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Acta de sesión 1929/02/01_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.155/1.1929-02-01_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1929/02/01_Ordinaria

  • Data(s) 1929-02-01 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 13,14 1. Abierta la sesión a las doce de esta día, bajo la Presidencia del Sr. Lois Vidal y con asistencia de los Vocales Sres. Espinosa Orrea, Sarmiento Gil y Massó García se dio lectura al acta de la anterior que fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial, adoptó los acuerdos siguientes. ------ Folla: 14 2. Señalamiento de sesiones. Señalar los días de sesiones que han de tener lugar en el corriente mes, las que además de la correspondiente a la fecha, se celebrarán los días 8 - 15 y 22. ------ Folla: 14 3. Distribución de fondos. Aprobar la distribución de fondos por capítulos en cuantía de 600.000 pesetas para satisfacer las obligaciones del presente mes. ------ Folla: 14 4. Manicomio. Ingreso de Ildefonsa Rodiño, de Cambados. Decretar el ingreso en el Manicomio de Conjo, por cuenta de fondos provinciales del demente Ildefonso Rodiño Costas, de 28 años de edad, soltero, natural y vecino de Cambados, de cuyo expediente resulta probada la naturaleza, enfermedad, necesidad de la reclusión y pobreza del enfermo, familiares debiendo por el Negociado de Beneficencia remitirse al Sr. Director de aquel sanatorio la filiación del referido enfermo que ingresa en concepto de observación a los efectos de lo que determina el R.D. de 19 de mayo de 1885, comunicando este acuerdo a la Alcaldía para la conducción al mismo del enfermo de referencia. ------ Folla: 14 5. Abono subvención de obras del Grupo Escolar de Moaña. Vista la comunicación del Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Moaña, interesando se le satisfaga la subvención de dos mil pesetas que le fue concedida por esta Comisión en 29 de octubre de 1926 para reparaciones del Grupo Escolar de aquella villa y resultando del informe emitido por el Sr. Arquitecto provincial que el importe de las obras ejecutadas asciende a bastante más del doble de la cantidad concedida; se acuerda declarar de abono al Ayuntamiento de Moaña la subvención de referencia que será satisfecha con cargo a la consignación que se cita en el expresado acuerdo. ------ Folla: 14 6. Aprobación de liquidaciones de cédulas de 1926 de Dozón, A Golada, Xeve, A Lama y Vilagarcía. Visto el expediente de liquidación de las cuentas de recaudación del impuesto sobre cédulas personales correspondientes al año de 1926 que rinden los Ayuntamientos de Donzó, A Golada, Xeve, A Lama y Vilagarcía y resultando de su examen que las partidas que lo integran se hallan debidamente justificadas esta Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado, acuerda prestarles su aprobación quedando saldas dichas cuentas después que los Ayuntamientos ingresen a la mayor brevedad en arcas provinciales las cantidades que a continuación se relacionan y que como saldo de las expresadas cuentas resultan a favor de ésta Diputación, comunicándolo así a la Intervención, con devolución de antecedentes a los efectos procedentes; Dozón, 178,15 ptas; Xeve, 359,30 pesetas; A Golada, 1359,58 pesetas; A Lama, 4696,40 ptas; Vilagarcía, 2290,56 ptas. ------ Folla: 14 7. Abono cuenta carbón y piñas para estufas. Declarar de abono al industrial D. José Carrascal Luengo la cuenta importante noventa y nueve pesetas por veinte quintales de carbón y 600 piñas adquiridas para las estufas de esta Diputación, librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 11 del presupuesto vigente. ------ Folla: 14 8. Abono cuenta de instalaciones eléctricas a Senn. Declarar de abono al industrial electricista, D. Luis Senn la cuenta importante doscientas once pesetas cincuenta céntimos por instalaciones de enchufes, lámparas eléctricas y reparaciones efectuadas en las Dependencias de Secretaría, Intervención, Acción Biológica y Cédulas personales, librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 11 del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 14 9. Autorizando a la Intervención para suplementar crédito para pago del arriendo de "La Tablada". No existiendo en el presupuesto vigente cantidad alguna con que satisfacer a Doña Mercedes Solis la cantidad de 1.462,50 pesetas que tiene que percibir por razón de arrendamiento de la finca "La Tablada" al servicio de la Misión Biológica de Galicia correspondiente a mes y medio del año 1926 (162,50) y a todo el año de 1927 (1.300) y teniendo en cuenta que la liquidación del presupuesto de 1928 arroja un superávit muy superior a aquella cantidad; se acuerda autorizar al Sr. Interventor para suplementar el crédito que existe en el articulo 3º del capitulo 14 de la parte de gastos destinado al pago del mencionado arrendamiento en dichas 1.462,50 pesetas. ------ Folla: 14 10. Asilo de Pontevedra. Ingreso de Mª Josefa Portas de Vilanova. Decretar el ingreso por cuenta de fondos provinciales en el asilo de Hermanitas de los pobres de Pontevedra, de la anciana María Josefa Portas Martínez, viuda, de 74 años de edad, natural y vecina del Ayuntamiento de Vilanova de Arousa, pobre de solemnidad, sin familiares que le presten alimentos y cuidados y no padecer enfermedad mental ni contagiosa. ------ Folla: 14 11. Abono cuenta a "Hijo Saturnino Varela" (escupideros). Declarar de abono al comerciante "Hijo de Saturnino Varela", la cuenta importante ochenta y siete pesetas cincuenta céntimos por cinco escupideras con pie niquelado para ésta Diputación librándose con cargo al capitulo 4º, articulo 2º del presupuesto vigente. ------ Folla: 14 12. Autorizando a D. Manuel Álvarez para explotar cantera en el kilómetro 8º hectómetro 6 carretera Marín al Con. Vista la instancia de D. Manuel Álvarez Martínez de Moraña en súplica de que se le autorice la continuación de la explotación de una cantera en el kilómetro 8º hectómetro 6º de la carretera de Marín al con en terrenos dedicados por esta Diputación a la Repoblación forestal y vistos los informes de la Alcaldía e Ingeniero Director se acuerda conceder al Sr. Álvarez, la citada autorización siempre y cuando se someta a las 5 condiciones que se le imponen y que se le comunican al interesado alcalde de Moaña e Ingeniero Director. ------ Folla: 14,15 13. Padrones cédulas de 1928. Aprobación de los de O Porriño, Soutomaior y Lavadores. Vistos los padrones de cédulas personales para el año de 1928 formado por los Ayuntamientos de O Porriño y Soutomaior, así como el de Lavadores confeccionado por el representante de ésta Diputación con arreglo a las disposiciones vigentes y a la circular de ésta presidencia inserta en el Boletín Oficial de 30 de junio de 1927 para construcción de la casa - escuela de Tabagón y visto el informe emitido por el Sr. Arquitecto provincial del que resulta que el importe de las obras ejecutadas se eleva a basta más del doble de la expresada cantidad; se acuerda declarar de abono al Ayuntamiento de O Rosal, la citada subvención con cargo a la consignación que se cita en el aludido acuerdo. ------ Folla: 15 15. Contribuyendo con 250 pesetas a la suscripción de la Residencia de estudiantes en Santiago. Dada cuenta de carta que el Secretario de la Universidad de Santiago dirige al Sr. Presidente de esta Corporación anunciándole que en los primeros días del corriente mes visitará a esta Diputación la "Tuna Universitaria Compostelana" presidida por los más destacados Catedráticos de aquella gloriosa universidad, con el propósito de allegar fondos para que el proyecto de Residencia de estudiantes de Santiago se a pronto una realidad; se acuerda contribuir a la suscripción iniciada con tal fin, con la cantidad de doscientas cincuenta pesetas, que se librarán con cargo al capitulo 18, articulo único del presupuesto en ejercicio, extendiéndose el libramiento a favor del Sr. Secretario de ésta Corporación con el descuento a cargo de la Diputación, para que este la ponga a disposición del Presidente de la Tuna. ------ Folla: 15 16. Desestimando reclamación por su cédula de Don Joaquín Novas de Pontevedra. Vista la reclamación interpuesta por D. Joaquín Novas Justo, de Pontevedra, contra la cédula de la tarifa 3ª, clase 9ª que se le asigna en el padrón de 1928 de este Ayuntamiento. Vistos el Estatuto e Instrucción, la Comisión por las consideraciones que constan en sus antecedentes se acuerda desestimar esta reclamación. ------ Folla: 15 17. Estimando otra de D. Francisco Riestra López, de Pontevedra. Vista la reclamación interpuesta por D. Francisco Riestra López, vecino de esta capital contra la cédula que se le asigna de la tarifa 1º, clse 8ª en el padrón de este Ayuntamiento y año de 1928 que constan en el expediente acuerda estimar esta reclamación imponiéndole la cédula de la tarifa 1ª, clase 11 que es la que legalmente le corresponde. ------ Folla: 15 18. Estimando otra de D. Juan Araujo de Vigo (Castrelo). Vista la solicitud presentada por D. Juan Araujo Álvarez, vecino de Castrelo, Ayuntamiento de Vigo, exponiendo que no puede pagar la cédula con que se le ha clasificado en el padrón de 1928 de aquel municipio por su extremada pobreza. Vistos el Estatuto e Instrucción, la Comisión por las consideraciones que constan en el informe, acuerda estimar esta reclamación dispensándose de la cédula de la tarifa 3ª, clase 13 en que aparece clasificado. ------ Folla: 15 19. Estimando otra de D. Roberto Munaiz de Pontevedra. Vista la reclamación interpuesta por D. Roberto Munaiz González Garrido, vecino de Pontevedra, contra la clasificación de su cédula de la tarifa 3ª de 15 pesetas con que figura en el padrón de 1928 de este Ayuntamiento. Vistos el Estatuto e Instrucción, la Comisión por las consideraciones que constan en el informe, acuerda estimar esta reclamación dispensándose de la cédula de la tarifa 1ª, clase 15. ------ Folla: 15 20. Estimando otra de Dª. Josefa Fernández Cabanillas de Pontevedra. Vista la instancia de Dª Josefa Fernández Cabanillas, viuda, vecina de Pontevedra contra la cédula de la tarifa 3º, clase 10, de 15 ptas que se le asigna en el padrón de este Ayuntamiento y año de 1928. Vistos el Estatuto y la Instrucción, la Comisión por los razonamientos que aparecen en los antecedentes, acuerda estimar la reclamación, clasificándola en la tarifa 1ª, clase 16. ------ Folla: 15 21. Desestimando reclamación de su cédula de Don José Oubiña de Caldas. Vista la reclamación formulada por D. José Oubiña Feijoo, de Caldas de Reis, contra la cédula de la tarifa 3ª, clase 9ª que se le asigna en el padrón de 1928 de aquel municipio. Vistos los Estatutos, Instrucción e informe emitido, la Comisión acuerda desestimar esta reclamación por hallarse bien clasificado. ------ Folla: 15 22. Estimando otra de D. Teofilo Rey de Pontevedra. Vista la instancia de D. Teófilo Rey, sargento retirado Presidente en Pontevedra, contra la cédula que se le asigna en el padrón de 1928 de este Ayuntamiento. Vistos el Estatuto, Instrucción e informe del Negociado , la Comisión acuerda estimar esta solicitud clasificando al reclamante en la tarifa 1ª, clase 14 que le corresponde. ------ Folla: 15 23. Estimando otra de D. Sebastián Vilas de Pontevedra. Vista la reclamación de Sebastián Vilas Graña, camarero, vecino de Pontevedra, reclamando contra la cédula de la tarifa 3ª, clase 9ª con que figura en el padrón de 1928 d este Ayuntamiento. Vistos el Estatuto, Instrucción vigentes, esta Comisión de conformidad con el informe del Negociado acuerda estimar esta reclamación clasificando al interesado en la tarifa 1ª, clase 15. ------ Folla: 15 24. Estimando otra de D. Manuel Ballesteros de Lalín. Vista la reclamación de D. Manuel Ballesteros Curiel, Secretario del Ayuntamiento de Lalín, manifestando que hasta 27 de septiembre de 1927 desempeñó el cargo de Secretario de Boborás donde obtuvo cédula y que se le exige el pago de otra del mismo año en esta provincia y solicita se anule esta última. Vistos el Estatuto, la Instrucción e informe del Recaudador, la Comisión de conformidad con el Jefe del servicio acuerda que debe estimarse la reclamación, procediendo a la anulación de la citada cédula. ------ Folla: 15 25. Estimando otra de D. Francisco Rey, de Caldas. Vista la reclamación de D. Francisco Rey Ortigueira, vecino de Caldas, contra la cédula de la tarifa 3ª, clase 10 con que figura en el padrón de aquel municipio de 1928. Vistos el Estatuto, la Instrucción e informe del Jefe del servicio, la Comisión de conformidad con el mismo, acuerda estimarla clasificando al reclamante en la tarifa 3ª, clase 13. ------ Folla: 15 26. Desestimando otra de Dª Rosa García, de Caldas. Vista la reclamación de Rosa García Fariña, viuda de Caldas, contra la cédula de la tarifa 3ª, clase 10 con que se le hace figurar en el padrón de aquel Ayuntamiento y año de 1928. Vistos así bien el Estatuto, Instrucción e informe del Jefe del servicio y por las consideraciones que figuran en el mismo, la Comisión acuerda desestimar la reclamación. ------ Folla: 15 27. Desestimando otra de D. Serafín Tobio, de Caldas. Dada cuenta con antecedentes de la reclamación formulada por D. Serafín Tubio González, industrial, vecino de Caldas, contra la cédula de la tarifa 3ª, clase 9ª con que figura en el padrón de aquel Ayuntamiento de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción vigentes y por las consideraciones que aparecen en el informe de la oficina del servicio, acuerda esta Comisión desestimar la presente reclamación. ------ Folla: 16 28. Estimando reclamación por su cédula de Don Joaquín González de Caldas. Dada cuenta de la reclamación presentada por Don Joaquín González García, Oficial del Ayuntamiento de Caldas contra la clasificación con que figura en el padrón de 1928 de aquel municipio, asignándosele una cédula de la tarifa 3º, clase 10ª. Vistos el Estatuto, Instrucción e informe de la sección de conformidad con este, la Comisión acuerda que debe estimarse la reclamación clasificando al recurrente en la tarifa 1ª, clase 11. ------ Folla: 16 29. Desestimando otra de D. Elisardo Domínguez de Caldas. Vista la instancia de Elisardo Domínguez Rosados, vecino de Caldas de Reis, reclamando contra la cédula que se le asigna de la tarifa 3ª, clase 9ª en el padrón de 1928 de aquel Ayuntamiento. Vistos el Estatuto e Instrucción vigentes; la Comisión por las consideraciones que constan en el informe del Jefe del Servicio, acuerda desestimar esta reclamación por estar bien clasificado. ------ Folla: 16 30. Estimando otra de Don Camilo Torres, de Caldas. Dada cuenta de la reclamación interpuesta por D. Camilo Torres López, vecino de Caldas de Reis, contra la cédula de la tarifa 3ª, clase 9ª con que se le hace figurar en el padrón de 1928 de aquel municipio. Vistos el Estatuto provincial y la Instrucción de 4 de noviembre de 1925. La Comisión por las consideraciones que aparecen en el informe acuerda estimar la reclamación y clasificar a D. Camilo Torres en la tarifa 1ª, clase 13ª y cédula de 15 pesetas. Los precedentes acuerdos habrán de notificarse a los reclamantes por conducto de las respectivas alcaldías con la advertencia de que contra las mismas pueden alzarse para ante el Tribunal Económico Administrativo provincial en el plazo de quince días. (Reclamaciones de funcionarios de Correos contra la clasificación de sus cédulas de 1928). ------ Folla: 16 (Reclamaciones de funcionarios de Correos contra la clasificación de sus cédulas de 1928). 31. Desestimando reclamación contra la clasificación de su cédula de los funcionarios de Correos que cita. Vistas las reclamaciones interpuestas individualmente por los Sres. D. Alberto Somoza Armas, D. Federico González Anta, D. Benigno Baltuille Ruis, D. Celestino Peleteiro Suárez, D. Honorato Sotelo Rodal, D. Enrique Cerviño Coronas, D. Manuel Lores Pérez, D. Luis Naval Montoto, D. Manuel Álvarez Casado, D. Manuel Suso Seoane, D. José Vázquez López, D. Ricardo Trasmontes Platas, Dª. María del Carmen Casas Pasarin, D. Emilio Antonio Puelles Voces, D. Jacobo Varela Varela y D. Antonio Romero Bernardez, funcionarios del cuerpo de correos en la oficina principal de esta ciudad de Pontevedra, D. Adolfo Álvarez Builla Casal, funcionario de A Guarda, D. Antonio Salvador Guzmán de Villerna, idem de la de Cambados, D. Francisco Iglesias Iglesias, idem de la de Arbo y D. Daniel Noriega Suárez, idem de la de Vilanova ------ Folla: 16 Otras de los funcionarios del Cuerpo de Telégrafos. 32. Desestimando reclamaciones contra la clasificación de su cédula de los funcionarios de Telégrafos que cita el acuerdo. Vistas así bien las reclamaciones que también formulan individualmente los siguientes funcionarios del cuerpo de Telégrafos contra la clasificación que como los anteriores se les asigna en los padrones de cédulas personales del año de 1928 de los respectivos Ayuntamientos en que residen y prestan sus servicios D. Arturo Lago González, D. Iluminado Velasco Acevedo, D. Antonio Benitez Núñez, D. Modesto Álvarez Osorio, D. Manuel Fernández Mariño, D. Germán Abal Ferradás, D Germán Martínez Escudero, D. Antonio Dapena Hereder, D Julio Herreros García, D. José Castilla Juncal, D. Serafín Rodríguez Cividanes, D. Timoteo Vacas Alonso, D. Ángel Otero Callon, D. Alberto Moraga Valenzuela, D. Estebán Bragado López, D. Eduardo Caldas Padilla, D. Eduardo Dapena Gómez, D. Eduardo López Aguirre, D. Joaquín Cornes García, afectos a las oficinas de Pontevedra, D. José García Freire, D. Ignacio Muñiz Landrove, D. Juan Manuel Muñiz, D. Juan Piñeiro Fernández y D. Ricardo Castron, afectos a la de Caldas de Reis, D. Juan Arotr Barama de la de Sanxenxo, D. Luis García Ruiz de la de Cambados y D. José Castaño Villanueva de A Guarda. ------ Folla: 16 33. Acuerdo de las anteriores reclamaciones. La Comisión después de tener a la vista el Estatuto provincial la Instrucción de 4 de noviembre de 1925 y el oficio del ILtmo. Sr. Director General de Administración de 24 de septiembre último transferido por el Sr. Gobernador Civil de esta provincia y otras disposiciones que se citan en varias reclamaciones de ésta índole y por las consideraciones que constan en los expedientes al efecto tramitados, acuerda desestimar las precedentes reclamaciones declarando firmes y subsistentes las clasificaciones con que figuran en los respectivos padrones de cédulas los señores anteriormente relacionados comunicándose este acuerdo a los Ayuntamientos de su residencia para su notificación a los mismos, con la advertencia de que pueden interponer recurso ante el Tribunal Económico Administrativo provincial en el plazo de quince días. ------ Folla: 16,17 34. "Repoblación forestal". Complemento acuerdo de 11 de enero, sobre cesión derechos de los Ayuntamientos a la Diputación. Completando el acuerdo sobre la Repoblación forestal en esta provincia de las zonas 3ª, 4ª y 5ª de 11 de enero último, se acuerda dirigirse a los Ayuntamientos de Mos, O Porriño, Tui, Tomiño, O Rosal, A Guarda, Oia, Baiona, Gondomar, Nigrán, Vigo y Lavadores, propietarios de los terrenos que comprenden dichas zonas para que cedan los derechos sobre sus montes en igual forma que lo han hecho en años anteriores los Ayuntamientos interesados en la repoblación desde que se inició en esta provincia. La forma a que se refiere el párrafo anterior hace relación a las condiciones en que tiene lugar esta cesión que pudiera resumirse de la manera siguiente: Los Ayuntamientos ceden a la Diputación todas las facultades que les otorga la legislación vigente en materia de repoblación forestal subrogándola en su derecho a concertarse con el Estado en las condiciones que determina el articulo 5º del Real Decreto de 27 de julio de 1926. La Diputación queda obligada a llevar a cabo la repoblación, abonando el 50% del importe de todos los gastos para hacerse dueña de la totalidad del vuelo, con arreglo a lo que dispone el precepto citado y cederá a los Ayuntamientos el cincuenta por ciento de los aprovechamientos forestales sin exigirles desembolso alguno. Para regular los derechos de los vecinos y en cuanto no resulten modificados por Real Decreto de 27 de julio, de 1926 ya citado, se estará a lo previsto en las bases aprobadas por la Comisión provincial en 5 de diciembre de 1925 y a lo dispuesto en el Real Decreto de 12 de diciembre de 1926. Se levantó la sesión. ------

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