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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1923-12-14_Ordinaria. Acta de sesión 1923/12/14_Ordinaria
Acta de sesión 1923/12/14_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.144/1.1923-12-14_Ordinaria
Título Acta de sesión 1923/12/14_Ordinaria
Data(s) 1923-12-14 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 58 1. Presidencia del Sr. D. José López Boullosa. Vocales Señores: D. Prudencio Otero Sánchez, José Sarmiento Ozores, Don Benjamín Lois y Lois, D. José Carrera Ramilo y Don Waldo Gil Santostegui. Abierta la sesión a las once de la mañana, se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 58 2. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la concede el caso 3º del articulo 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia adoptó los siguientes acuerdos: Cumpliendo lo establecido en los artículos 120 de la Ley y 117 del Reglamento; se acuerda por unanimidad designar a los Sres. Diputados D. Javier Puig Llamas y Don Manuel García Golmar, para que en concepto de vocales propietarios formen parte de la Comisión Mixta de Reclutamiento durante el próximo año de mil novecientos veinticuatro, designándose también a D. José González Fraga y a D. Fernando Villamarín como suplentes respectivamente de los Señores anteriores. ------ Folla: 58 3. Declarar de abono al Ayuntamiento de Arbo la subvención de seiscientas sesenta y seis pesetas sesenta y seis céntimos concedida por la Excma. Diputación en reunión de 28 de diciembre de 1918, para auxiliar las obras de construcción de un puente sobre el río Deva, en el camino que conduce a Mourentan, una vez que según informa el Sr. Director Jefe de caminos provinciales, el importe de la obra ejecutada se eleva a más del doble de la expresada subvención, que deberá ser librada contra la consignación que se cita en el acuerdo de referencia. ------ Folla: 58 4. Prestar aprobación a la liquidación practicada por la Jefatura de caminos provinciales de los acopios depositados y empleados en el camino provincial de A Cañiza a la estación de Arbo, de cuya liquidación resulta un salvo a favor del contratista, D. Emilio Puime Arias, de veintinueve céntimos de peseta. ------ Folla: 58 5. Declarar de abono a la Superiora del Asilo de Hermanitas de los pobres de Vigo, la cuenta importante ciento ochenta y seis pesetas, por estancias de ancianos en aquel establecimiento durante el mes de agosto último, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para atenciones de Beneficencia. ------ Folla: 58 6. Otorgar en concepto de aguinaldo, siguiendo costumbre establecida el donativo que represente una cena extraordinaria a los asilados de la casa-hospicio de esta ciudad en la tradicional Noche Buena el día 24 del actual debiendo abonarse contra la consignación del capitulo 6º, articulo 2º, del vigente presupuesto. ------ Folla: 58,59 7. Adoptar análogo acuerdo para que en el Asilo de Hermanitas de los pobres de Pontevedra y en la citada Noche Buena, el día 24 se dé también una cena extraordinaria a los ancianos que allí se albergan y Hermanas que están a su cuidado, concediéndole para atender a los gastos la cantidad de cien pesetas que se librará contra la consignación que existe en presupuesto en el capitulo 6º articulo único del presupuesto vigente. ------ Folla: 59 8. Conceder también el donativo de dos pesetas cincuenta céntimos a cada uno de los presos que en el día 24 del actual existan en la cárcel de esta ciudad, librándose contra la consignación que figura en presupuesto, capitulo 8º, articulo único. ------ Folla: 59 9. Otorgar a las jornaleras encargadas de la limpieza del Palacio provincial, Natalia Silva, Josefa Pasarin y Aurelia Sánchez, según costumbre anual, en concepto de aguinaldo de Pascuas, lo que represente aproximadamente, un jornal mensual o sean 45 pesetas a cada una, librándose la partida total de ciento treinta y cinco, contra la consignación que existe en el capitulo 8º, articulo único del presupuesto vigente. ------ Folla: 59 10. Examinada la cuenta de estancias causadas en el Hospital de esta ciudad por enfermos pobres de la provincia, durante el mes de julio del corriente año, cuyo importe asciende a la cantidad de 13.482 pesetas, y apareciendo que los enfermos Casiano carera, José Marcelino Sanjorges, María Ana de Jesús y Alejandra Vázquez ingresaron sin orden de ésta Diputación y que la enferma María Moreira consta ingresada en 1º de julio , teniendo la orden expedida fecha 19 del mismo mes, procediendo deducir el importe de 19 días que a razón de tres pesetas diarias, suman 57 pesetas y resultando que las estancias de los anteriores enfermos se elevan a 276, que unidas a las 57 indicadas, arrojan el total a deducir de 333 pesetas; la Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado acordó declarar de abono al Ayuntamiento de esta capital por estancias del mes de julio, la cantidad de trece mil ciento cuarenta y nueve pesetas que serán satisfechas contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 59 11. Examinada la cuenta de estancias causadas por enfermos pobres en el Hospital de esta ciudad durante el mes de agosto último importante 14.517 pesetas; y resultando que Casiano Carrera, Carmen Romero, Vicente Domínguez, Ramón Expósito y Juan Alejandro ingresaron sin orden de esta Diputación cuyas estancias importan doscientas dieciséis pesetas a deducir; se acuerda de conformidad con lo propuesto por el Negociado, declarar de abono al Ayuntamiento de Pontevedra, la cantidad de catorce mil trescientas una pesetas, por estancias del mes de agosto, que será satisfecha contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 59 12. Examinada la cuenta de estancias causadas por enfermos pobres en el Hospital de esta ciudad durante el mes de septiembre último importante 13.923 pesetas y resultando que el enfermo Leandro Aljan ingresó en aquel establecimiento sin orden de ésta Diputación cuyas estancias a deducir importa 18 ptas; se acuerda de conformidad con lo propuesto por el Negociado declarar de abono al Ayuntamiento de Pontevedra, la cantidad de trece mil novecientas cinco pesetas, por estancias del mes de septiembre último, que habrán de librarse contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 59 13. Ampliar por quince días la licencia que para atender a asuntos propios le fue concedida al Sr. Director Jefe de caminos provinciales D. Teodosio Domínguez. Se levantó la sesión. ------
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