia sistemática a los mandatos de la Superioridad. Se levantó la sesión. ------
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