ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.393
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.762

Acta de sesión 1927/03/11_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.152/1.1927-03-11_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1927/03/11_Ordinaria

  • Data(s) 1927-03-11 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 33 1. Presidencia del Sr. D. Daniel de la Sota Valcedilla con asistencia de los vocales señores Fraga Aguiar, Lois Vidal, Massó García.Sarmiento Gil, Abierta la sesión a las doce horas de este día se dio lectura al acta de la anterior que fue aprobada. ------ Folla: 33 2. Seguidamente, haciendo uso de las atribuciones que le conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial, adoptó los acuerdos siguientes: Cumpliendo lo prevenido en el artículo 3º de la Instrucción de 9 de agosto de 1879, se acuerda de conformidad con el Sr. Comisario de Guerra, don Eladio Martínez Seens, fijar los precios de los suministros que los pueblos de la provincia hayan facilitado y faciliten a las fuerzas del Ejército y de la Guardia Civil en el corriente mes de marzo. Ración de pan ..................................................................... 0,630 kilogramos ................. 0,43 pesetas. Cebada para caballos del Ejército ......................................... 4,500 kilogramos ................. 2,61 pesetas Cebada para mulos y caballos de la Guardia Civil .................. 4,000 kilogramos ................. 2,32 pesetas. Centeno ............................................................................. 4,000 kilogramos ................. 2,07 pesetas Maíz ................................................................................... 4,000 kilogramos ................ 1,66 pesetas. Paja o heno ........................................................................ 6,000 kilogramos ................. 0,92 pesetas. Hierba seca ........................................................................ 1,000 kilogramo .................. 0,27 pesetas. Aceite .................................................................................1,000 litro ........................... 2,47 pesetas. Carbón .............................................................................. 1,000 kilogramo ...................0,39 pesetas. Leña .................................................................................. 1,000 kilogramo .................. 0,09 pesetas Petróleo ............................................................................. 1,000 litro .......................... 0,85 pesetas. ------ Folla: 33 3. Declarar de abono a la empresa "eléctrica de Pontevedra - Marín, S.A." las cuentas del alumbrado eléctrico suministrado a este Palacio Provincial durante los meses de enero y febrero últimos, importantes cada uno 98,34 pesetas, debiendo librarse aquellas sumas en cuantía total de ciento noventa y seis pesetas, sesenta y ocho céntimos contra la consignación del capítulo 1º, artículo 11 del presupuesto vigente. ------ Folla: 33 4. Visto el expediente iniciado con motivo de la variante pedida por la sociedad de agricultores de Carballedo del camino vecinal número 302 de la carretera de Ponte Bora al límite de Trabazo, autorizada por esta Comisión en sesión de 19 de noviembre último, y publicada en el Boletín Oficial de 13 de diciembre siguiente, y apareciendo que contra dicha variante se formuló una sola reclamación suscrita por los vecinos de Paraños, Antonio García y Antonio Vidal Lombo, en la que ofrecen depositar cuatro mil pesetas en las arcas provinciales para responder de parte de la expropiación por el trazado del proyecto primitivo, esta Comisión, teniendo en cuenta que no siendo eso de lo que trata, sino de dejar todos los terrenos libres, al objeto de continuar las obras para las que solo ofrecen la aludida cantidad que no alcanza para la expropiación, acuerda desestimar esta reclamación, y confirmar la autorización para la expresada variante, remitiendo estos antecedentes a la Jefatura de Obras Públicas para que se digne manifestar si procede aprobar el acuerdo adoptado por esta Corporación. ------ Folla: 33,34 5. Declarar de abono a la empresa "La Hulla Blanca", la cuenta importante treinta pesetas, quince céntimos por suministro de energía para el motor del pozo de los jardines de este Palacio provincial, durante el mes de enero último, debiendo librarse dicha suma con cargo al artículo 11, capítulo 1º, del presupuesto vigente. ------ Folla: 34 6. Adjudicada provisionalmente el día 3 del actual por la mesa designada al efecto, según consta del acta levantada, la subasta de las obras de acopios y su empleo en recargos de la carretera provincial de 1er orden de Ponteareas a As Neves, sección única de 18 kilómetros, al único postor, don Francisco Senra Cortizo, mayor de edad, vecino de la parroquia de Millerada, en el ayuntamiento de Forcarei, que se comprometió a ejecutar aquellas obras con estricta sujeción al pliego de condiciones que sirvió de bae a la subasta anunciada en el Boletín Oficial de la provincia de 14 de febrero último, por el tipo de 48.950 pesetas, se acuerda elevar a definitiva la expresada subasta, por haber transcurrido de plazo de cinco días que establece el R.D. de 2 de julio de 1924, sin haberse formulado reclamación alguna contra la validez del contrato, ni contra la capacidad jurídica del rematante, debiendo extenderse ante el Secretario de esta corporación autorizante el correspondiente documento de conformidad con lo que determina el apartado 4º del artículo 5º del Reglamento de contratación aprobado por el R.D. anteriormente citado, constituyendo el adjudicatario en el plazo de diez días a contar de la fecha en que se le comunique este acuerdo, la fianza definitiva de 4.895 pesetas, equivalente al 10% de la cantidad por que ha sido adjudicado aquel servicio. ------ Folla: 34 7. Declarar de abono a las señoras superiores de los asilos de Hermanitas de los Pobres de Pontevedra, Tui, Caldas y Vigo, las cuentas importantes 1.269, 315, 245 y 155 pesetas respectivamente, por estancias de ancianos en aquellos establecimientos durante el mes de febrero último, debiendo librarse aquellas cantidades en cuantía total de mil novecientas treinta y cuatro pesetas, con cargo al artículo 4º, capítulo 8º del presupuesto vigente. ------ Folla: 34 8. Decretar el ingreso en el manicomio de Conxo, por cuenta de fondos provinciales, de los dementes en turno Manuel Bouzas Acuña, de 28 años de edad, de la parroquia de Salcedo (Pontevedra), de Antonio Braña Juncal, de 37 años, del ayuntamiento de Vigo, y de Rudesinda Muíños Diéguez, del término municipal de A Lama, de cuyos expedientes resulta probada la naturaleza, enfermedad, necesidad de la reclusión y pobreza de los enfermos y familiares, debiendo por el Negociado de Beneficencia, remitirse al señor Director de aquel sanatorio, la filiación de los referidos enfermos, que ingresan en concepto de observación, a los efectos de lo que determina el R.D. de 19 de mayo de 1885, comunicando este acuerdo a las Alcaldías respectivas para la conducción al mismo de los enfermos de referencia. ------ Folla: 34 9. Visto el expediente instruido en el ayuntamiento de Forcarei, a virtud de instancia de Manuel Troitiño Barros, en solicitud de que por esta Diputación se satisfagan las estancias que devengue en el manicomio de Conxo su esposa Regina Gil Villar, recluida en el mismo por cuenta de su marido, cuya situación económica disminuyó considerablemente, sin que le sea posible continuar sufragando las estancias, por no contar hoy con más medios de vida que el jornal de su trabajo de cantero que no alcanza a cubrir sus atenciones y la de sus tres hijos menores, se acuerda interesar del Sr. alcalde el envío de una certificación en la que haga constar que bienes poseían tanto el recurrente Manuel Troitiño, como su esposa Regina Gil, cuanto esta ingresó en el manicomio, así como la fecha en que dispuso de ellos, especificando los medios de subsistencia con que cuenta hoy, además de su jornal. ------ Folla: 34 10. Decretar el ingreso en el asilo de Hermanitas de los Pobres de Pontevedra, de la anciana Vicenta Nieto, de 60 años de edad, vecina de esta capital, que fue hospitalizada en el de esta ciudad, y dada de alta el 1º de febrero último, siendo pobre de solemnidad, y carecer de familiares que le presten alimentos y cuidados, y no padecer enfermedad mental ni contagiosa. ------ Folla: 34 11. Declarar de abono al Sr. director del manicomio de Conxo, las cuentas importantes 13.204,65 y 13.938 pesetas por estancias causadas por dementes pobres de hijos de esta provincia en aquel establecimiento durante los meses de enero y febrero últimos respectivamente, debiendo librarse dichas sumas en cuantía total de veintisiete mil ciento cuarenta y dos pesetas, sesenta y cinco céntimos, con cargo a la consignación del capítulo 8º, artículo 5º del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 34 12. Visto el oficio del Sr. inspector provincial de Sanidad, interesando el nombramiento del personal administrativo y subalterno a que alude la R.O. de 4 de enero último, así como se le asigne la gratificación, se acuerda significar al citado señor inspector que habiendo elevado escrito esta Diputación al Ministerio de la Gobernación relacionado con el servicio de que se trata, no ha lugar a resolver, mientras tanto no se dicte la resolución oportuna. ------ Folla: 35 13. Dado cuenta de oficio del señor alcalde de Ponte Caldelas, solicitando prórroga del plazo voluntario para la cobranza de cédulas personales, la Comisión acuerda autorizar al expresado ayuntamiento para que pueda conceder quince días de prórroga al período voluntario para la cobranza de cédulas del ejercicio de 1926, y que la Corporación comunique la concesión y día en que termina el plazo prorrogado, debiendo ser contestadas por esta Presidencia las solicitudes que se reciban durante el presente mes de marzo, y ratificadas por esta Comisión en el plazo máximo de quince días. ------ Folla: 35 14. Declarar de abono al Sr. Presidente de la Diputación de Valladolid, doscientas veintiocho pesetas, sesenta céntimos a que asciende la nota de gastos enviada con motivo del traslado desde la cárcel de Madrid al manicomio de aquella Diputación del demente de esta provincia Luis Román Mayoral García, y estancias durante el mes de enero último, debiendo librarse dicha suma con cargo al artículo único, capítulo 18 del presupuesto vigente. ------ Folla: 35 15. Consignar en acta el agrado con que esta Comisión se enteró del nombramiento de don Armando Cotarelo Valledor y don Ramón Cabanillas, para formar parte de la Real Academia de la Lengua, designados por tan docta corporación para representar ante la misma a esta región gallega, y enviar a tan eximios literatos, la felicitación cordial de esta Corporación por distinción tan merecida, como justo previo a sus grandes méritos y a la brillante labor realizada para la rehabilitación del idioma de esta tierra, a cuyo progreso y desarrollo cultural consagran las iniciativas de su preclara inteligencia. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición