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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1917-04-25_Ordinaria. Acta de sesión 1917/04/25_Ordinaria
Acta de sesión 1917/04/25_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.132/1.1917-04-25_Ordinaria
Título Acta de sesión 1917/04/25_Ordinaria
Data(s) 1917-04-25 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 16 1. Presidencia del Sr. Pazos Fontenla. Vocales: Señores Echeverría, López Boullosa, Puig, López Suárez y Otero (Don Gonzalo). Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta de la anterior, que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 16 2. Seguidamente, haciendo uso de las atribuciones que le concede el caso 3º del articulo 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los siguientes acuerdos. Declarar de abono al Sr. Alcalde de Pontevedra, la cuenta importante treinta y una mil novecientas cincuenta y dos pesetas con cincuenta céntimos, por estancias de enfermos pobres, hijos de esta provincia en el Hospital de esta ciudad, durante el 4º trimestre del año próximo pasado, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 16 3. Decretar el ingreso en el Asilo de Hermanitas de los pobres de Pontevedra, de la anciana Carmen Caramés, natural de A Estrada y pobre de solemnidad, debiendo pagarse sus estancias a razón de tres reales diarios, contra la consignación que existe en presupuesto para atenciones de beneficencia. ------ Folla: 16,17 4. Declarar de abono a Don José Besada, platero-gravador, vecino de esta ciudad, la cuenta importante cinco pesetas por poner espigos a 4 hojas y pegar con pasta 8 cuchillos, correspondientes al servicio de las habitaciones del Sr. Gobernador, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para conservación del palacio provincial. ------ Folla: 17 5. Declarar de abono al establecimiento de los Señores Bua Hermanos de esta capital, la cuenta importante 36 pesetas 95 céntimos, por bujías para alumbrado eléctrico suministradas para las habitaciones del Sr. Gobernador Civil (debiendo pagarse) desde el 24 de abril del año próximo pasado hasta el día de la fecha; con más una peseta 50 céntimos, por 30 céntimos de cadena de metal para la lámpara del salón del billar de las habitaciones del Sr. Gobernador, debiendo pagarse la totalidad de las dos cuentas citadas contra la consignación que existe en presupuesto para conservación del palacio provincial. ------ Folla: 17 6. Quedar enterada con sentimiento del fallecimiento del peón asignado a la Jefatura de caminos provinciales, Constantino Guerrero Santos, resolviéndose que tal plazo se amortice, y accediendo a la solicitud que suscribe la viuda del finado Sebastiana de la Torre, declarar de abono la cuenta que importó el entierro o sean 132 pesetas que percibirá la expresada viuda librándose contra la consignación de imprevistos del presupuesto vigente. ------ Folla: 17 7. Quedar enterada también con sentimiento del fallecimiento del que fueceloso portero de esta Diputación José del Monte Fariñas, que llevaba prestando servicios durante más d e20 años, y teniendo en cuenta lo prevenido en el Reglamento que votó la Excma. Diputación en la reunión de 14 de octubre último, donde se fija que la plantilla del personal de la portería para lo sucesivo, comprenderá sólo seis individuos; la Comisión por unanimidad acordó amortizar esta vacante, quedando con el personal existente, la plantilla definitiva en el número marcado en el citado Reglamento. Así mismo, acordó acatando lo dispuesto en el Reglamento de referencia, asignar a los dos hijos huérfanos del expresado portero fallecido, llamados María de las Mercedes y José del Monte Casasbellas, la pensión anula de quinientas sesenta y dos pesetas, que percibirán por mitad el varón hasta que haya cumplido los 23 años de edad, y la mujer hasta que haya contraído matrimonio, a cuyo fin se pasarán a la Contaduría las respectivas certificaciones de nacimiento, pagándose tal pensión por lo que afecta al año corriente, contra la consignación que en el presupuesto tienen los haberes de tal portero. Acordó también declarar de abono la cuenta del entierro del expresado portero, que asciende a la suma de ciento seis pesetas que se librarán contra la consignación que en el presupuesto vigente existe para imprevistos, extendiéndose el libramiento a nombre del hermano político del finado, Don José María Viñas. Y por último, se acordó que los dos citados hijos del finado perciban los haberes que devengó su padre hasta el día 20 inclusive del mes actual en cuyo día falleció. ------ Folla: 17 8. Declarar de abono a Don Augusto Milla, impresor de esta ciudad la cuenta importante setecientas cuarenta y siete pesetas por suministro de impresos y material, para la Comisión Mixta de Reclutamiento del año próximo pasado hasta el día de la fecha debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto taxativamente aplicada para esta atención (capitulo 2º, articulo 1º). ------ Folla: 17 9. Resolver que la consignación que en el presupuesto vigente en cuantía de 600 pesetas existe en el capitulo 5º, articulo 2º con destino a alquiler de casa del Director de la Escuela Normal, Don Prudencio Landín, se aplique en lo sucesivo al pago de alquileres de la Dirección de dicho Centro docente, pagándose a nombre del Habilitado de la expresada Escuela Normal. ------ Folla: 17 10. Acceder a la solicitud que suscribe el Sr. Presidente de la Casa de Caridad de Vigo, concediéndole para los fines benéficos que realiza la expresada casa, doscientas cincuenta pesetas de subvención sobre la fija que ya tiene en el presupuesto provincial y cuya cantidad se librará contra la consignación del capitulo 11. ------ Folla: 17,18 11. Acceder a las solicitudes que suscriben los Sres. Alcaldes que a continuación se citan, concediéndoles las subvenciones en la cuantía que también se expresará y que percibieran cuando se hayan llenado los requisitos que regulan el abono de subvenciones en esta Diputación provincial. Al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Nigrán, la cantidad de doscientas veinte pesetas para reparar el Puente Rozo, que está enclavado en el camino vecinal de Camos: Doscientas cincuenta pesetas al Sr. Alcalde de Tomiño, para reparaciones en el cementerio parroquial. Doscientas cincuenta pesetas al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Baiona para obras de higienización de la plaza del mercado. Trescientas pesetas al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de A Estrada, con destino a auxiliar las obras de construcción de una fuente pública en el lugar de Fontenlo, de la parroquia de Codeseda. Al mismo Alcalde, mil pesetas para reparaciones en el cementerio de la parroquia de Tabeirós. Mil pesetas al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Carbia para el alumbramiento de una fuente pública en la parroquia de Sta. María de Merza, lugar del Outeiro. Cuatrocientas pesetas al mismo Alcalde para reparación del camino vecinal de Cruces a Besexos. Ochocientas once pesetas a la Jefatura de caminos provinciales para invertir en la reparación del camino vecinal de Riobo a Arnais. Ciento noventa y dos pesetas al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Marín para auxiliar la adquisición de instrumental de la banda municipal. Seiscientas pesetas de subvención a las Hermanas de la caridad que tienen establecida una escuela para niños pobres en Cantoarena (Marín) con destino a material de enseñanza y personal de dicha escuela. Doscientas pesetas a Isolina Portabales, vecina menesterosa de Cantoarena, para contribuir a la suscripción popular abierta para adquirir un bote, por haber perecido el que poseída durante los últimos temporales, debiendo entenderse el libramiento a favor del Sr. Alcalde de Marín que hará entrega de la suma, la cual se librará contra la consignación del capitulo 11 del presupuesto vigente. Otorgar a Sr. Alcalde de Vilaboa, la subvención de pesetas, para auxiliar la adquisición de obras del insigne escritor gallego, D. Valentín Lamas Carvajal, que por acuerdo de la Corporación municipal de dicho pueblo han de repartirse en las escuelas de dicho término; librándose tal cantidad contra la consignación del capítulo 11 del presupuesto vigente cuando se hayan llenado los requisitos que regulan el pago de subvenciones de esta Diputación. ------ Folla: 18 12. Encomendar a los Diputados provinciales, Señores Echeverría, Puig y López Suárez que averiguen si existe en Pontevedra casa en lugar poco céntrico a donde pueda ser trasladado el Monte de Piedad, toda vez que se ha pactado con el Ayuntamiento el llevar el Archivo Notarial situado en la cárcel al local que ocupa dicho Monte, dejando esta en condiciones de desahogo para instalar las habitaciones de las Hermanas de la Caridad y comprometiéndose la Diputación a satisfacer los alquileres de la casa de que se trata de buscarse para el fin indicado. Se levantó la sesión. ------
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