ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.360
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.762

Acta de sesión 1915/01/26_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.128/1.1915-01-26_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1915/01/26_Ordinaria

  • Data(s) 1915-01-26 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 3 1. Presidencia del Sr. Sampedro (D. Casto). Vocales Señores: López de Neira, Nine, García Golmar, Sarmiento Ozores y Otero Bárcena. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta de la anterior, que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 3 2. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que le confiere el caso 3º del artículo 98 de la ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los acuerdos siguientes: Declarar de abono al Sr. Arquitecto provincial, la cuenta importante noventa y seis pesetas, setenta y cinco céntimos por obras de albañilería que se realizaron en las habitaciones de los Inspectores de Vigilancia, cuarto de baño del Sr. Gobernador y limpieza del vestíbulo y escalera; debiendo pagarse dicha cantidad, contra la consignación que existe en presupuesto para conservación del Palacio provincial. ------ Folla: 3 3. Declarar de abono al Sr. Director Jefe de caminos provinciales, la cantidad de cincuenta y siete pesetas por indemnizaciones al Ayudante de caminos, D. Bonifacio Vázquez, con motivo de la toma de datos para valoración de las obras realizadas por el Ayuntamiento de A Estrada, en el camino de Sol a Pardemarín, y de A Estrada a Vinseiro, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para estudios y replanteos. ------ Folla: 3 4. Acceder a la solicitud que suscribe D. Gerardo Álvarez Limeses, Inspector de 1ª enseñanza de esta provincia, otorgándole quinientas pesetas para material de oficina, que se consigna en el presupuesto vigente, en el capitulo 5º articulo 3º quedando obligado el referido Inspector a facilitar durante el año todo el material que necesite la dependencia referida de la cual es Jefe, y cuya cantidad debiera cobrar por doceavas partes. ------ Folla: 3,4 5. Como consecuencia de la revisión de expedientes de dementes recluídos en Conxo, por cuenta de fondos provinciales que viene realizando esta Comisión; Resultando que Dª. Camila Nieto Cao, natural de Santiago, que ingresó en el expresado establecimiento, por acuerdo de esta Comisión de 14 de diciembre de 1897, no era en la época de su reclusión vecina de pueblo alguno de esta provincia, sino que vivía en la referida ciudad, de la cual es, como anteriormente se dice, natural. Considerando que según el R.D. de 12 de julio de 1904, es cargo de las Diputaciones, el sostener a los dementes naturales de su provincia o que lleven en la misma, por lo menos 10 años de vecindad permanente; la Comisión, acordó que se notifique al Sr. Presidente de la Excma. Diputación de A Coruña, que a partir del día 1º de Febrero próximo, esta Diputación de Pontevedra dejará de satisfacer las estancias que devengue en el Manicomio de Conxo la referida alienada. Así mismo acordó notificar al Sr. Director del expresado establecimiento la precedente resolución y significarle que cubrirá tal vacante la demente furiosa Laureana de Santiago Villanueva vecina de la parroquia de Lourizán (Pontevedra), debiendo por el Negociado de beneficencia remitirse a dicho establecimiento el expediente que previne el R.D. de 19 de mayo de 1885. ------ Folla: 4 6. Visto el oficio que suscribe el Sr. Director Jefe de caminos provinciales, participando que giró visita a las obras que viene realizando el Ayuntamiento de A Estrada, en el camino que dicha villa conduce a Vinreiro, en el trozo 1º de A Estrada a Cereijo, cuyo camino es el mismo que se expresa en el acuerdo de 18 de noviembre último, aún cuando por error se dice del "Sol a Cereijo". Resultando que según certificación que suscribe el repetido Sr. Director, el coste de las obras verificadas de desmonte y coste de expropiaciones asciende a la cantidad de treinta y dos mil quince pesetas con sesenta y cuatro céntimos. Considerando que la Excma. Diputación al votar el presupuesto para el año vigente, acordó subvencionar el camino que desde Chapa a Carril, conducirá a Perna Viva (y este nombre es un lugar de la parroquia de Cereijo) con la cantidad de nueve mil pesetas; la Comisión, acordó declarar de abono al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento referido de A Estrada, la repetida cantidad de nueve mil pesetas, como subvención a las obras del camino de que se ha hecho mérito. ------ Folla: 4 7. Quedar enterada de oficio del Presidente de A Coruña, manifestando que rebaja el precio de las estancias de los enfermos que envíe esta Diputación al Gran Hospital, siempre que la misma se ponga al corriente en la deuda que tiene con aquella por tales atenciones, acordando la Comisión quedar enterada, y que éste oficio pase a la Ordenación de pagos, a los efectos de la última indicación. ------ Folla: 4 8. Declarar de abono las estancias que causen en el Hospital de esta ciudad, los enfermos siguientes que ingresaron provisionalmente por decreto del Sr. Gobernador en las fechas que se indican: Aquilino Tabaneras, 10 del actual. José Magan, 15 de diciembre último. Santiago Araujo García, 28 de diciembre. Joaquín Méndez, 5 de enero actual. Bernabé Lázaro, 1º de diciembre. Benito Vidal, 9 de diciembre. Luisa Mayor Dávila, 9 de diciembre. Ángel Lázaro Pérez, 29 de diciembre. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición