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Acta de sesión 1926/08/13_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.151/1.1926-08-13_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1926/08/13_Ordinaria

  • Data(s) 1926-08-13 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 64 1. Presidencia del Señor La Sota Valdecilla, con asistencia de los Vocales Señores: Lois Vidal, Sarmiento Gil, Massó García y Laforet Cividanes. Abierta la sesión a las doce de este día, se dio lectura al acta de la anterior que fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que le conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial adoptó los acuerdos siguientes. ------ Folla: 64 2. Suministros al Ejército. Cumpliendo lo prevenido en el articulo 3º de la Instrucción de 9 de agosto de 1879, se acuerda de conformidad con el Sr. Comisario de Guerra, fijar los precios de los suministros que los pueblos de ésta provincia hayan facilitado y faciliten a las fuerzas del Ejército y Guardia Civil en el presente mes de agosto, en esta forma: Pan, 0,630 kg, 0,41 ptas; Cebada para caballos del Ejército, 4,50 kg, 2,46 ptas; Cebada para mulos y caballos de la Guardia Civil, 4 kg, 2,03 ptas; Maiz, 4 kg, 1,56 ptas; Paja o heno, 6 kg, 0,97 ptas; Herba seca, 1 kg, 0,22 ptas; Aceite, 1 litro, 2,14 ptas; Carbón, 1 kg, 0,37 ptas; Leña, 1 kg, 0,08 ptas; Petróleo, 1 litro, 0,96 ptas; Centeno, 4 kg, 2,03 ptas. ------ Folla: 64 3. Abono fluido eléctrico en julio a la Empresa Pontevedra Marín. Declarar de abono a la Empresa "Eléctrica de Pontevedra Marín, S.A.", la cuenta importante noventa y ocho pesetas treinta y cuatro céntimos por fluido suministrado para el alumbrado de este Palacio provincial durante el mes de julio último, debiendo librarse dicha suma con cargo al capitulo 11 del presupuesto vigente. ------ Folla: 64 4. Aprobación padrón de cédulas de Vigo y Cangas (Véase acuerdo en esta acta respecto al de Vigo). Vistos los padrones de cédulas personales para el año de 1926 formados por los Ayuntamientos de Vigo y Cangas, así como los informes de la Intervención y del Negociado de Hacienda de esta Diputación a que el examen de dichos padrones dio lugar, en los que se afirma que la clasificación de los empadronados está hecha con arreglo a los preceptos legales que rigen en la materia, se acuerda aprobar los mencionados padrones, y que sin pérdida de tiempo se devuelvan a los Ayuntamientos de su procedencia para que sean ultimados, cubriendo sus tres últimas columnas y expuestos al público en cumplimiento de lo que preceptua el articulo 27 de la Instrucción de 4 de noviembre, último con la advertencia al Ayuntamiento de Cangas, de que la empadronada con el número 1.095, "Rolet Jaen Purificación", aparece con la renta de trabajo de 18.250 pesetas, lo que llama la atención a ésta Comisión, y por ello se lo advierte a la Alcaldía, por si hubiera habido error en la declaración de la empadronada o en el acto del empadronamiento. ------ Folla: 64 5. Asilo. Dejando sin efecto por defunción el ingreso de Mª Antonia Fernández. Dejar sin efecto el acuerdo adoptado por ésta Comisión en sesión de 16 de julio último, según el que se dispuso el ingreso en el Asilo de los pobres de Pontevedra, de María Antonia Fernández del Ayuntamiento de Arbo, una vez que según participa el Alcalde, la expresada anciana falleció el día 8 del actual en la parroquia de Borela. ------ Folla: 64,65 6. Abono cuenta reparaciones de esculturas a José Mª Acuña. Ultimados los trabajos de restauración y retoques de las obras escultóricas que en yeso existen en este Palacio provincial practicadas por el pensionista D. José María Acuña; esta Comisión teniendo en cuenta el esmero con que realizó el cometido que le ha sido confiado, y los gastos de pinturas, pinceles y escayola invertidos en aquellas operaciones, acuerda remunerar al citado Sr. Acuña, con la gratificación de ciento cincuenta pesetas, que se librará con cargo al capitulo 18, articulo único del presupuesto vigente. ------ Folla: 65 7. Manicomio. Ingreso de las dementes Estrella Lestayo y Carmen Pereiro de Bueu y Mos. Decretar el ingreso en el Manicomio de Conxo, por cuenta de fondos provinciales de los dementes en turno Estrella Lestayo Moledo, de años de edad y de Carmen Pereiro de 19, solteras de los Ayuntamientos de Bueu y Mos, respectivamente, de cuyos expedientes resulta probada la naturaleza, enfermedad, necesidad de la reclusión y pobreza de las enfermas y familiares debiendo por el Negociado de Beneficencia remitirse al Sr. Director de aquel Sanatorio la filiación de las referidas enfermas, que ingresan en concepto de observación a los efectos de lo que determina el R.D. de 19 de mayo de 1885, comunicando este acuerdo a las Alcaldías respectivas para la conducción al mismo de las alienadas de referencia. ------ Folla: 65 8. Cuenta conservación de caminos en julio. Declarar de abono al Sr. Director Jefe de caminos provinciales, la cuenta importante cuatrocientas noventa y una pesetas noventa céntimos, por conservación de los mismos durante el mes de julio último, debiendo librarse dicha suma con cargo a la consignación del capitulo 11, articulo 5º del presupuesto vigente. ------ Folla: 65 9. Hojas impuesto cédulas. Esta Comisión acuerda que se anuncie la necesidad de adquirir hojas del impuesto de cédulas personales para distribuir entre los Ayuntamientos de la provincia. ------ Folla: 65 10. Instancia de D. Cesáreo Alen, sobre construcción de carretera Campo a Carballedo. Vista la instancia suscrita por D. Cesáreo Alen Paz, vecino de San Jorge de Sacos, Presidente de la Federación Agrario-Obrera municipal de Cotobade, solicitando la inmediata construcción de la carretera de Campo Lameiro a Carballedo, y resultando del informe emitido por el señor Director de Vías y Obras provinciales, que el expresado trayecto no ha sido segregado y entregado a ésta Diputación como supone el solicitante, sino que continua figurando en el plano de los caminos del Estado; se acuerda comunicarlo así al Sr. Alen Paz, por si considera oportuno dirigir su petición al Excmo. Señor Director General de Obras Públicas. ------ Folla: 65 11. Nombramientos de Conserje y Portero Mayor de la Diputación Míguez y Vieitez. Vacante por defunción del que la desempeñaba la plaza de Conserje de la Excma. Diputación y en virtud de las facultades que a esta Comisión concede el articulo 117 del Estatuto provincial, se acuerda por analogía con lo que determina el Reglamento de funcionarios administrativos de ésta Dependencia de 30 de junio de 1925, pase a desempeñar la referida plaza de conserje el portero mayor D. Manuel Míguez, con el sueldo anual de tres mil pesetas corriéndose la escala en el escalafón de los empleados subalternos por rigurosa orden de antigüedad y que la plaza que resulta por virtud de ésta variación o sea la de portero mayor dotada con el haber anual de dos mil setecientas cincuenta pesetas; se proviste en Don José Vieitez que figura en primer turno en la escala inmediata inferior. ------ Folla: 65 12. Circuito Nacional de firmes especiales. Tasa especial (de rodaje). Dado cuenta de escrito del Sr. Presidente del Patronato del Circuito Nacional de firmes especiales, interesando se exponga cuanto éste organismo estime conveniente y se relacione con los extremos contenidos en los artículos 1º, 2º y 3º del Real Decreto Ley de 26 de julio de 1926 por el que se autoriza el establecimiento de una tasa especial de rodaje aplicable a los automóviles, carros, camiones y motocicletas; se acuerda significar al citado Señor Presidente que esta Comisión provincial muestra de conformidad con las disposiciones de los artículos 1º y 2º del citado Reglamento o Real Decreto Ley o sea sobre el establecimiento de la tasa especial de rodaje y distribución del 65% a favor del Patronato, y del 35 restante para la Diputación, con la obligación de que el importe de esta suma se aplique exclusivamente para arreglo y construcción de caminos provinciales y vecinales. Respecto al articulo 3º, ésta Corporación hace constar que no tiene organización adecuada para asegurar la regularidad del cobro, por lo que recomienda el mismo al Patronato del Circuito Nacional de firmes especiales. ------ Folla: 65,66 13. Vigo, Padrón de Cédulas. Sobre la Mesa. No obstante lo consignado en esta acta con referencia al padrón de cédulas personales formado por el Ayuntamiento de Vigo, para el año de 1926 presentado para su aprobación ; ésta Comisión provincial observando en el mismo algunas clasificaciones inadecuadas, acuerda interesar de la Alcaldía la oportuna aclaración, quedando mientras tanto dicho Padrón sobre la mesa. Y Se levantó la sesión. ------

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