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Acta de sesión 1928/11/02_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.154/1.1928-11-02_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1928/11/02_Ordinaria

  • Data(s) 1928-11-02 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 85 1. Presidencia del Sr. Lois Vidal, con asistencia de los Vocales Señores Sarmiento Gil, Pimentel Avelaira y Laforet Cividanes. Abierta la sesión a las doce de este día, se dio lectura al acta de la sesión anterior de dos del actual que fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que las conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial adoptó los acuerdos siguientes. ------ Folla: 85 2. Señalamiento de sesiones. Señalar los días de sesiones que han de tener lugar en el actual mes, las que además de la correspondiente a hoy se celebrarán el 9 - 16 - 23 y 30. ------ Folla: 85 3. Distribución de fondos. Aprobar la distribución de fondos por capítulos en cuantía de 600.000 pesetas para satisfacer las obligaciones del mes corriente. ------ Folla: 85 4. Asilos de Pontevedra y Tui. Ingreso de Clara Filgueira y Josefa Álvarez. Decretar el ingreso en los asilos de ancianos desamparados de Pontevedra y Tui de Clara Filgueira Almon de 73 años viuda, natural de Mourente con residencia en esta ciudad; y Josefa Álvarez Pintelos, soltera de 72 años, vecina de Valuxe, Ayuntamiento de A Cañiza, pobres de solemnidad que carecen de familiares para atenderlas, y que resultan no padecer enfermedad mental ni contagiosa. ------ Folla: 85 5. Abono cuenta automóviles a D. Manuel Ramos. Declarar de abono al industrial D. Manuel Ramos, las facturas importantes una de 372,40 pesetas correspondiente a los días 1º y 7º de octubre último y otra de 555,60 de los meses de agosto y septiembre también últimos por varios servicios de automóviles utilizados por este organismo, debiendo satisfacerse dichas sumas en cuantía total de novecientas veintinueve pesetas con cargo a la consignación que existe en el presupuesto corriente y su parte de gastos capitulo 1º, articulo 11. ------ Folla: 85 6. Abono cuenta a "Hijo Fernando Olmedo". Declarar de abono a la entidad mercantil de esta plaza "Hijo de Fernando Olmedo" la cuenta importante cincuenta y tres pesetas por efectos adquiridos en aquella casa con destino a esta Diputación, debiendo librarse dicha suma con cargo al capitulo 18, articulo único del presupuesto vigente. ------ Folla: 85 7. Abono cuenta al Droguero Don Ramiro Lino. Declarar de abono a D. Ramiro Lino, Droguero de esta plaza la factura importante sesenta y seis pesetas quince céntimos por útiles de limpieza para esta Diputación que en la misma se detallan, debiendo librarse dicha suma contra la consignación del capitulo 4º, articulo 2º de la parte de gastos del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 85 8. Abono cuenta de automóviles a D. A.M. Miranda. Declarar de abono al industrial de esta ciudad D. A.M. Miranda ciento veinticinco pesetas por alquiler de un automóvil para servicio de esta Diputación utilizado los días 2 y 4 de septiembre últimos, debiendo librarse esta suma con cargo al capitulo 1º articulo 11 del presupuesto provincial corriente. ------ Folla: 85 9. Colegio de sordomudos de Deusto. Dejar sin efecto ingreso de la niña Palmira Costas Gómez portuguesa y designando en su sustitución a María García Cascallar de Caldas. Habiéndose observado por resultado del examen de su documentación que la niña sordomuda Palmira Costas Gómez que nació en Portugal es hija de padres del mismo origen, sin que hayan adquirido la nacionalidad Española, continuando por lo tanto en su condición de extranjeros y habida consideración que hay pendiente de ingresos varios niños naturales de esta provincia en el Colegio de sordomudos y de ciegos de Deusto con preferente derecho a cubrir plaza, se acuerda de conformidad con lo nuevamente informado por el Negociado dejar sin efecto el ingreso de esta niña decretado en sesión de 5 de octubre último, y en su sustitución ingresar en aquel establecimiento en la vacante que deja a la también sordomuda, pobre María García Cascallar, natural de la parroquia de Sayar, Ayuntamiento y partido de Caldas de Reis de 10 años de edad cumplidos en 18 de abril de éste año, utilizándose al objeto de hacer su viaje y depósito prevenido, la cantidad librada para los de la niña sustituida, comunicando esta resolución al Director de aquel Colegio con inclusión del expediente referente a la que ahora ingresa por ser la que aparece tener más condiciones de las que figuran en turno. ------ Folla: 85 10. Inclusa. Entrega de la niña nº 5758 Remigia Troncoso Piñeiro. Dado cuenta de escrito de Matilde Dopazo Rodiño, viuda, vecina de Dena, Ayuntamiento de Meaño, solicitando se le entregue la niña Remigia Troncoso Piñeiro, que ingresó en la Inclusa provincial el 4 de junio de 1926 con el número 5.758 se acuerda de conformidad con lo propuesto por el Secretario por la peticionaria en concepto de abuela a reserva de tener que entregar dicha niña si se presentarse algún tercero de mejor derecho a reclamarla y comuníquese así al citado funcionario. ------ Folla: 85 11. Abono cuenta a D. Plácido García. Declarar de abono al comerciante D. Plácido García González, la factura importante diecisiete pesetas cincuenta céntimos por útiles para limpieza de este palacio provincial, librándose esta suma con cargo a la consignación del capitulo 4º, articulo 2º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 86 12. Repoblación forestal. Aprobación de pagos de las 1ª y 2ª quincena de Septiembre. Prestar aprobación a las siguientes cuentas informadas con fecha 26 de octubre próximo pasado por el Negociado de Fomento importantes en junto veintiuna mil doscientas setenta y seis pesetas setenta y un céntimos correspondientes a la primera y segunda quincena del mes de septiembre de este corriente año de los trabajos de jornales y materiales de la Repoblación forestal en las zonas que se detallan en las 2 repetidas quincenas y que se realizan en consonancia con lo preceptuado de el Real Decreto de 12 de diciembre d e1926 y Real Orden del Ministerio de Fomento de 10 de diciembre digo Octubre del año último. De la primera quincena de Septiembre Pesetas Cts. 1 Zona 1ª. Jornales de vigilancia ............................................................................... 495 " 2 Zona 1º. Honorarios de un Delineante...................................................................... 220 " 3 Vivero. Jornales y varios ....................................................................................... 2.053 60 4 Vivero. Honorarios de un Delineante........................................................................ 240 " 5 Zona 2ª. Jornales de vigilancia............................................................................... 870 " 6 Zona 2ª. Colocación de alambre en el Perímetro 4º, sección 1ª ................................. 132 05 7 Zona 6ª. Corta y colocación de jambas de piedra en el perímetro 1º, sección 1ª .......... 726 " 8 Zona 6ª. Colocación de alambre en el perímetro 1º, sección 1ª................................... 160 " 9 Zona 6ª. Colocación de alambre en el perímetro 5º, sección 1ª................................... 410 40 10 Zona 6ª. Colocación de alambre en el perímetro 3º, sección 2ª ................................... 294 12 11 Zona 6ª. Colocación de alambre en el perímetro 4º, sección 2ª ..................................... 672 " 12 Zona 6ª. Colocación de alambre en el perímetro 6º, sección 2ª ...................................... 228 40 13 Zona 9ª. Jornales de vigilancia .................................................................................... 362 " 14 Zona 9ª. Corta y colocación de posites en el perímetro 4º, sección 2ª ............................. 200 " 15 Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Adquisición de piñón........................................................................... 122 10 16 Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Adquisición de piñón ......................................................................... 2.310 " 17 Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Honorarios de un Delineante ............................................................... 100 " 18 Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Locomoción y acarreo de alambre .................................................... 770 " Total 10.365 67 De la segunda quincena de Septiembre 19 Zona 1ª. Jornales de vigilancia ...................................................................................... 495 " 20 Vivero, Jornales y varios .............................................................................................. 1.944 69 21 Zona 2ª. Jornales de vigilancia......................................................................................... 720 " 22 Zona 6ª. Jornales de siembra ......................................................................................... 1.787 95 23 Zona 9ª. Jornales de vigilancia ......................................................................................... 180 " 24 Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Varios.................................................................................................. 483 50 25 Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Adquisición de piñón ........................................................................... 5.299 80 Total 10.910 94 Importan las dos quincenas la cantidad de veintiuna mil doscientas setenta y seis pesetas sesenta y un céntimos (21.276,61). ------ Folla: 86 13. Granja provincial de Salcedo. Aprobación de cuentas de quincenas. Prestar igual aprobación a las relaciones quincenales de las cuentas justificadas de jornales y materiales de la Granja provincial de Salcedo que a este efecto presenta el Negociado de Fomento con fecha 30 de octubre último importante en junto veinte mil doscientas cuarenta y cuatro pesetas sesenta y dos céntimos cuyo resultado de la misma se especifica a continuación pasándolas a informe de la Intervención. Pesetas Cts. Segunda quincena de Marzo, jornales 421 35 Segunda quincena de abril, jornales 112 60 Primera quincena de mayo, jornales y varios 466 40 Segunda quincena de mayo, jornales y varios 1.103 55 Segunda quincena de mayo, adquisición de un cerdo 690 " Primera quincena de junio, jornales y varios 825 55 Varias quincenas (febrero, marzo, abril y mayo) 428 " Varias quincenas (marzo, abril, mayo y junio) 841 80 Segunda quincena de junio, jornales y varios 1.033 62 Primera quincena de julio, jornales y varios 1.726 40 Segunda quincena de julio, jornales y varios 1.250 10 Primera de agosto, jornales, materiales y varios 2.096 22 Segunda de agosto, jornales, materiales y varios 1.551 09 Primera de septiembre, jornales semillas y varios 1.169 17 Segunda de septiembre, jornales, materiales y varios 3.569 57 Segunda de septiembre, jornales del estercolero 267 70 Primera octubre, jornales, materiales y varios 470 30 Primera de octubre, locomoción 111 " Primera de octubre, jornales del estercolero 1.200 20 Primera de octubre, materiales 910 " Total 20.244 62 Importan las anteriores quincenas la cantidad de veinte mil doscientas cuarenta y cuatro pesetas sesenta y dos céntimos. ------ Folla: 86 14. Padrones de cédulas de 1928. Aprobación de los de Sanxenxo, Caldas, Meis, A Guarda, Portas, Arbo, Moraña. Vistos los padrones de cédulas personales para el año corriente de 1928 de los Ayuntamientos de Sanxenxo, Caldas de Reis, Meis, Portas y A Guarda llevados a cabo por los Representantes de este organismo y los de Arbo y Moraña confeccionados por las respectivas Corporaciones todos con arreglo a las disposiciones vigentes y a la Circular de esta Presidencia inserta en el Boletín Oficial de 30 de junio del año último así como los informes del Negociado de Hacienda de esta Diputación a que los exámenes dieron lugar en los que aparece que la clasificación de los empadronados está hecha conforme a los preceptos que rigen en la materia, se acuerda prestarles su aprobación y enviarlos a los Ayuntamientos de que proceden para que sean ultimados cubriendo sus últimas casillas, y exponiéndose al público para cumplimiento de lo previsto en el articulo 27 de la Instrucción de 4 de noviembre de 1925 los cuales después del fenecido el plazo de exposición remitirán certificación del acuerdo aprobatorio y la del resumen general de dichos padrones; debiendo advertirse al del Ayuntamiento de A Guarda que habrá de ser variada la clasificación con que figura D. José Álvarez Novoa, Médico y D. José Cantano Villamada, Oficial de Telégrafos, asignándosele al 1º cédula de la tarifa 1ª, clase 10ª de 50 pesetas y al 2º otra de la misma clase tarifa 2ª, de 25 pesetas. ------ Folla: 86,87 15. Hospicio. Nombramiento de Dª. Concepción Escarpizo Ozores (véase acuerdo 25 de enero 1929). Dado el aumento de asilados de ambos sexos que existen en la Casa Hospicio de esta ciudad, haciéndose necesario una vigilancia escrupulosa cerca de los mismos, sobre todo cuanto tienen que salir de la residencia, esta Comisión en el deseo de reparar estas deficiencias y teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en Doña Concepción Escarpizo Ozores, vecina de esta capital , acuerda designarla para que cumpla en dicho establecimiento el servicio que cerca de aquellos asilados le imponga la Señora Superiora de aquel benéfico establecimiento, asignándosele la gratificación mensual de cien pesetas que habrá de percibir con cargo al presupuesto especial de aquella casa, a contar de 1º del actual por hallarse prestando este servicio desde ese día. ------ Folla: 87 16. Abono suscripción "España Agraria". Se acuerda satisfacer quince pesetas libres de todo descuento por suscripción a la revista "España Agraria". Se levantó la sesión, sobre raspado 5 = 10 = veintiuna mil. Vale y se salva con aprobación. ------

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