ATOPO
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Acta de sesión 1926/09/17_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.151/1.1926-09-17_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1926/09/17_Ordinaria

  • Data(s) 1926-09-17 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 70 1. Presidencia del Señor La Sota Valdecilla, con asistencia de los Vocales Señores: Fraga Aguiar, Espinosa Orrea y Massó García. Abierta la sesión a las once y treinta de este día, se dio lectura al acta de la anterior que fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que le conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial adoptó los acuerdos siguientes. ------ Folla: 70 2. Hospital de Pontevedra. Abono de estancias en Julio. Examinada la cuenta de estancias causadas en el Hospital de esta ciudad por enfermos pobres de esta provincia durante el mes de julio último, la que a razón de 4 pesetas una, se eleva a 18.392 pesetas y teniendo en cuenta que el coste o cuantía de las mismas depende del acuerdo que en su día haya de adoptarse ante la resolución que recaiga en el pleito entablado con tal motivo; se acuerda declarar de abono al Sr. Alcalde de Pontevedra, la cantidad de trece mil setecientas cuarenta y nueve pesetas a que ascienden las 4.598 estancias devengadas por los citados enfermos a razón de tres pesetas, debiendo librarse dicha suma con cargo a la consignación del capitulo 8º, articulo 3º del presupuesto vigente. ------ Folla: 70,71 3. Manicomio. Ingreso de José Gómez, de A Guarda, Francisco Pérez, Cambados. Vistos los expedientes para ingreso en el Manicomio de Conxo de los dementes José Gómez Carrero, soltero de 25 años de edad y vecino de A Guarda, y Francisco Pérez Rey, de 27 años, soltero y vecino de Cambados, y resultando que según informe del Negociado se han cumplido los trámites que determina el R.D. de 19 de mayo de 1885, hallándose probada la psicosis de los expedientados, así como su pobreza y la de sus familiares; la Comisión acuerda decretar el ingreso de ambos dementes según el Manicomio de Conxo por cuenta de fondos provinciales, y en concepto de observación debiendo remitirse al Director de dicho Establecimiento benéfico las ordenes correspondientes y filiación de los enfermos y comunicándose a las Alcaldías este acuerdo, para que dispongan el traslado de los mismos al Manicomio. ------ Folla: 71 4. Manicomio. Ingreso por orden judicial de Álvaro González en Cangas. Visto el expediente para reclusión en el Manicomio de Conxo, De Alvaro González González, de 37 años de edad, soltero, natural de Cangas que padece demencia permanente y resultando que por el Sr. Juez de instrucción de Pontevedra, se abrió información, con arreglo a las prescripciones del R.D. de 1º de mayo de 1885, dictándose auto en 7 de julio último, decretándose el inmediato ingreso en el Manicomio de Conxo, del demente, cuya enajenación se ha probado, así como su pobreza y la de sus familiares; la Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado de Beneficencia en su informe; se acuerda dar cumplimiento a lo dispuesto por el Sr. Juez de instrucción de ésta capital, disponiendo el ingreso en el Manicomio de Conxo de Álvaro González, natural de Cangas por cuenta de fondos provinciales y comunique este acuerdo al Alcalde de dicha villa, para que ordene el traslado del demente a Conxo, enviándose al Director del Manicomio, la orden de ingreso, y copia del auto judicial referido. ------ Folla: 71 5. Camino de Porranes a Cuntis. Kilómetros 12 y 13, variación del firme. Vista la instancia del contratista de acopios D. Cesareo Durán, del camino provincial de Porranes a Cuntis, en la que manifiesta que no hallando piedra de cuarzo para los kilómetros 12 y 13, cuya consignación es de 230 m3, se compromete a ponerla de granito de la cantera de Castelo con un 20% de exceso sobre los 230 m3 o de cuarcita de la cantera de Mos, abonándosele el exceso de arrastres; la Comisión de conformidad con el informe del Director de Vías y Obras provinciales, acuerda autorizar al solicitante para sustituir el cuarzo por cuarcita procedente de la cantera de Mos, por se de buena calidad, asignándole el mismo precio que tiene el proyecto para el cuarzo, sin variación alguna, pues aunque la distancia de transporte es mayor, no considera al contratista con derecho a reclamación alguna por ese concepto. ------ Folla: 71 6. Adjudicación definitiva. Concurso impresión hojas del padrón de cédulas. Contratista: Benigno Barros. Prestar aprobación definitiva por no haberse interpuesto reclamación alguna en el plazo de los 5 días fijados, al concurso libre celebrado el 10 del corriente con arreglo al edicto inserto en el Boletín Oficial de 21 de agosto último, por el que se adjudicó provisionalmente a D. Benigno Barros Martínez, de Pontevedra como más beneficioso licitador el suministro a éste Cuerpo provincial de 160.000 hojas declaratorias para el padrón de cédulas personales con sujeción al modelo publicado en la Gaceta de Madrid en papel de la clase que acompaña a su proposición a razón de 22 pesetas 20 céntimos millar, que totalizan tres mil quinientas cincuenta y dos pesetas y cuya entrega habrá de hacer precisamente en la forma que señala dicho edicto en el plazo de treinta días, debiendo el concursante para garantir éste servicio constituir en la Depositaría de ésta Diputación como fianza definitiva el 10% de la suma en que le fue adjudicado devolviéndose al formalizar ésta, el deposito provisional presentado para optar al mismo. ------ Folla: 71 7. Camino vecinal nº 412. Requerimiento al Ayuntamiento de Nigrán para terminación del expediente de expropiación. Vista la instancia tramitada por la Alcaldía de Gondomar y que suscriben D. Domingo Figueroa Rivas y otros vecinos de aquel municipio en súplica de que se libra al tránsito un trozo del camino vecinal numero 412 de Vincios a Nigrán y resultando que según informa el Director de Vías y Obras provinciales, por no tener aun resuelto el Ayuntamiento de Nigrán la expropiación de la última zona de dicho camino a pesar de las facilidades que le otorga el Estatuto municipal, es por lo que las obras están en suspenso desde el mes de junio último sin que pueda ser recibido el camino Lasta que se haya cumplido el total compromiso que mancomunadamente han contraído los dos Ayuntamientos de Gondomar y Nigrán, la Comisión acuerda dirigir al Ayuntamiento de Nigrán el requerimiento que aconsejan los intereses generales de la provincia para que en el término de un mes active el expediente de expropiación de la parte que falta de la referida vía ya que de no hacerlo, y por imperativo de la Ley de caminos se verá privado dicho Ayuntamiento de todos los beneficios concedidos para caminos vecinales. ------ Folla: 71 8. Subvención camino de Gundián, Gres y Cira (A Estrada). Sobre la Mesa. Dejar pendiente sobre la Mesa y para más detenido estudio la instancia que suscribe el Sr. Cura de S. Miguel de Castro y otros vecinos de aquella parroquia del Ayuntamiento de A Estrada, en súplica de una subvención para construir el camino de Gundián, Gres y Cira. ------ Folla: 71 9. Construcción del Puente de "Mirón" y carretera (Tui). Sobre la Mesa. Dejar también sobre la Mesa la instancia promovida por la Sociedad denominada "Obreros agrícolas de Ribadelouro" en el Ayuntamiento de Tui, pidiendo la reconstrucción del Puente "Mirón" que atraviesa el río "Louro" y terminación de las obras de la carretera que pasando por dicho puente enlazará con la de Redondela a A Guarda. ------ Folla: 71,72 10. Camino vecinal nº 323 de Redondela a Galleiro. Desestimando petición. Vista la comunicación nº 578 de 28 de julio último trasladando acuerdo del Ayuntamiento de Redondela adoptado en sesión de 27 del mismo mes, solicitando se terminen las obras del camino vecinal nº 323 de Redondela a Galleiro se abra al público y se sufrague el importe de las obras de terminación; y resultando que según informe del Director de Vías y Obras provinciales de dicho camino solo faltan 330 m3 en la travesía de Redondela a Fornelos, hallándose detenidas las obras desde abril d e1926 por que en la travesía indicada se aprovecha un camino que no tiene el ancho reglamentario y es forzoso expropiar unas casuchas cuya expropiación necesariamente tiene que ser de cuenta de la Sociedad "La Unión de Redondela" y del Ayuntamiento que la garantizó en el concurso, ya que así lo determina la Ley de 29 de junio de 1911 y Reglamento de 23 de julio siguiente a cuyos efectos o precepto tiene que atenerse la Diputación , según el articulo 6º del Reglamento de Vías y Obras provinciales, la Comisión acuerda desestimar la petición formulada y manifestar al Ayuntamiento de Redondela, que interin no se terminen las obras de ese camino, hoy paralizadas, no tendrá derecho de municipio a subvención por ningún otro. ------ Folla: 72 11. Conservación de caminos. Abono de los de Agosto. Prestar aprobación a la cuenta justificada que presenta el Director de Vías y Obras, por gastos de conservación de caminos durante el mes de agosto último, cuyo importe líquido que se declara de abono, de pesetas trescientas sesenta y una, ochenta y un céntimos, deberá satisfacerse, con cargo al capitulo 11, articulo 5º del presupuesto de gastos del ejercicio corriente, al referido Jefe. ------ Folla: 72 12. Inspección del camino de Paradela y otros en agosto. Abono de gastos al Director. Vista la cuenta justificada que remite el Director de Vías y Obras por gastos de locomoción originados con motivo de la visita de inspección girada al camino provincial de Paradela a Cuntis y otros, que se expresan durante el mes de agosto último, se acuerda declararla de abono, debiendo satisfacerse su importe integro de pesetas doscientas cincuenta y seis, con cargo al capitulo 11, articulo 1º del presupuesto de gastos vigente a dicho Director. ------ Folla: 72 13. Indemnización de locomoción del mes de Agosto por caminos vecinales al Director. Declarar de abono al Director de Vías y Obras, la cuenta importante sesenta y dos pesetas veinticinco céntimos, por gastos de locomoción originados en la visita de inspección girada al camino vecinal de Lougares a Piñeiro, durante el mes de agosto último, y cuyos justificantes se acompañaron a la misma cuenta, debiendo librarse la referida cantidad en su importe integro con cargo al capitulo 11, articulo 2º del presupuesto de gastos vigente. ------ Folla: 72 14. Inspección indemnización al Ayudante D. Gerardo Vázquez. Declarar de abono al Director de Vías y Obras provinciales, la cuenta importante quince pesetas por indemnizaciones devengadas por el Ayudante D. Gerardo Vázquez Gil en las visitas de inspección giradas durante el mes de agosto último al camino vecinal de Lougares a Piñeiro, debiendo librarse el integro importe de tal cantidad con cargo al capitulo 11, articulo 2º del presupuesto de gastos vigente. ------ Folla: 72 15. Inspección indemnización al Director de Vías y Obras. Declarar de abono al Director de Vías y Obras provinciales la cuenta importante quince pesetas, por indemnizaciones que devengó dicho Jefe en las visitas de inspección a los caminos vecinales en construcción durante el mes de agosto último, debiendo satisfacerse el importe integro de tal cantidad con cargo al capitulo 11, articulo 2º del vigente presupuesto de gastos. ------ Folla: 72 16. Pago de indemnizaciones de agosto al Ayudante Sr. Gil caminos Paradela a Cuntis y otros. Declarar de abono al Director de Vías y obras provinciales la cuenta justificada que remite por indemnizaciones del Ayudante, D. Gerardo Vázquez Gil en las visitas de inspección giradas durante el mes de agosto último al camino provincial de Paradela a Cuntis y otros que se expresan, debiendo satisfacerse su total importante pesetas veintidós con cincuenta céntimos con cargo al capitulo 11, articulo 1º del vigente presupuesto de gastos. ------ Folla: 72 17. Pago de indemnizaciones al Director de Vías y Obras con motivo del pago de fincas en Agolada en Agosto. Declarar de abono al Director de Vías y Obras y Obras provinciales, la cuenta detallada que presenta por indemnizaciones devengadas por él durante el mes de agosto con motivo del pago de fincas del camino provincial de Agolada por Rodeiro a Osera, y cuyo total importe de pesetas diecisiete con cincuenta céntimos habrá de satisfacerse con cargo al capitulo 11, articulo 2º del vigente presupuesto de gastos. ------ Folla: 72 18. Estancias de ancianos en el Asilo de Caldas del mes de agosto. Declarar de abono a la Superiora del Asilo de Hermanitas de los ancianos desamparados de Caldas la cuenta importante trescientas diez pesetas por estancias de ancianos en aquel establecimiento durante el mes de agosto pasado, debiendo librarse dicha suma con cargo al capitulo 8º, articulo 4º del presupuesto de gastos vigente. ------ Folla: 72 19. Abono cuenta gastos de una reproducción fotográfica y postes de mapas para la memoria repoblación forestal. Declarar de abono la cuenta importante veintidós pesetas noventa céntimos por reproducción fotográfica de un escudo de ésta Diputación para el plano de la repoblación forestal, y portes de los mapas desde Madrid a esta capital, con motivo de la tirada de una memoria relativa a dicha repoblación de los montes enclavados en ésta provincia, debiendo librarse el importe total de ésta cuenta a la orden del Sr. Presidente y con cargo al capitulo 13, articulo 1º del vigente presupuesto de gastos. ------ Folla: 72 20. Cuentas de adquisición, recría y entrega de ganado vacuno. Vista la cuenta justificada de los gastos e ingresos causados durante los meses de julio y agosto, en virtud de lo que determina el Reglamento de adquisición, recría y entrega de ganado vacuno de 31 de diciembre de 1925, se acuerda prestarle aprobación, abonándose en cuenta al Sr. Presidente, la cantidad de seiscientas ochenta y cinco pesetas sin descuento, a que ascienden los gastos, y entregando en la Caja de fondos provinciales dos mil treinta y ocho pesetas veinte céntimos que importan los ingresos. ------ Folla: 72 21. Abono subvención a los Institutos Antirrábicos de la provincia. A propuesta del Sr. Interventor de fondos provinciales se acuerda continuar librando a los Institutos antirrábicos de la provincia en la misma cuantía que vinieron disfrutando hasta el presente, la subvención que se le otorgara, debiéndose abonar, durante el semestre actual el importe de la misma con cargo al capitulo 8º, articulo 3º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 73 22. Cuenta del concurso nacional de ganados. Se dio lectura a la cuenta motivada por la misión natural agraria que visitó el concurso nacional de ganados celebrado en Madrid en los días 14 al 23 de mayo último. Importan los gastos 4.495,50 pesetas, elevándose los ingresos obtenidos por las subvenciones de Ayuntamientos y particulares a 4.800, con un sobrante de 304,50 pesetas. Pero como el Ayuntamiento de A Cañiza contribuyó con 200 pesetas, no envió representante alguno; se acuerda aprobar la cuenta, devolver al Ayuntamiento de A Cañiza, las 200 pesetas, importe de la subvención deduciéndolas del sobrante, y que el resto líquido de 104,50 se destine a Se dará traslado de éste acuerdo con copia de la cuenta a cada uno de los Ayuntamientos y particulares que concedieron subvención. Se levantó la sesión. ------

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