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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1923-02-20_Ordinaria. Acta de sesión 1923/02/20_Ordinaria
Acta de sesión 1923/02/20_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.145/1.1923-02-20_Ordinaria
Título Acta de sesión 1923/02/20_Ordinaria
Data(s) 1923-02-20 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 4 1. Presidencia del Sr. Puig. Vocales Señores, Otero Sánchez, García Golmar, Casas (D. Antonio), Lois y García Lemes. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 4 2. Seguidamente examinó la nota de precios enviada por la Comisaría de Guerra de Vigo para señalamiento de las especies que en el corriente mes se faciliten a fuerzas del Ejército y Guardia Civil, se acuerda fijar en la siguiente forma: ración de pan, 0,630 kg, 0,52 pesetas, ración de cebada, 4 kg, 2,05 ptas, ración de centeno, 4 kg, 1,80 ptas, ración de maiz, 4 kg, 1,80 ptas, ración de paja, 6 kg 1,05 ptas, ración de herba seca, 12 kg, 2 ptas; ración de carbón vegetal, 1 kg, 0,20 ptas, ración de leña, 1 kg, 0,05 ptas, ración de petróleo, 1 litro, 1,35 ptas. ------ Folla: 4,5 3. Vista la liquidación practicada por Don Alberto Martínez designando por el Sr. Gobernador para el examen de los antecedes aportados, libros y demás justificantes que determinan el verdadero saldo que resulte de la liquidación de las cuentas de recaudación del Ayuntamiento de Sanxenxo correspondientes a los años de 1874-75 al 1887-88 y del 1888-89 al 1915 inclusive de las que son Don Leopoldo López Crestar y su hijo Don Leopoldo López Pérez, que el Sr. Gobernador remite a informe a esta Comisión Provincial. Resultando que Don Leopoldo López Pérez, Recaudador Depositario que fue de aquel Ayuntamiento a su nombre y el de sus hermanas, como herederos de Don Leopoldo López Crestar que ejerció también con anterioridad el cargo de Recaudador municipal, recurrió parra ante el Sr. Gobernador de acuerdo del Ayuntamiento de 2 de marzo de 1922 que de conformidad con el dictamen de la Comisión de Hacienda y Regidor Sindico acordó fijar como cargo definitivo de las cuentas de recaudación correspondientes a la gestión de ambos recaudadores 42.114,93 ptas al Sr. López Pérez y 7.222,93 ptas a su finado padre Sr. López Crestar, totalizando ambos saldos 49.341,86 pesetas a favor del Ayuntamiento. Considerando que los recibos que resultaren incobrables expresados en las relaciones presentadas por el Recaudador para que previa confrontación, sirvan de data en el cargo de los años referidos, debieran ser entregados al mismo para su precepción en las épocas reglamentarias que señalan los artículos 25 y 26 y siguientes de la Instrucción de 26 de abril de 1990 para el período de recaudación voluntaria y los de los capítulos 3º y 6º para el de la ejecutiva, precepto éste que ha sido quebrantado por el retraso quebrantado únicamente al Ayuntamiento único responsable de la demora observada en tal servicio que trajo como obligadas consecuencia se hiciese ilusoria la total percepción de los mismos, creando así un estado de cosas, indefinido en perjuicio de los intereses del municipio, cuando que estableciendo todo contrato obligaciones recíprocas, ha de extenderse en su interpretación a la voluntad e intención de las partes y finalidad de lo convenido, por lo que forzosamente se deduce que el que quiere el fin, quiere y se obliga a poner los medios necesarios para su realización presentando por tanto todos los auxilios para percibir con puntualidad y oportunamente todos los imprevistos sin esas dilaciones que sin posibilitaron la realización de aquellos pagos por falta de apoyo, y desamparo que encontró siempre en la autoridad local; por lo que la Comisión de conformidad con las demás consideraciones que constan en el dictamen del Negociado acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede aprobar en todas sus partes la liquidación practicada por mandato de dicha autoridad gubernativa declarando responsable al Recaudador Don Leopoldo López Pérez de las 22.998,66 ptas que resultan a favor del Ayuntamiento de Sanxenxo. ------ Folla: 5 4. Pasar al Negociado el expediente instruido en el Ayuntamiento de Marín con motivo de la incautación de la lonja de contratación de pescado. Se levantó la sesión. ------
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