ATOPO
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Acta de sesión 1926/12/17_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.151/1.1926-12-17_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1926/12/17_Ordinaria

  • Data(s) 1926-12-17 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 96 1. Presidencia del Sr. La Sota Valdecilla con asistencia de los Vocales Sres. Fraga Aguiar, Lois Vidal, Sarmiento Gil, Massó García. Abierta la sesión a las doce, se dio lectura al acta de la anterior que fue aprobada. Seguidamente, haciendo uso de las atribuciones que la conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial, adoptó los acuerdos siguientes. ------ Folla: 96 2. Suministros al Ejército. Cumpliendo lo prevenido en el artº 3º de la Instrucción de 9 de agosto de 1879, se acuerda de conformidad con el Sr. Comisario de Guerra, fijar los precios de los suministros que los pueblos de la provincia hayan facilitado y faciliten a las fuerzas del Ejército y la Guardia Civil en este mes de diciembre, en esta forma: Pan, 0,630 kg, 0,41 ptas; Cebada para caballos del Ejército, 4.500 kg, 2,50 ptas; Cebada para mulos y caballos de la Guardia Civil, 4 kgm 2,20 ptas; Centeno, 4 kg, 2,05 ptas; Maiz, 4 kg, 1,60 ptas; Paja o Heno, 6 kg, 0,92 ptas; Herba seca, 1 kg, 0,26 ptas; Aceite, 1 litro, 2,35 ptas; Carbón, 1 kg, 0,40 ptas; Leña, 1 kg, 0,08 ptas; Petróleo, 1 litro, 0,95 ptas. ------ Folla: 96 3. Oficio Diputación de Vizcaya sobre reciprocidad. Quedar enterada de la comisión de 2 del actual que remite la Comisión provincial de Vizcaya, trasladando su acuerdo de 30 de noviembre pasado, manifestando que aquel organismo no se adhiere a la propuesta de las demás Diputaciones de reciprocidad en el abono de gastos causados por indigentes. ------ Folla: 96 4. R.D. sobre aprobación del plan de repoblación forestal. Dado cuenta del R.D. del Ministerio de Fomento de 12 del actual, por el que se aprueba su carácter general el plan de repoblación de 30.000 hectáreas presentado por la Diputación, limitando la ejecución inmediata al proyecto que comprende la 1ª zona de 1.200 hectáreas que afecta a los Ayuntamientos de Pontevedra, Marín, Moaña y Vilaboa, y cuyo presupuesto asciende a 235.877,50 pesetas el 1º año, aceptando el ofrecimiento de esta Diputación de contribuir con el 50% y aportando el Estado en la 1ª anualidad el otro 50% o sean 117.938,78 pesetas; la Comisión acuerda quedar enterada con gran satisfacción de la Real disposición y que por el Ingeniero autor del proyecto, D. Rafael Areses de informe sobre la manera de llevar a cabo sin perder la presente campaña forestal los trabajos de repoblación de la citada 1ª zona. ------ Folla: 96 5. Ingreso en el Manicomio de Valladolid, Luis Román Mayoral. Quedar enterada de oficio de la Comisión de Valladolid, participando que se acordó el ingreso del demente Luis Román Mayoral García en el Manicomio de aquella capital, y que persona del mismo pase a recogerlo a la Villa y Corte. ------ Folla: 96 6. Abono cuenta al maestro D. Manuel Hermida. Declarar de abono al maestro de obras, D. Manuel Hermida la cuenta importante mil trescientas setenta y una pesetas 90 céntimos por pintura y blanqueo en las habitaciones del Sr. Gobernador Civil, debiendo abonarse esta factura con cargo al artº 10 capitulo 11 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 96 7. Abono cuenta al maestro D. Manuel Hermida. Declarar de abono al mismo maestro de obras, D. Manuel Hermida la cuenta importante mil doscientas noventa y cinco pesetas 50 céntimos por pintura de puertas y ventanas en las oficinas de Secretaría del Gobierno Civil, debiendo librarse esta cantidad con cargo al artº 10 capitulo 11 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 96 8. Abono cuenta al maestro D. Manuel Hermida. Declarar de abono al mismo maestro de Obras, D. Manuel Hermida, la cuenta importante doscientas veintinueve pesetas 80 céntimos por arreglo de las tuberías de los retretes, y reparación y blanqueo en los pasillos de Contaduría, debiendo satisfacerse esta factura con cargo al capitulo 11, articulo 10 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 97 9. Asilo de Caldas. Ingreso de Vicente Vázquez. Decretar el ingreso en el Asilo de Ancianos de Caldas de Reis de Vicente Vázquez Núñez, vecino de ésta capital que carece de familia y bienes de fortuna para atender a su sostenimiento y comuníquese éste acuerdo a la Superiora de aquel establecimiento parra que se comiencen a devengar las estancias desde la fecha de su entrada por cuenta de fondos provinciales. ------ Folla: 97 10. Abono cuenta obras a José Dapena. Declarar de abono al constructor de obras, D. José Dapena, la cuenta importante ciento sesenta y cinco pesetas 20 céntimos por caballetes para la dependencia de cédulas, cerraduras y colocación de las mismas, pintura y repicado del depósito de agua, arreglos en el tejado de esta Diputación y en la fila y pozo del jardín de éste palacio; debiendo librarse dicha suma con cargo al capitulo 11, articulo 10 del presupuesto de gastos vigente. ------ Folla: 97 11. A Informe de Intervención instancia sobre subvención a escuelas del Ayuntamiento de . Pasar a informe del Sr. Interventor de fondos el oficio nº 2143 de 10 del actual, trasladando acuerdo del Ayuntamiento de en súplica de que no se retire una subvención que se otorgara, para locales escuelas hasta que en el ejercicio de 1928 se consigne la cantidad a que le obligara tal acuerdo de subvención. ------ Folla: 97 12. A informe del Director de Vías y Obras otra del Ayuntamiento de Lavadores. Pasar a informe del Sr. Director de Vías y Obras provinciales al oficio nº 1120 de 11 del actual del Alcalde de Lavadores, trasladando acuerdo de la Comisión municipal permanente de 8 del corriente, sobre estudio de obras complementaria en el camino vecinal nº 120 e inspecciones y estudios en aquel término. ------ Folla: 97 13. Abono a S. Fernández, cuenta de dos libros. Declarar de abono al tipógrafo D. S. Fernández de esta capital, la cuenta importante cincuenta y siete pesetas, por un libro registro general para las oficinas de Secretaría, y otro de actas para la Comisión provincial, debiendo librarse la citada cantidad con cargo al capitulo 18, articulo único de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 97 14. Abono al contratista Boletín cuenta de extraordinarios. Satisfacer al contratista del B.O. D. Salustiano Fernández, la cuenta importante seiscientas treinta pesetas, por confección y tirada de 14 números extraordinarios de aquella publicación editados en el emes de noviembre hasta 6 del actual debiendo satisfacerse ésta factura con cargo al capitulo 18, articulo único de la parte de gastos del presupuesto vigente. ------ Folla: 97 15. Pago reintegro libro actas para 1927. Disponer el pago a la orden del Sr. Secretario de ésta Corporación de doscientas cuarenta y seis pesetas, libres de todo descuento para reintegro del libro de actas de la Comisión provincial para 1927, debiendo satisfacerse en gasto con cargo al capitulo 18, articulo único de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 97 16. Pago cuenta recría ganado vacuno de Noviembre. Prestar aprobación a la cuenta detallada de gastos causados durante el mes de noviembre por aplicación del Reglamento para adquisición, recría y entrega de sementales de ganado vacuno que presenta el Sr. Presidente declarándola de abono en su cuantía total de seiscientas cincuenta y seis pesetas noventa y cuatro céntimos, debiendo librarse dicha suma con cargo al artº 5º capitulo 14 del presupuesto vigente. ------ Folla: 97 17. Enterándose cuenta inversión de 5.000 ptas para reparación de la Casa-Hospicio. Quedar enterada de la cuenta que rinde la Superiora de las Hijas de la Caridad de la Casa-Hospicio, Sr. Rafaela Echarte, de inversión de las 5.000 pesetas que se otorgaron por acuerdo de 25 de junio pasado para adquisición de ropas que necesitaba aquella casa benéfica, pasando los antecedentes a Depositaría para su unión al libramiento que oportunamente se expidió. ------ Folla: 97 18. Bases regulando al ingreso en la Diputación de empleados gratuitos. La posibilidad más que la frecuencia con que se solicita la aceptación de servicios gratuitos en las dependencias de la Diputación provincial, aconseja la conveniencia de fijar normas que regulen la aprobación de tales instancias, obligando a los aspirantes a que realicen de un modo normal los cometidos que se les encomienden y desvaneciendo a la vez, en las más infundadas esperanzas y en los otros posibles sospechas de una remuneración o de un futuro ingreso definitivo en las oficinas provinciales por tan indirecto procedimiento que, afortunadamente el Estatuto provincial prohibe. En su consecuencia, la Comisión provincial, acuerda las siguientes bases para la aceptación de servicios que pudieran ofrecerse: A) El aspirante hará constar en la solicitud la dependencia en que pretende prestar sus servicios, alegando datos y presentando justificantes, si los tuviera, de los conocimientos que posee y de la especialización práctica a que aspira, precisando además concretamente la finalidad que persigue y la duración misma y no interrumpida de tales servicios. B) La Comisión provincial previo informe del Jefe de la Dependencia en que pretende servir el aspirante, decidirá si son o no necesarios y convenientes los servicios ofrecidos, y en caso afirmativo, acordará que el solicitante empiece a prestarlos diariamente y en las horas que se señalen quedando sometido a la autoridad y decisiones de dicha Comisión hasta el instante de su cese, el que se decretará tan pronto como el interesado deje de prestar su cometido normal durante cuatro días consecutivos sin una justificación fundada. C) Tales servicios cualquiera que sea su duración, serán absolutamente gratuitos y su continuación al comienzo de cada ejercicio, será únicamente acordada por la Comisión, previa solicitud del interesado, sin que en ningún caso, pueda reconocerse a éste, otro derecho que el que se le expida certificación de los mencionados servicios. D) Todo aspirante que preste servicios durante un año, cesará inevitablemente, si en el siguiente hay otro u otros que soliciten los mismos servicios, y a tales aspirantes, previo riguroso turno de peticiones, se les dará ingreso, sucesivamente de acuerdo con las presentes bases. ------ Folla: 97 19. Becas de estudio del Magisterio a 6 asilados del Hospicio. Aprobación de cuenta y aumento de las mismas. Se acuerda prestar aprobación a la cuenta que presenta la Superiora de la Casa Hospicio por gastos ocasionados con motivo de las becas para estudios de la carrera del Magisterio que se concedieron para seis asilados por acuerdo de esta Comisión de 28 de marzo de 1925, importante mil ochenta pesetas quince céntimos, y disponer se desglosen los gastos correspondientes a cada becario por matriculas, libros y útiles de enseñanza, ropa, calzado y paraguas a fin de que, por el Sr. Presidente de éste Organismo se ordene el ingreso del remanente de cada pensionado en una cartilla de la Caja Postal de Ahorros, a nombre de cada uno, y reconocida la insuficiencia de la consignación de 200 pesetas con que estaba dotada cada beca desde su creación, se acuerda igualmente ampliarla hasta la cantidad de 366,66 pesetas con que deberán figuran en los próximos presupuestos, o sea un total de 2.200 pesetas parra las seis becas, que así resultarán con 1.000 pesetas más para lo cual se suprimirá por innecesario, el donativo que al Hospicio por ésta última cuantía venía figurando en el presupuesto anterior y en el semental vigente, con destino al auxiliar de la Secretaría de dicho Hospicio, D. Enrique Tilve, que es uno de los pensionados y en cuya libreta se ingresarán las 1.500 pesetas por el mismo devengadas y que las referidas 1.080,15 pesetas se libren con cargo al capitulo 10, artº 12 de la parte de gastos del presupuesto vigente. ------ Folla: 98 20. Proponiendo se enseña mecanografía a 6 asilados del Hospicio. La imperiosa necesidad de orientar y adiestrar a los Hospicianos en una dirección de la vida, aconseja la conveniencia de dirigir sus aptitudes, no sólo hacia el estudio sino además hacia trabajos manuales y mecánicos entre los que podría constituir un modesto y provechoso ensayo el aprendizaje de la mecanografía. Por ésta consideración la Comisión provincial acuerda que, a partir del próximo ejercicio se de dicha enseñanza a un grupo de hospicianos de uno y otro sexo, que no pasarán de seis elegidos entre aquellos que mejores disposiciones muestren para éste aprendizaje para lo cual se comunicará éste acuerdo a la Comisión de presupuestos a los efectos de la consignación correspondiente. ------ Folla: 98 21. Enterándose de circular de la Dirección de Obras Públicas sobre personal para caminos vecinales. Se dio cuenta de oficio de la dirección General de Obras Públicas, sección de caminos vecinales, de 6 del actual que dice literalmente: "Dada la extensión de los planes provinciales de caminos vecinales, supone ésta Dirección general fundadamente, que la longitud total de vías provinciales a cargo de cada Diputación, excede de 400 kilómetros, contados en la forma expresada en el artº 51 del Reglamento de Obras y Vías de 15 de julio de 1925; y en su virtud se recuerda a esta Corporación, de no haberlo hecho el cumplimiento del mencionado articulo, por lo que se refiere al nombramiento del personal facultativo propio. En los concurso que se celebren para la provisión de plazas de ese personal, no deberán ser establecidas condiciones de exclusión, toda vez que los artºs 45 y 46 del Reglamento de Obras y Vías provinciales obliga sólo como condición necesaria y suficiente parra en ellos tomar parte en que el personal concursante pertenezca a los Cuerpos de Obras púbicas; sin que esto excluya la fijación de condiciones de mérito, a tenor en cuenta, en el otorgamiento de las vacantes". ------ Folla: 98 22. Concurso entre los Ayuntamientos para plantación de frutales en caminos vecinales. La Comisión acuerda quedar enterada de la precedente circular que se tendrá en cuenta cuando el número de kilómetros alcance la indicada cifra. Se acuerda abrir un concurso entre los Ayuntamientos que deseen llevar a cabo plantaciones de arboles frutales en las vías provinciales que atraviesen sus respectivos términos, durante un plazo de quince días a partir del de la fecha de publicación en el Boletín Oficial. Los Ayuntamientos expresarán por oficio a la Presidencia de éste organismo su deseo de realizar plantaciones, indicando el número y clase de frutales que prefieren, a esta petición deberá acompañar certificación del acuerdo adoptado por la Comisión permanente por el que el Ayuntamiento se comprometa. 1º. A la apertura de los hoyos, con arreglo a las instrucciones que se le darán y al abono de los jornales de los trabajadores que se empleen en la plantación, a excepción de los correspondientes a los capataces y peones de la Diputación que la dirijan. 2º. Al abono de los gastos de transporte de ésta capital al punto de destino del arbolado. 3º. A la reposición de los pies que siguen o se destruyan que serán adquiridos y plantados por cuenta del Ayuntamiento. ------ Folla: 98 23. Fallecimiento del oficial 2º D. Ernesto Sacarrera y ascendiendo esta vacante a D. José Álvarez Limeses. La Comisión se da por enterada del fallecimiento del oficial segundo, D. Ernesto Sacarrera Plandión, ocurrido el día 10 del actual, consignando en acta el sentimiento que se produce la baja de tan probo funcionario, y en cumplimiento de lo que dispone el Reglamento aprobado por la Excma. Diputación en 30 de junio de 1925, se acuerda sea ascendido a la vacante que produjo tal fallecimiento, el oficial de la clase de terceros de mayor antigüedad en el escalafón y resultando que ocupa el número primero en el mismo, D. José Álvarez Limeses, se le nombra a partir de ésta fecha, Oficial segundo, con el haber anual de cuatro mil quinientas pesetas, quedando adscripto al Negociado de Fomento de ésta Secretaría en el que viene prestando servicios. Se levantó la sesión. ------

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