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Acta de sesión 1917/07/26_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.132/1.1917-07-26_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1917/07/26_Ordinaria

  • Data(s) 1917-07-26 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 30 1. Presidencia del Sr. Lema Martin. Vocales: Señores Riestra (D. Francisco), González Fraga, Sampedro, García Vidal y Carrera Ramilo. Abierta la sesión a las once y media, se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 30 2. Seguidamente haciendo uso de las facultades que le concede el caso 3º del articulo 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia adoptó los siguientes acuerdos. Declarar de abono a la empresa de la luz eléctrica de Pontevedra la cantidad de doscientas noventa y cinco pesetas, por suministro de fluido eléctrico para el alumbrado del palacio provincial, durante el segundo trimestre del año actual, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 30,31 3. Declarar de abono al Director Jefe de caminos provinciales la cuenta importante cuatrocientas ochenta y ocho pesetas veinte céntimos, por conservación de los mismos durante el mes de junio último debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 31 4. Declarar de abono las estancias que devengue en el Hospital de esta ciudad la prostituta Pilar Blanco que ingresó en dicho establecimiento por decreto del Sr. Gobernador de fecha 4 del actual. ------ Folla: 31 5. Decretar el ingreso en el Hospital de San Lázaro de Santiago del enfermo de lepra, natural de Ponteareas, Enrique Fernández Tellado, y para ampliar el acuerdo de la Diputación provincial de A Coruña, comunicado en oficio de 19 de enero último, depositar ciento cincuenta pesetas a responder de las estancias de dos meses en el expresado Hospital; debiendo por la Depositaría de la expresada Corporación provincial, remitir la mitad de la hoja del libro talonario de depósitos, según el acuerdo de dicho organismo. ------ Folla: 31 6. Visto el oficio del Sr. Director Jefe de caminos provinciales participando que giró visita a las obras de construcción del camino de Sol a Pardemarín (A Estrada) las cuales subvencionó esta Corporación por acuerdo de 22 de abril de 1914, con la cantidad de setecientas cincuenta pesetas; y que el coste de las mismas excede de 1.500 pesetas; la Comisión acordó declarar de abono al Ayuntamiento de A Estrada, la citada cantidad de 750 pesetas, pero resultando que en el presupuesto vigente no existe consignación para pagar el expresado auxilio, se acordó que una vez reconocido tal crédito como se verifica por el presente acuerdo, se pase a la Comisión de presupuestos para que lo incluya en el proyecto para el año de 1918. ------ Folla: 31 7. Visto el oficio del técnico antes citado, participando que giró visita a las obras para alumbrar una fuente pública que surtiese de agua potable el lugar de "Souto de Bea", cuyas obras subvencionó esta Comisión con la cantidad de mil pesetas por acuerdo adoptado en sesión de 13 de abril de 1915, y resultando que el citado Sr. Jefe participa que tales obras tienen un coste aproximado de cuatro mil pesetas, la Comisión acordó declarar de abono al Ayuntamiento de A Estrada las citadas mil pesetas pero no existiendo en el presupuesto vigente consignación para poder pagar la expresada suma, se acordó como en el caso anterior, tener por reconocido este crédito y pasarlo a la Comisión de presupuestos de la Excma. Diputación para que lo incluya en el proyecto para 1918. ------ Folla: 31 8. Visto también el oficio del expresado Sr. Director Jefe, participando que giró visita a las obras de reparación del camino de Penaporrin, en la parroquia de Orazo (A Estrada) y que el coste de tales obras asciende a dos mil pesetas. Resultando que esta Comisión en sesión de 19 de abril de 1916, acordó subvencionar las indicadas obras con la cantidad de mil pesetas, la Comisión acordó declarar de abono esta última cantidad al citado Ayuntamiento que se librará contra la consignación que se cita en el acuerdo de que se ha hecho mención y si por acaso se hubiere agotado la consignación del capitulo 11, contra el cual se acordó librar dicha suma pasar este crédito reconocido a la Comisión de presupuestos de la Excma. Diputación para que la incluya en el proyecto para el año 1918. ------ Folla: 31 9. Visto el oficio del tan citado Sr. Director Jefe de caminos participando que giró visita a las obras para construcción de la rampa que partiendo del camino provincial de Vilapouca salga a la carretera de Chapa a Carril y que el coste de las mismas consistente en expropiación y apertura de desmontes asciende a la cantidad de seis mil pesetas, la Comisión acordó declarar de abono la subvención de tres mil pesetas con que esta Comisión en reunión de 6 de octubre de 1911 acordó subvencionar las indicadas obras. Ahora bien, no existiendo en el presupuesto vigente consignación adecuada para abonar tal cantidad se acordó estimar como reconocido éste crédito que deberá pasar a la Comisión especial de presupuestos de la Excma. Diputación para que la incluya en el proyecto para 1918. ------ Folla: 31,32 10. Visto el oficio que suscribe el Sr. Director Jefe de caminos provinciales enviando la liquidación de las obras del trozo 1º del camino vecinal de A Estrada a Vinseiro, que la Excma. Diputación por acuerdo de 14 de octubre de 1914, acordó subvencionar con el 50% de su coste, siendo aquel de 46.526 pesetas aunque dándole la denominación de camino vecinal que desde la carretera de Chapa a Carril termina en Pernavira y resultando que la valoración del expresado trozo 1º del camino de referencia arrojo un total de 72.736,06 pesetas, corresponde a la Diputación en concepto del 50% la cifra de 36.368,03 pesetas que la Comisión ajustándose al acuerdo de la Excma. Diputación ya citado, resuelve declarar de abono al Ayuntamiento de A Estrada para librarse contra la consignación especial que a partir del expresado año de 1914 viene figurando en los presupuestos anuales en cifra de 9.000 pesetas. Ahora bien, resultando que esta Comisión en reunión de 19 del actual acordó aplicar al trozo 2º del camino de referencia el sobrante de la subvención otorgada para el 1º trozo el Sr. director Jefe de caminos ya citado, aporta certificación de las obras ejecutadas en este 2º trozo, afirmando que el coste total de construcción del mismo, alcanza a la cifra de 30.315 pesetas con 96 céntimos, correspondiendo en su consecuencia a la Diputación abonar el 50% de tal cantidad que asciende a 10.157 pesetas con 98 céntimos que se librará contra la consignación que la corporación provincial en sus presupuestos le viene fijando en cuantía de 9.000 pesetas para responder a esta obligación. Se levantó la sesión. ------

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