Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1927-02-26_Ordinaria. Acta de sesión 1927/02/26_Ordinaria
Acta de sesión 1927/02/26_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.152/1.1927-02-26_Ordinaria
Título Acta de sesión 1927/02/26_Ordinaria
Data(s) 1927-02-26 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 14 1. Presidencia del Sr. Fraga Aguiar con asistencia de los vocales señores Lois Vidal, Massó García y Pimental Avelaira en sustitución del Sr. Trapote Legeren. Abierta la sesión a las ___________________, se dio lectura al acta de la anterior que fue aprobada. ------ Folla: 14 2. Seguidamente, haciendo uno de las atribuciones que le conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial se adoptaron los siguientes acuerdos: Declarar de abono al industrial de esta plaza, don Sebastián Santos Riveiro, la factura importante ciento diez y ocho pesetas con cincuenta céntimos, importe de varios trabajos incluso material, ejecutados bajo la inspección del Arquitecto provincial en este palacio desde el doce de noviembre al veintidós del actual debiendo librarse dicha suma con tra la consignación del artículo ___, artículo ___ del presupuesto en vigor. ------ Folla: 14 3. Visto el oficio de la Alcaldía de Bueu, participando que el demente mandado recluir, Francisco Casqueiro Juncal, se halla en estado normal, no siendo por lo tanto preciso mientras esto dure, su ingreso en el manicomio, se acuerda quedar enterada y correr el turno en los expediente que para ingreso figuran en el negociado respectivo. ------ Folla: 14 4. Dado cuenta de instancia de don Lorenzo Cabrinety García, vecino de Arcade, municipio de Soutomaior, solicitando que por ser padre de nueve hijos vivos, y empleado con sueldo fijo menor de seis mil pesetas, en la Compañía de los Ferrocarriles de Medina del Campo a Zamora y de Ourense a Vigo, se le concedan los beneficios que señala el Real Decreto de veintiséis, a los efectos de la aplicación de la cédula personal, la Comisión, de conformidad con lo informado por el negociado de Hacienda de esta Diputación, acuerda acceder a lo interesado por el Sr. D. Lorenzo Cabrinety García, concediéndole en su consecuencia los beneficios del apartado B) del artículo 1º del citado Real Decreto para la expedición de su cédula, comunicándolo a la alcaldía para su conocimiento y el del solicitante, y a la Intervención de fondos provinciales, para que lo tenga en su día en cuenta. Se levantó la sesión. ------
Ãrea de notas
Nota