Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1919-12-31_Ordinaria. Acta de sesión 1919/12/31_Ordinaria
Acta de sesión 1919/12/31_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.136/1.1919-12-31_Ordinaria
Título Acta de sesión 1919/12/31_Ordinaria
Data(s) 1919-12-31 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 59,60 1. Presidencia del Sr. Otero Bárcena. Vocales: Señores Corbal, Villamarín, Contreras, López Suárez y Ulloa. Abierta la sesión a las once de la mañana, se dio lectura al acta de la anterior, que por unanimidad fue aprobada. Seguidamente, haciendo uso de las atribuciones que le concede el caso 3º del art. 98 de la Ley provincial, y previa declaración de urgencia, adoptó los acuerdos siguientes: Cumpliendo lo establecido en los artículos 120 de la Ley y 117 de su Reglamento, se acuerda por unanimidad designar a los Sres. diputados D. Prudencio Landín Tubío, y D. José Sarmiento Ozores, para que en concepto de vocales propietarios formen parte de la Comisión Mixta de Reclutamiento durante el año de 1920, designándose también a D. Eladio de Lema Martín y D. José González Fraga como suplentes respectivamente de los señores anteriores. ------ Folla: 60 2. Resolver el concurso anunciado el el B.O. del 19 del corriente para proveer la plaza de médico civil suplente de la Comisión Mixta de Reclutamiento durante el año de 1920, nombrando al único concursante D. Daniel Portela Pazos, vecino de Ponte Caldelas, que percibirá como remuneración en concepto de tanto alzado 300 pesetas al año con la obligación que se establece en el edicto de concurso. ------ Folla: 60 3. Declarar de abono al Sr. Director Jefe de Caminos la cuenta de 631 pesetas, 65 céntimos, por conservación de los mismos durante el mes de noviembre último, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 60 4. Declarar de abono a la empresa "La Hulla Blanca" la cuentas importantes 30 pesetas cada una por suministro de fluido eléctrico al motor del pozo durante los meses de octubre y noviembre último debiendo pagarse dichas sumas en cuantía total de 60 pesetas contra la consignación del capítulo 12, artículo único del presupuesto vigente. ------ Folla: 60 5. Vista la instancia que suscribe D. Eugenio Jadrique, gerente de la sociedad "La Artística, Manufacturas de Hojalata", de Vigo, pidiendo autorización para adoquinar por cuenta de la misma el trozo de la carretera provincial de Vigo a Bouzas que da frente a la calle de "Solar", con objeto de cortar los baches que por el excesivo tránsito existen en aquel trozo, en que se halla establecida tal industria, se acuerda interesar del Sr. Director Jefe de Caminos, emita informe acerca de tal pretensión para en su vista acordar los procedente. ------ Folla: 60 6. Declarar de abono las estancias que devenguen en el Hospital las prostitutas enfermas Josefa Fernández, Dolores Soto y Gaspara Lorén, ingresadas respectivamente el 19 y 20 del actual por decreto del Sr. Gobernador. ------ Folla: 60 7. Vista la instancia que suscribe D. Fausto Otero, representante de la empresa cinematográfica "Galicia Films" domiciliada en Vigo, en solicitud de que se declare de abono la cantidad de 500 pesetas con que esta Comisión por acuerdo de 26 de febrero último, subvencionó a tal empresa para la impresión de una película que contenga paisajes, hijos, monumentos históricos y escenas de costumbres de esta provincia, cuya exhibición en España y en América significan propaganda para el turismo; se acuerda invitar al Sr. Otero a que presente la relación de los paisajes, monumentos y demás que fueron impresionados en cumplimiento de lo dispuesto en el acuerdo de referencia, así como una certificación expedida por la casa cinematográfica que representa justificativa de hallarse terminada la impresión de la película de que queda hecho mención. ------ Folla: 60 8. Dado cuenta de moción que suscribe el Sr. Director Jefe de Caminos Provinciales manifestando: que toda vez aquella dependencia en todas las obras que se ejecutan por contrata tiene una intervención en los pagos que se verifican directamente a los contratistas por Depositaría, cuya intervención no existe en las obras que se hacen por administración, ni en los pagos de conservación, sería muy conveniente que en toda clase de obras y pagos de que se ha hecho mérito, que para que la intervención subsista se verifiquen por la Depositaría de Fondos provinciales fijándole una pequeña cantidad para giros y pagos fuera de la residencia, quedando de esta manera la dependencia de caminos provinciales ajena como todas las demás a manejos de fondos; la Comisión acordó que por el Sr. Depositario de Fondos provinciales, se verifiquen a partir de 1º de enero próximo toda clase de pagos, no solo por las obras que se ejecutan por contrata y administración sino que también los pagos que se realicen por conservación. ------ Folla: 60 9. Prestar aprobación en consonancia con lo establecido en el artículo 23 del Reglamento para el repartimiento y administración de la contribución de inmuebles, cultivo y ganadería de 30 de septiembre de 1885, al repartimiento de contribución formado por la administración de contratistas de esta provincia para el año de 1920 - 1921 del cupo del Tesoro por contribución territorial urbana y recargo del 16% para atenciones de 1ª enseñanza, en cuantía de 407.497,70 pesetas, y al de contribución rústica, en cuantía de 2.840.470,31 pesetas, entre los pueblos de esta provincia, cuyo repartimiento se publicará en el B.O. de la misma, cumpliendo lo que determina el artículo 28 del mencionado Reglamento. ------ Folla: 60 10. Quedar enterada de relación que presenta el comisario de entrada y salida de enfermos del Hospital de esta ciudad demostrativa de las estancias devengadas por los mismos en tal establecimiento durante el mes de noviembre último, y que se eleva a la cifra de 12.267 pesetas. Se levantó la sesión. Consta este libro de sesenta folios utilizados en las actas de las sesiones celebras por la Comisión Provincial desde el día 8 de enero al de la fecha, resolviendo asuntos en funciones de la Diputación a tenor de lo que dispone el caso 3º del artículo 98 de la vigente Ley Provincial. Pontevedra, 31 de diciembre de 1919. Vº. Bno. El Vicepresidente, Álvaro Berasategui. ------
Ãrea de notas
Nota