Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1921-07-19_Ordinaria. Acta de sesión 1921/07/19_Ordinaria
Acta de sesión 1921/07/19_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.141/1.1921-07-19_Ordinaria
Título Acta de sesión 1921/07/19_Ordinaria
Data(s) 1921-07-19 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 20 Presidencia del Sr. Riestra. Vocales Sres. García Vidal, Echeverría, García Golmar, Puig y Corbal. 1. Abierta la sesión a las once de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobado. ------ Folla: 20 2. Seguidamente examinó la nota de precios enviada por la Comisaría de Guerra de Vigo para señalamiento de las especies que en el mes actual se faciliten a las fuerzas del ejército y Guardia Civil, acordándose fijar los precios en la siguiente forma. Ración de pan de 0,630 kg. 0,52 ptas. - Ídem. de cebada 4 kg. 2,05 ptas. - Ídem de centeno 4 kg. 1,80 ptas. - Ídem de maíz 4 kg. 1,80 ptas. - Id. de paja 6 kg. 1,05 ptas. - Id. de Hierba seca 12 kg., 2 ptas. - Idem. Carbón vegetal 1 kg., 0,20 ptas. - Ídem. Leña 1 kg., 0,05 ptas. - Id. Petróleo 1 litro 1,35 ptas. ------ Folla: 20,21 3. Examinadas las cuentas de fondos municipales del Ayuntamiento de Tomiño correspondientes al año natural de 1915. Resultando que se hallan debidamente reintegradas, que su factura se ajusta a lo prevenido en la circular de la Dirección de Administración de 1º de julio de 1886; que las partidas de cargo y data se aproximan y ciñen respectivamente a las del presupuesto ordinario de la Corporación. Resultando por otra parte que en el expediente de aprobación instruido por la municipalidad se han seguido los trámites prevenidos en los artículos 161 y siguientes de la ley municipal, contestando que fueron informadas favorablemente por el Regidor Síndico y Junta y aprobadas por el Ayuntamiento. Visto el informe de la sección de cuentas del Gobierno Civil; la Comisión de conformidad con el dictamen del negociado, acordó que pudiera informar al Sr. Gobernador en el sentido de que utilizando la facultad que le otorga el artículo 165 de la ley, procede que preste a dichas cuentas su aprobación definitiva. Se levantó la sesión. ------
Ãrea de notas
Nota