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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1925-02-28_Ordinaria. Acta de sesión 1925/02/28_Ordinaria
Acta de sesión 1925/02/28_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.148/1.1925-02-28_Ordinaria
Título Acta de sesión 1925/02/28_Ordinaria
Data(s) 1925-02-28 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 11 1. Presidencia del Sr. Losada Diéguez. Vocales Señores; Fraga Aguiar, Lois Vidal y Massó García. Abierta la sesión a las trece horas de este día, se dió lectura al acta de la anterior, que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 11 2. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la concede el caso 3º del articulo 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia adoptó los siguientes acuerdos: Visto el informe que en cumplimiento de acuerdo de esta comisión de 14 de febrero último emite el Sr. Contador de fondos provinciales en instancia suscrita por Dª Rosario Viñas del Monte, interesando que la pensión que disfruta su hermana Dª Benita como huérfana del Oficial de esta Diputación, D. José Manuel viñas consistente en 1.000 pesetas se divida entre las dos a razón de 500 cada una y resultando que por R.D. de 15 de noviembre de 1924 se exime de incompatibilidad para el cobro de más de un sueldo del Estado, provincia o municipio a las viudas y huérfanos de empleados civiles y militares, siempre que la cuantía de los mismos no exceda de 5.000 pesetas anuales cantidad a que no alcanza el haber de 3.000 pesetas anuales, cantidad a que no alcanza el haber de 3.000 pesetas que como maestra nacional disfruta la Dª Rosario; se acuerda de conformidad con el expresado dictamen acceder a lo solicitado, declarando con derecho a la recurrente a percibir la mitad de la pensión que en la actualidad se asigna a favor de su hermana Dª Benita a razón de 500 pesetas cada una haciéndose así constar en el venidero presupuesto ordinario de esta Diputación y debiendo figurar a partir del próximo mes de marzo en las nóminas de pensiones a las huérfanas Dª. Rosario y Dª Benita Viñas, como perceptoras conjuntamente de la mencionada pensión de mil pesetas. ------ Folla: 11 3. Declarar de abono al Sr. Director del Manicomio de Conxo, la cuenta importante siete mil setecientas ochenta pesetas cincuenta céntimos por estancias de dementes en aquel establecimiento durante el mes de xaneiro último, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para ésta obligación, capitulo 6º, articulo 1º. ------ Folla: 11 4. Adjudicada con carácter definitivo en sesión de 6 de septiembre del año último a Don Marcial Peralba, vecino de O Porriño la subasta de acopio y empleo de materiales para conservación del camino provincial de A Cañiza a la estación de Arbo, se acuerda designar al vocal de esta Comisión, D. Guillermo Sarmiento Gil para que en representación de éste organismo eleve a contrato y autorice la escritura pública ante el Notario Sr. Trincado, debiendo sustituirle en caso de enfermedad o ausencia el también vocal de ésta Comisión, Don Cesar Lois Vidal. ------ Folla: 11 5. Dado cuenta de instancia suscrita por D. Ángel Martínez Santradán, Oficial de la clase de primeros de esta Excma. Diputación en súplica de que se le conceda su jubilación por haber cumplido 69 años de edad, según justifica a medio de certificación de su partida de bautismo y visto el informe emitido por la Contaduría del que resulta que el referido funcionario desempeñó su cometido sin interrupción con relevante celo y laboriosidad, habiendo prestado 48 años y 10 meses de servicios, siendo su sueldo anual de 4.800 pesetas, se acuerda jubilar al Sr. Martínez Santradán, a partir del día mañana, 1º de marzo próximo con el 80% o sean los cuatro quintos de su sueldo correspondiéndole percibir tres mil ochocientas cuarenta pesetas como haber pasivo anual. ------ Folla: 11 6. Se acuerda asimismo que el oficial D. Alejandro Torres, afecto a la sección de cuentas y presupuestos, pase a prestar sus servicios accidentalmente a la Depositaría provincial en la vacante producida por el Sr. Martínez Santradán. ------ Folla: 11,12 7. El Sr. Delegado gubernativo de Lalín en unión de diferentes entidades de aquel partido judicial acordaron designar una comisión para que, trasladándose a Madrid pueda recabar del Excmo. Sr. Ministro de Fomento, la construcción de la carretera denominada "Ventas de Narón a Folgoso" incluida en la propuesta formulada por la Jefatura de obras públicas para ser construida por el Estado durante el quinquenio que empieza en el actual ejercicio la que no obstante tal propuesta fue eliminada por aquel Ministerio al hacer la relación definitiva de las que han de construirse y persuadida esta Comisión de la grandísima utilidad de esta vía de comunicación, no sólo para los intereses de esta provincia, sino para los de la de Lugo, acuerda adherirse y hacer suya la expresada súplica y delegar su representación en la Comisión anteriormente indicada para las gestiones que realice encaminadas al logro de tan justas aspiraciones. ------ Folla: 12 8. Visto el oficio del Sr. Director Jefe de caminos manifestando que el peón Perfecto Valo, afecto a la carretera provincial de Porráns a Cuntis, cortó sin permiso alguno el roble objeto de la denuncia que formuló Agustín Eirin, de que se dio cuenta en sesión de 14 del actual y apareciendo que si bien no fue autorizado para ello por sus superiores, tiene a su favor la atenuante de que tal árbol había secado, siendo costumbre aprovechar las malezas procedentes de la pola, por cuya falta le impuso la expresada Jefatura el castigo de cinco días de descuento de jornal en que se valoró la leña procedente del citado roble; ésta Comisión acuerda quedar enterada. ------ Folla: 12 9. Esta Comisión se enteró de la exposición que el Presidente de la Diputación de Huesca a nombre de la misma dirige a los Poderes públicos, relacionada con la petición que formula el Consejo de la Economía Nacional por la Federación de Fabricantes de hilados y tecidos de Cataluña, en demanda de que sea concedida a la industria textil una compensación de siete millones de pesetas, para subvenir y remediar la crisis porque actualmente atraviesa aquella industria. Las principales causas de la penuria industrial textil es la crisis por que atraviesa la agricultura, primordial riqueza nacional, por la depreciación de alguno de sus productos, especialmente el del trigo a consecuencia de la importación de cereales viéndose el agricultor obligado a saldar con déficit sus operaciones en estos últimos años por la depreciación de sus trigos y por la introducción de los extranjeros que sin protesta son traídos y constituyen el aniquilamiento de la agricultura. La penuria que se trata de remediar con la compensación o subvención solicitada ha de ir a cargo del presupuesto nacional y en definitiva en contra de los intereses del contribuyente entre los que se encuentra en mayor escala el agricultor, que no es responsable de un estado de cosas cuyas consecuencias es el primero en sufrir, por no haberse prevenido el peligro e impedido la depreciación de los productos agrícolas nacionales con la prohibición de importaciones innecesarias. El remedio que se propone la expresada industria textil, constituye un precedente peligroso para situaciones análogas de esas y otras industrias y por respetables que sean los intereses de aquella, lo son también y a caso en mayor escala los de la Agricultura, a la que por habérsela perjudicado en cantidad mucho mayor, podría hacer igual petición y siendo esto así, o no procede la compensación solicitada o de prevalecer éste criterio debe indemnizarse también a la Agricultura de los millones en que le han perjudicado la industria harinera. Esta Comisión en el deseo de laborar por el bien moral y material de todas las regiones sus privilegios para nadie acuerda secundar los legítimos deseos expuestos por la Diputación provincial de Huesca y dirigirse al Excmo. Sr. Ministro de Fomento, significándole su adhesión a la exposición que le dirigió aquel organismo en sentido negativo a la pretensión anteriormente expuesta. ------ Folla: 12,13 10. Dado cuenta de R.O. del Sr. Presidente del Directorio Militar de 24 de febrero último, concediendo con carácter general un plazo de sesenta y cinco días para la impresión y publicación por las Diputaciones provinciales de las listas electorales derivadas de la formación del censo últimamente confeccionado con sujeción a lo que determina el R.D. de 10 de abril de 1924; esta Comisión acuerda realizar un concurso en la forma establecida en años anteriores, tan pronto como por la sección provincial de Estadística sean entregadas en la Secretaría de ésta Diputación las listas de referencia para que los industriales puedan optar al servicio de impresión y tirada de las mismas, con arreglo al pliego de condiciones que oportunamente habrá de insertarse en el Boletín Oficial. ------ Folla: 13 11. Declarar de abono al Sr. Alcalde de Pontevedra la cuenta importante doce mil trescientas treinta y seis pesetas por estancias de enfermos pobres hijos de esta provincia en el Gran Hospital de esta ciudad durante el mes de xaneiro último, debiendo librarse dicha suma contra la consignación del capitulo 6º, articulo 2º del presupuesto vigente. Se levantó la sesión. ------
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