ATOPO
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Acta de sesión 1929/04/12_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.155/1.1929-04-12_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1929/04/12_Ordinaria

  • Data(s) 1929-04-12 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 48 1. Presidencia del Sr. Lois Vidal con asistencia de los Vocales Señores Espinosa Orrea, Sarmiento Gil y Massó García. Abierta la sesión a las doce horas de este día, se dio lectura al acta de la anterior, que fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial adoptó los acuerdos siguientes.. ------ Folla: 48 2. Granja de Salcedo. Aprobación y pago cuentas quincenas de Enero a Marzo. Examinada la relación de gastos originados en la Granja provincial de Salcedo que rinde el oficial del Negociado de Fomento, por jornales, materiales adquisición de abonos etc, durante las primeras y segundas quincenas de los meses de Enero, Febrero y Marzo últimos en la cuantía que a continuación se cita: Pesetas Cts 1ª. Primera quincena de Enero de 1929. Jornales y varios .................................................... 1.466 67 2ª. Primera quincena de Enero. Materiales de estercolero ................................................... 128 " 3ª. Segunda quincena de Enero: Jornales ............................................................................. 836 80 4ª. Segunda quincena de Enero. Jornales reparación edificio ................................................ 176 85 5ª. Segunda quincena de Enero. Adquisición de gallineros y varios ........................................ 2.152 76 6ª. Primera quincena de Febrero. Jornales y varios ............................................................... 1.241 14 7ª. Segunda quincena de Febrero. Jornales y varios .............................................................. 990 15 8ª. Segunda quincena de Febrero. Jornales de reparación del edificio..................................... 321 40 9ª. Primera quincena de Marzo. Jornales y varios .................................................................... 1.882 80 10ª. Primera quincena de Marzo. Jornales de reparación edificio ................................................ 500 50 11ª. Segunda quincena de Marzo. Jornales y varios ................................................................... 1.295 00 12ª. Segunda quincena de Marzo. Jornales, reparación edificio .................................................. 457 75 13ª. Segunda quincena de Marzo. Locomoción .......................................................................... 447 04 Total ........................11.836 86 Importan las anteriores quincenas la cantidad de once mil ochocientas treinta y seis pesetas ochenta y seis céntimos. La Comisión acuerda prestarle su aprobación y declarar de abono las anteriores partidas en cuantía total de once mil ochocientas treinta y seis pesetas ochenta y seis céntimos. ------ Folla: 48 3. Manicomio. Abono estancias dementes en marzo. Declarar de abono al Sr. Director del Manicomio de Conjo, la cuenta importante dieciséis mil ochocientas treinta y cinco pesetas cuarenta céntimos por estancias de dementes pobres, hijos de esta provincia en aquel establecimiento durante el mes de Marzo último, librándose con cargo al capitulo 8º, articulo 5º del presupuesto vigente. ------ Folla: 48 4. Asilo de Tui. Ingreso de la anciana Mª Jesús Álvarez. Decretar el ingreso en el asilo de Hermanitas de los pobres de Tui, por cuenta de fondos provinciales de la anciana María de Jesús Álvarez, de 62 años de edad, soltera, vecina de aquella ciudad pobre de solemnidad, sin familiares que le presten alimentos y cuidados y no padecer enfermedad mental ni contagiosa. ------ Folla: 48,49 5. Repoblación forestal. Aprobación cuentas quincenas 1ª y 2ª de marzo. Prestar aprobación a las siguientes cuentas informadas con fecha 5 del actual por el Negociado de Fomento, importante en junto veintinueve mil doscientas treinta y siete pesetas correspondientes a la primera y segunda quincenas del mes de marzo último de los trabajos de jornales y materiales de la Repoblación forestal, en las zonas que se detallan en las dos repetidas quincenas y que se realizan en consonancia con lo preceptuado en el Real Decreto de 12 diciembre de 1926 y Real Orden del Ministerio de Fomento de 10 de abril de 1928. De la primera quincena de Marzo Pesetas Cts 1. Vivero. Jornales varios ......................................................................................... 3.270 66 2. Zona 1ª. Jornales de vigilancia ............................................................................... 495 " 3. Zona 1ª. Jornales de plantación en el perímetro 3º .................................................. 511 " 4. Zona 2ª. Jornales de vigilancia .............................................................................. 700 " 5. Zona 2ª. Jornales de plantación. Perímetros 3º y 4ª sección 1ª ................................ 6.208 50 6. Zona 6ª. Jornales de vigilancia .............................................................................. 660 " 7. Zona 6ª. Corta y colocación de postes, perímetro 1º, sección 2ª ............................. 51 75 8. Zona 6ª. Corta y colocación de postes, perímetro 3º, sección 2ª .............................. 105 75 9. Zona 6ª. Construcción y colocación de cancillas en el perímetro 3º, sección 2ª ........ 55 " 10. Zona 6ª. Apertura de hoyos en el perímetro 5º, sección 1ª ..................................... 8 33 11. Zona 6ª. Apertura de hoyos de plantación en el perímetro ....................................... 63 " 12. Zona 6ª. Jornales de plantación en los perímetros 1º, 2º, y 3º de la sección 1ª ........... 195 20 13. Zona 9ª. Jornales de vigilancia .............................................................................. 180 " 14. Zona 9ª. Corta y colocación de postes en el perímetro 3ª, sección 1ª ....................... 186 75 15. zonas 2ª, 6ª y 9ª. Adquisición de piñón .................................................................... 9 90 16. Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Adquisición de útiles de tala, batería y varios ................................. 554 60 Total .................... 13.255 44 De la segunda quincena de Marzo Pesetas Cts 17. Vivero. Jornales y varios ......................................................................................... 3.322 15 18. Vivero. Locomoción ............................................................................................... 129 32 19. Zona 1ª. Jornales de vigilancia ............................................................................... 528 " 20. Zona 1ª. Jornales trabajos topográficos .................................................................... 127 " 21. Zona 1ª. Locomoción ................................................................................................ 183 46 22. Zona 2ª. Jornales de vigilancia .................................................................................. 768 " 23. Zona 2ª. Jornales de plantación y resiembra en los perímetros 1º y 2º de la sección 1ª..... 5.780 90 24. Zona 2ª. Construcción y colocación de cancillas en los perímetros 1º y 2º, sección 1ª ....... 1.130 " 25. Zona 2ª. Construcción y colocación en el perímetro 3º, sección 1ª .................................... 116 " 26. Zona 2ª. Construcción y colocación de cancillas en el perímetro 4º, sección 1ª ................. 82 " 27. Zona 2ª. Construcción y colocación de cancillas en el perímetro 1º, sección 2ª ................. 164 " 28. Zona 2ª. Construcción y colocación de cancillas en el perímetro 2º, sección 2ª................... 116 " 29. Zona 2ª. Construcción y colocación de cancillas en el perímetro 3º, sección 2ª ................. 24 " 30. Zona 2ª. Construcción y colocación de jambas en el perímetro 1º, sección 2ª .................... 20 " 31. Zona 2ª. Construcción y colocación de jambas en el perímetro 2º, sección 2ª .................... 20 " 32. Zona 6ª. Jornales de vigilancia ....................................................................................... 704 " 33. Zona 6ª. Corta y colocación de postes en el perímetro 3º, sección 1ª ............................... 165 " 34. Zona 6ª. Apertura de hoyos de plantación en el perímetro 5º, sección 1ª ........................... 9 52 35. Zona 9ª. Jornales de vigilancia ..................................................................................... 170 " 36. Zona 9ª. Construcción y colocación de cancillas en el perímetro 1º, sección 2ª ................ 180 " 37. Zona 9ª. Construcción y colocación de una cancilla en el perímetro 4º, sección 2ª ........... 60 " 38. Zona 9ª. Construcción y colocación de cancillas en el perímetro 3º, sección 2ª ................. 86 " 39. Zona 9ª. Apertura y rectificación de hoyos de siembra en el perímetro 2º, sección 1ª ......... 401 98 40. Zona 9ª. Apertura y rectificación en el perímetro 3º, sección 1ª ......................................... 270 50 41. Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Adquisición de piñón .......................................................................... 623 70 42. Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Acarreo de piñón y varios ................................................................. 800 38 Total ......................... 15.981 91 Importan las dos quincenas, la cantidad de veintinueve mil doscientas treinta y siete pesetas, treinta y cinco céntimos (29.237,35). ------ Folla: 49 6. Asilos. Abono estancias de ancianos en Marzo. Declarar de abono a las Sras. Superioras de los Asilos de Hermanitas de los pobres de Pontevedra, Tui, Vigo y Caldas de Reis, las cuentas importantes 2.227,50 - 623,75 - 595 y 542,50 pesetas, respectivamente por estancias de ancianos en aquellos establecimientos durante el mes de Marzo último, librándose aquellas cantidades en cuantía total de tres mil novecientas ochenta y ocho pesetas, sesenta y cinco céntimos, con cargo al capitulo 8º, articulo 4º, del presupuesto vigente. ------ Folla: 49 7. Cédulas de 1928. Aprobación cuentas de Ribadumia, Ponte Sampaio y Vilaboa. Vistos los expedientes de liquidación de las cuentas de recaudación del impuesto sobre cédulas personales que rinden los Ayuntamientos de Ribadumia, Ponte Sampaio y Vilaboa, correspondientes al año de 1928 y resultando de su examen que las partidas que las integran se hallan debidamente justificadas; esta Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado acuerda prestarle su aprobación, quedando definitivamente saldadas dichas cuentas comunicándolo así a la Intervención, con devolución de los antecedentes a los efectos que proceda. ------ Folla: 49 8. Abono cuenta fotógrafo Sr. Pintos. Declarar de abono al fotógrafo D. Joaquín Pintos, la cuenta importante cuarenta y ocho pesetas por impresión de cuatro quichés y sus copias, reproducción de esculturas del pensionado de ésta Diputación, Sr. Acuña librándose con cargo al capitulo 10º, articulo 1º, del presupuesto vigente. ------ Folla: 49 9. Abono cuenta fotógrafo Sr. Pintos. Declarar de abono al expresado fotógrafo D. Joaquín Pintos, la cuenta importante treinta pesetas por impresión de quichés y cuatro copias de reproducción de toros que concurrieron a la exposición celebrada por esta Diputación, librándose con cargo al capitulo 14, articulo 9º del presupuesto vigente. ------ Folla: 49 10. Abono cuenta a "Hijo de Fernando Olmedo" (hab. Gobernador). Declarar de abono al comerciante "Hijo de Fernando Olmedo", la cuenta importante novecientas cincuenta y tres pesetas cincuenta y cinco céntimos por cortinas, mantelería de hilo mantas y demás efectos adquiridos para las habitaciones particulares del Sr. Gobernador librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 1º del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 49 11. Abono cuenta a D Arturo Martínez (hab. Gobernador). Declarar de abono al industrial D. Arturo Martínez Fernández la cuenta importante mil quinientas ochenta y cinco pesetas, por adquisición de muebles, tapizado de sillas y sillones y arreglo de somieres para las habitaciones del Sr. Gobernador librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 1º del presupuesto vigente, ordenando a la Instrucción que efectúe el suplemento de crédito necesario. ------ Folla: 49 12. Resoluciones sobre cédulas del Tribunal Económico de alzada de Vilagarcía. Dado cuenta de resoluciones dictadas por el Tribunal Económico - Administrativo en recurso interpuesto por D. Manuel Fernández Riveiro, D. Joaquín del Valle Torres y D. Antonio Bravo Losada, vecinos de Vilagarcía contra acuerdo de esta Comisión confirmatorio de la clasificación con que se les hizo figurar en el padrón de cédulas personales del año de 1927 en el que se incluyó al primero en la clase 3ª, al segundo en la clase 13 y al último en la clase 10ª todos de la tarifa 3ª, disponiendo que a los tres interesados se les expida la cédula que satisfacieron en el año anterior; se acuerda quedar enterada y pasarla al negociado respectivo para su cumplimiento. ------ Folla: 49 13. Resoluciones del mismo Tribunal respecto a la de D. Constantino Rubianes y esposa de Vilagarcía. Se dio cuenta de resolución del Tribunal Económico Administrativo provincial resolviendo recurso interpuesto por D. Constantino Rubianes López, vecino de Vilaxoán, Ayuntamiento de Vilagarcía, pidiendo la nulidad del padrón de cédulas personales de aquel municipio del año de 1927 o que se rebaje la categoría de las señaladas a él y su esposa Dª. Josefa Buceta López, a los que se le expidió cédulas por valor de 15 y 8 pesetas respectivamente cuya petición fue denegada por el expresado Tribunal Comisión, resolviéndose por el Tribunal que estimando en parte tal reclamación por lo que se refiere a la cédula del recurrente debe pagar para el año de 1927 otra igual a la satisfecha en el anterior y desestimándola en lo que afecta a la nulidad del padrón; se acuerda quedar enterada y pasarla al Negociado respectivo para su cumplimiento. ------ Folla: 49,50 14. Resolviendo de dicho Tribunal respecto, a la de varios reclamantes de Vilagarcía. Dada cuenta de la resolución del Tribunal Económico Administrativo fecha 28 de septiembre último remitida con oficio de 8 del actual relativa a las reclamaciones interpuestas contra acuerdos de esta Comisión sobre la clasificación de cédulas del Ayuntamiento de Vilagarcía el año de 1927 será igual a la del año anterior y desestimándolas en cuanto a la nulidad del padrón; la Comisión acuerda quedar enterada y pasarlas a la sección de cédulas para que se de cumplimiento a lo resuelto. ------ Folla: 50 15. Aprobación liquidación de cuentas de cédulas de 1927 de O Porriño y Mos. Visto el expediente de liquidación de las cuentas de recaudación del impuesto de cédulas personales que rinden los Ayuntamientos de O Porriño y Mos, correspondientes al año de 1927 y resultando de su examen que las partidas que lo integran se hallan debidamente justificadas; esta Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado acuerda prestarle su aprobación, quedando saldadas dichas cuentas después que el Ayuntamiento de O Porriño ingrese en arcas provinciales la cantidad de 4 pesetas y el de Mos la de 1.833,88 que como saldo a favor de esta Diputación resulta de las expresadas cuentas, comunicándolo así a la Intervención con devolución de los antecedentes a los efectos que proceda. ------ Folla: 50 16. Abono cuenta a D. José Dapena (hab. Gobernador). Declarar de abono al Maestro de obras D. José Dapena Hereder, la cuenta importante ciento treinta y siete pesetas setenta y ocho céntimos por obras de reparación en las habitaciones particulares del Sr. Gobernador, librándose con cargo al capitulo 11, articulo 10º del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 50 17. Abono cuenta a D José Dapena (Of. Contaduría). Declarar de abono al citado Maestro de obras, D. José Dapena Hereder, la cuenta importante treinta pesetas setenta céntimos por arreglo de ventanas en las oficinas de Contaduría y cédulas personales, librándose con cargo al capitulo 11, articulo 10º del presupuesto en vigor. ------ Folla: 50 18. Aprobando 2ª certificación del camino nº 316 Marzo. Prestar aprobación a la segunda certificación expedida por el Sr. Director de Vías y Obras provinciales expedida o aprobada por el Sr. Ingeniero Jefe de Obras públicas, de las ejecutadas en el camino vecinal nº 316 de la carretera del campo a Codeseda a la de Vilapouca a Puente Bea, cuyo importe total asciende a veintiuna mil trescientas sesenta y seis pesetas sesenta y siete céntimos correspondientes al mes de marzo último, para la petición de fondos a la Mancomunidad de Diputaciones. ------ Folla: 50 19. Aprobando 2ª certificación del camino nº 229 de Marzo. Prestar aprobación a la segunda certificación expedida por el Sr. Director de Vías y Obras provinciales y aprobada por el Sr. Ingeniero Jefe de Obras púbicas de las ejecutadas en el camino vecinal nº 229 del kilómetro 1 al 11 de la carretera de A Cañiza a Arbo cuyo importe total asciende a treinta y dos mil seiscientas pesetas ochenta y siete céntimos correspondiente al mes de marzo último para la petición de fondos a la Mancomunidad de Diputaciones. ------ Folla: 50 20. Abono cuenta a D. Peregrino Paz. Declarar de abono al ebanista D. Peregrino Paz Vázquez, la cuenta importante ciento ochenta y cinco pesetas por un banco de madera de castaño con molduras y arreglo de un sillón de la Depositaría, librándose con cargo al capitulo 4º, articulo 2º del presupuesto vigente. ------ Folla: 50 21. Abono cuenta a D. Peregrino Paz (habi. Gobernador). Declarar de abono al expresado ebanista D. Peregrino Paz Vázquez, la cuenta importante ochenta y seis pesetas por reparación de sillones, sillas, arreglo de una mesa par ala Secretaría y de ventanas y puertas de las habitaciones particulares del Sr. Gobernador, librándose con cargo al capitulo 11, articulo 10º del presupuesto vigente. ------ Folla: 50 22. Manicomio. Ingreso de Francisco Cabade de A Estrada. Dispuesta por el Juzgado de 1ª instancia de A Estrada por auto de 25 de febrero último, la reclusión en un Manicomio del demente Francisco Cabada Otero, de 43 años de edad, soltero, natural y vecino de la parroquia de Rivela, de aquel término municipal, por hallarse perturbado y ser un loco agresivo con manía persecutoria y acreditada su pobreza y la de sus familiares; se acuerda decretar el ingreso en el Manicomio de Conjo, por cuenta de fondos provinciales, en cumplimiento de lo que determina el R.D. de 19 de mayo de 1885, debiendo por el Negociado de Beneficencia remitirse al Sr. Director de aquel Sanatorio copia del auto del Juzgado y filiación del interesado comunicando éste acuerdo al Sr. Alcalde de A Estrada para que disponga lo conveniente al traslado del demente al Manicomio. ------ Folla: 50 23. Abono derechos notariales al Sr. Castiñeiras, escrituras de hipoteca y adquisición de fincas. Declarar de abono al Notario de esta ciudad, D. Pedro Castiñeiras, las cuentas importantes 861 y 572 pesetas por derechos notariales de la escritura de constitución de hipoteca otorgada por esta Diputación en 25 de marzo último a favor de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad municipal de Vigo y de la otorgada en la misma fecha por D. Joaquín Becerra Malvar a favor de dicha Corporación por la venta de su finca de Salcedo, respectivamente, librándose ambas sumas en cuantía total de mil cuatrocientas treinta y tres pesetas con cargo al presupuesto extraordinario B. ------ Folla: 50 24. Abono cuenta a "Hijo S. Varela" (hab. Gobernador). Declarar de abono al Comerciante "Hijo de Saturnino Varela", la cuenta importante cuatrocientas sesenta y una pesetas setenta y cinco céntimos por una vajilla de cristal, loza y demás enseres de cocina para las habitaciones particulares del Sr. Gobernador, librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 1º del presupuesto vigente, ordenando a la Intervención que efectúe el suplemento de crédito necesario. ------ Folla: 50 25. Abono cuenta a D. Sebastián Santos (habt. Gobernador). Declarar de abono al industrial D. Sebastián Santos Riveiro, la cuenta importante ciento treinta y cinco pesetas veinte céntimos, por un serpentino titular, reparación de chimenea y arreglos en la batería de cocina de las habitaciones del Sr. Gobernador, librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 1º del presupuesto vigente ordenando a la Intervención que efectúe el suplemento de crédito necesario. ------ Folla: 50 26. Abono cuenta a D. Sebastián Santos (Secr. y hab.del Gobernador). Declarar de abono al expresado industrial, D. Sebastián Santos Riveiro, la cuenta importante veintiséis pesetas veinticinco céntimos por arreglo de la estufa de Secretaría, colocación de vidrios y reparación de caños de la claraboya de las habitaciones particulares del Sr. Gobernador, librándose con cargo al capitulo 11, articulo 10º del presupuesto vigente. ------ Folla: 50,51 27. "Congreso de la Viña". Designando Ponente al Sr. Sarmiento. Vista la comunicación del Sr. Presidente del Comité organizador del Congreso Internacional de la "Viña y el Vino" que habrá de celebrarse en Barcelona, solicitando de las Diputaciones y otras entidades oficiales la adhesión al Congreso y su colaboración para el estudio de vinos, enviando franco a Barcelona las muestras de los de esta provincia en sus diversas clases parra la completa y lucida presentación de la vicultura nacional, según lo requiere la gran importancia de ésta riqueza nuestra y los intereses de los productores de todas las comarcas vitícolas; se acuerda nombrar Ponente al Vocal de ésta Comisión, D. Guillermo Sarmiento Gil, para que proponga lo que estime pertinente, enviándole a tal efecto el escrito del Sr. Presidente del expresado Comité. ------ Folla: 51 28. "Exposición de Sevilla y Barcelona". Envío de objetos procedentes de la Beneficencia. Visto el oficio del Sr. Gobernador Civil Presidente de la Junta provincial de Beneficencia, interesando el envío a las exposiciones de Sevilla y Barcelona de maquetas de sus edificios, fotografías, Reglamentos, Memorias y todo cuanto pueda servir de ilustración y conocimiento de altruismo con que los bienechores de la Caridad se han pronunciado siempre en esta provincia; se acuerda que por los Diputados-Delegados, Sres. Borrás Monne y García Fernández, se indique lo que pueda remitirse. ------ Folla: 51 29. Declarando incurso en apremio a los morosos por cédulas de 1928. Ultimados en varios Ayuntamientos el período voluntario para la cobranza de cédulas personales del año de 1928, así como las prórrogas concedidas y debiendo estar terminada en plazo breve la recaudación de las mismas en toda la provincia; esta Comisión de conformidad con lo dispuesto en el articulo 34 de la Instrucción de 4 de noviembre de 1925 y lo establecido en el Estatuto provincial acuerda declarar que a partir del día en que han terminado o vayan terminado el período voluntario o las prórrogas concedidas queden incluso en el apremio y obligados a pagar su cédula con el recargo del 100% que señala el artículo 58 de la referida Instrucción todos los contribuyentes comprendidos en las relaciones de morosos, así como los que carezcan de ella, por no estar comprendidos en los padrones respectivos, haciéndose público éste acuerdo en el Boletín Oficial, para conocimiento de los interesados. ------ Folla: 51 30. Concediendo licencia para explotar cantera de la Repoblación en Moaña a D. Eduardo Martínez. Dada cuenta de instancia de D. Eduardo Martínez García del Ayuntamiento de Moaña, en súplica de que se le conceda autorización para explotar una cantera en el monte denominado "Cruz de Maceira" en terrenos dedicados a la Repoblación forestal y visto el informe emitido por el Sr. Ingeniero Director encargado de aquel servicio, se acuerda acceder a lo solicitado y autorizar al Sr. Martínez para la explotación de la cantera siempre y cuando se someta a las seis condiciones impuestas de que se da lectura, que constan en el expediente y que habrán de comunicarse al interesado y Alcaldía de Moaña. ------ Folla: 51 31. Ratificar ingreso en Inclusa de Mª C. Mac. Donal. Dispuesto por el Sr. Diputado - Delegado en el Gran Hospital de esta ciudad el ingreso definitivo en la Inclusa provincial la niña María del Carmen Mae Donal Ferrer, de un año de edad, que había sido ingresado provisionalmente en 23 de marzo último mientras su padre se hallaba hospitalizado y accediendo al ruego de que su hija continúe en la mencionada Inclusa para legalizar su situación social con la madre de la citada niña, de la que Dª Araceli Valverde se hace cargo, obligándose a satisfacer la cuenta de treinta pesetas mensuales en la Depositaría de esta Diputación en donde ingresó ya la primera mensualidad; se acuerda ratificar la orden dada por el expresado Sr. Diputado Delegado, y decretar el ingreso definitivo de la precitada niña en la Inclusa provincial, mientras tanto se satisfaga la pensión de referencia. ------ Folla: 51 32. Desestimando reclamaciones por cédulas de 1928 de los funcionarios de Aduanas de Vigo, Vilagarcía, Tui y Salvaterra. Dada cuenta con los antecedentes que las acompaña de las reclamaciones formuladas contra las cédulas personales que se le asignan en los padrones del año de 1928 de los Ayuntamientos en que figuran domiciliados los siguientes Señores que ejercen cargo en las oficinas de Aduanas fundándolas en que se ha padecido error de acumular al sueldo que disfrutan, la participación que pueda corresponderles en los derechos ??? de Aduanas. D. Juan Pérez de la Fuente, Administrador, D. Eduardo Otero Iglesias, D. Carlos de la Peña García, Dª. María Sánchez Villamartín, D. Francisco Fabrellas Ibarrota, D. José García Prieto, D. Vicente Freire Martiño, D. Timoteo Sesto Carrera, D . Francisco Rivas Martín, Manuel Gutiérrez Méndez, Antonio Ramón y Baron, D. Vicente Méndez Orbogozo, D. José Cuiñas Loureiro, D. César Vallariño Coullant, D. Pedro Rivas Gardiño, D. Antonio González Rodríguez, D. Leopoldo Rubín Martínez, D.Julio Alario Vaquero y D. Manuel Fernández Costas, afectos a la Aduana de Vigo, donde residen a excepción de D. Francisco Fabrellas que lo está en Lavadores. D. Enrique Lago Botana, D. Antonio Torres Pintos, D. José García Brabo y D. Carlos Rosch Suárez con destino en la de Vilagarcía. D. Francisco Custo Avila, D. Ramón Leirós Pereira y D. José Martínez Acuña, en servicio en la de Tui, y D. Félix Carrasco Verde, con destino en la de Salvaterra. Vistos los expedientes individuales de los reclamantes las disposiciones aplicables al caso, el Estatuto provincial y la Instrucción de 4 de noviembre de 1925. La Comisión por las consideraciones que constan en las mismas, acuerda desestimarlas. ------ Folla: 51 33. Estimando otra de D. Pastor Pombo, de Vilanova. Vista la comparecencia suscrita por D. Pastor Pombo Ferro de Vilanova y documentos que la acompañan sobre devolución de cantidad abonada de más por su cédula, la Comisión acuerda estimarla ordenando se devuelvan 23,50 ptas importe de la diferencia entre la cédula asignada y la de la tarifa 3ª, clase 13 que le corresponde a D. Pastor Pombo Ferro y clasificar a D. Pastor Pombo, padre, en la tarifa 1ª, clase 12ª del padrón de 1928. ------ Folla: 51,52 34. Desestimando otra de Rosa González, de Marcón. Vista la comparecencia de Dª. Manuela Souto, en nombre de Dª. Rosa González Baltasar de Marcón en Pontevedra, sobre la cédula que se le asignó la Comisión acuerda desestimarla declarando a dicha Sra. bien clasificada en el padrón. ------ Folla: 52 35. Devolución de diferencia de cédula a D. Sebastián Berdeal o anulación de la que se le asigna. Vista con antecedentes la comparecencia de Dª. Higinia Berdeal de Pontevedra en nombre de su hermano Sebastián. La Comisión acuerda estimar la solicitud debiendo procederse a la anulación de la cédula expedida por este Ayuntamiento por cuanto la residencia es Redondela, y ordenados la devolución de su importe de pesetas 32,50. ------ Folla: 52 36. Otra de D. Joaquín Pacheo, de Lérez sobre devolución de diferencia de cédula. Vista la comparecencia suscrita por D. Joaquín Pacheco Argibay, de Lérez en Pontevedra, pidiendo devolución de pago demás por su cédula, la Comisión acuerda acceder a lo solicitado, ordenando se le devuelvan de las (550 pesetas) importe de la diferencia entre la cédula asignada y la de la clase 13ª, tarifa 3ª que le corresponde. ------ Folla: 52 37. Devolución de diferencia de cédula a D. Eladio González de Pontevedra. Vista la comparecencia firmada por D. Eladio González Lusquiños de Pontevedra, sobre abono de lo pagado de más por su cédula; la Comisión acuerda estimar la solicitud, ordenando la devolución de 5,50 ptas diferencia entre la cédula de la tarifa 3ª, clase 13ª que le corresponde. ------ Folla: 52 38. Otra de D. José Valle de Pontevedra. Vista la comparecencia de D. José Valle Pinilla de Pontevedra, sobre devolución de cantidad abonada de más por su cédula; la Comisión acuerda estimar la solicitud ordenándose la devolución de 48 ptas 50 céntimos, diferencia entre la cédula aplicada y la de la tarifa 3ª, clase 13 que le corresponde. ------ Folla: 52 39. Otra de D. Carlos Godoy de Pontevedra. Vista la comparecencia suscrita por D. Carlos Godoy González, de Pontevedra, de condición Militar, la Comisión acuerda acceder a lo solicitado, ordenando la devolución de 7,50 ptas diferencia entre la cédula satisfecha y la de la tarifa 1ª, clase 15 con arreglo al articulo 43 de la Instrucción le corresponde. ------ Folla: 52 40. Estimando otra de D. Eugenio Graña de Marín. Vista la reclamación y antecedentes de D. Eugenio Graña Guimaráns, de Marín, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 10ª del padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción, la Comisión acuerda estimarla, clasificándolo en la tarifa 2ª, clase 12º. ------ Folla: 52 41. Otra de Dª. Francisca García Gorondo, de Vilagarcía. Vista la reclamación y antecedentes de Dª. Francisca García Gorondo, de Vilagarcía contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 8ª del padrón de 1928. La Comisión teniendo en cuenta lo preceptuado en el Estatuto e Instrucción, acuerda estimarla clasificándolo en la tarifa 3ª, clase 9ª. ------ Folla: 52 42. Desestimando otra de Don Manuel Hermida de Ponte Caldelas. Vista con antecedentes la reclamación de devolución del vecino de Cuiñas Ponte Caldelas, D. Manuel Hermida Cal clasificado en la tarifa 2º, clase 12ª del padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción, la Comisión acuerda no acceder a la devolución que solicita por estar clasificado en forma legal. ------ Folla: 52 43. Estimando en parte otra de D. José Silva, de Lalín. Vista con antecedentes la reclamación de D. José Silva Gómez de Lalín, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 12ª del padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción; la Comisión acuerda estimar en parte la reclamación, excluyendo del padrón al hijo y declarando bien clasificado al padre. ------ Folla: 52 44. Desestimando reclamación de D. Manuel Sánchez de A Cañiza. Vista la reclamación de D. Manuel Sánchez funcionario de Correos en A Cañiza contra su clasificación en el padrón de cédulas de 1928. Vistos el Estatuto, Instrucción y demás disposiciones; la Comisión acuerda desestimarla, declarando firme y subsistente la clasificación con que aparece. ------ Folla: 52 45. Desestimando reclamación de D. Domingo González, de A Cañiza. Vista con antecedentes la reclamación de D. Domingo González Troncoso, de Salvaterra, contra su clasificación en el padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción, la Comisión acuerda desestimarla y llamar la atención al interesado por los términos que respetuosos y corteses en que está redactada. ------ Folla: 52 46. Desestimando reclamación de D. Francisco González, de A Cañiza. Vista con antecedentes la reclamación de D. Francisco González Porto, de Salvaterra, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 10ª del padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción, la Comisión acuerda desestimarla. ------ Folla: 52 47. Desestimando reclamación de D. José Fernández de A Cañiza. Vista con antecedentes la reclamación de D. José Fernández Rodríguez, de Salvaterra, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 10ª del padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción, la Comisión acuerda desestimarla. ------ Folla: 52 48. Desestimando reclamación de D. Germán Alonso de A Cañiza. Vista con antecedentes la reclamación de D. Germán Alonso Fernández de Salvaterra, contra el padrón de 1928 y su anulación. Vistos el Estatuto e Instrucción apartado F, articulo 226 y el 42. La Comisión acuerda desestimar la reclamación. ------ Folla: 52 49. Estimando otra de D. José B. Doural de Lavadores. Dada cuenta de la reclamación de D. José Benito Doural Fernández de Lavadores, contra su clasificación en la tarifa 1ª, clase 12 del padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción. La Comisión acuerda estimarla en el sentido de modificar la clasificación, asignándole cédula de la tarifa 2ª, clase 13ª y ordenar al Recaudador la inclusión del hijo en el padrón con la clasificación que le corresponda a sus verdaderas circunstancias personales. ------ Folla: 52 50. Desestimando otra de D. Teodomiro Álvarez de Vigo. Vista la reclamación y antecedentes de D. Teodomiro Álvarez Veiga vecino de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 8ª del padrón de 1928. Vistos antecedentes el Estatuto y la Instrucción; la Comisión acuerda desestimarla. ------ Folla: 52 51. Desestimando otra de D. Francisco Mañá de Vigo. Vista la formulada por D. Francisco Mañá Segui; de Vigo contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 8ª del padrón de 1928. Vistos el Estatuto y la Instrucción y antecedentes. La Comisión acuerda desestimar la reclamación. ------ Folla: 52 52. Estimando otra de Don Enrique Pérez, de Vigo. Vista la interpuesta por D. Enrique Pérez Borrajo, vecino de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 6ª del padrón de 1928. Vistos además de antecedentes el Estatuto e Instrucción; la Comisión acuerda estimarla clasificándolo en la tarifa 1ª, clase 10ª que le corresponde. ------ Folla: 52,53 53. Devolviendo otra a D. Manuel López de Vigo. Vista y antecedentes la reclamación de D. Manuel López Rodríguez de Vigo, contra su clasificación en el padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción, la Comisión acuerda sea devuelta al Ayuntamiento para que se notifique al interesado que una vez recogida la cédula pueda remitirla en unión de la solicitud de devolución de la cantidad en que se crea perjudicado. ------ Folla: 53 54. Desestimando reclamación de cédula de D. Florencio Núñez, de Vigo. Dada cuenta de reclamación interpuesta por D. Florencio Núñez García, vecino de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 7ª del padrón de cédulas de 1928. Vistos además de los antecedentes el Estatuto e Instrucción, la Comisión acuerda desestimarla. ------ Folla: 53 55. Devolución de diferencia de cédula a Dª. Carmen Rodríguez, de Vigo. Vista la solicitud de devolución de Dª. Carmen Rodríguez Portela, de Vigo, clasificada en la tarifa 3ª, clase 8ª del padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción; la Comisión acuerda estimarla, ordenando la devolución de 47 ptas, diferencia entre la cédula satisfecha y la de la clase 12 que se le asigna. ------ Folla: 53 56. Desestimando reclamación de Don Manuel Ferreirós de Vigo. Vista la reclamación de D. Manuel Ferreirós Veiga de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 7ª del padrón de 1928. Vistos antecedentes, Instrucción y Estatuto, la Comisión acuerda desestimarla. ------ Folla: 53 57. Desestimando reclamación de Dª. Juana Lojo de Vigo. Vista la reclamación de Dª. Juana Lojo González de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 9ª del padrón de cédulas de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción y antecedentes; la Comisión acuerda desestimar esta reclamación. ------ Folla: 53 58. Desestimando reclamación de D. Ernesto Von Jess de Vigo. Vista y los antecedentes la interpuesta por Don Ernesto Von Jess, vecino de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 5ª del padrón de 1928. Vistos el Estatuto y la Instrucción; la Comisión acuerda desestimarla. ------ Folla: 53 59. Desestimando reclamación de D. Manuel Vázquez de Vigo. Vista y antecedentes la de Don Manuel Vázquez, clasificado en la tarifa 3ª, clase 5ª del padrón de cédulas de Vigo de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción; la Comisión acuerda desestimar esta reclamación. ------ Folla: 53 60. Variando la clasificación de D. Germán Novoa de Vigo. Vista la de D. Germán Novoa Barros, de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 8ª del padrón de 1928. Vistos antecedentes y el Estatuto e Instrucción la Comisión acuerda variar la clasificación señalándole cédula de la tarifa 1ª, clase 11ª de 40 pesetas. ------ Folla: 53 61. Estimando otra de D. José Mª Vázquez, de Vigo. Vista la reclamación de D. José María Vázquez Tato, vecino de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 9ª del padrón de cédulas de 1928. Vistos antecedentes, Estatuto e Instrucción. La Comisión acuerda estimarla, ordenando la clasificación en la tarifa 1ª, clase 13ª. ------ Folla: 53 62. Desestimando otra de D. Hipólito Reguenga de Vigo. Vista con antecedentes la interpuesta por D. Hipólito Reguenga Borrajo, vecino de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 6ª del padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción; la Comisión acuerda no acceder a lo solicitado, declarando al reclamante bien clasificado. ------ Folla: 53 63. Desestimando otra de D. Ramón González Sierra, de Vigo. Vista la solicitud de devolución que presenta D. Ramón González Sierra, de Vigo, que satisfizo cédula de la tarifa 1ª, clase 9ª con recargo de soltería. Vistos el Estatuto y la Instrucción y los antecedentes que la acompañan, la Comisión acuerda desestimar la reclamación. ------ Folla: 53 64. Devolución de diferencia de cédula a D. Maximiliano Vidales, de Vigo. Vista y sus antecedentes la solicitud de devolución formulada por D. Maximiliano Vidales Espinosa, vecino de Vigo por encontrar excesiva la cédula con que fue clasificada su madre D. Faustina en el padrón de de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción. La Comisión acuerda acceder a lo solicitado ordenando la devolución de 6850 ptas importe de la diferencia entre la cédula asignada y la de la tarifa 3ª, clase 13ª que le corresponde. ------ Folla: 53 65. Denegando reclamación de D. Emilio Taboada, de Vigo. Vista la reclamación y antecedentes de D. Emilio Taboada Diez, de Vigo, contra el padrón de cédulas de 1928, presentada fuera de plazo. Vistos el Estatuto e Instrucción. La Comisión acuerda no admitirla y manifestar al interesado que tan pronto como retire su cédula la remita con las obligaciones del caso y que será iniciado el expediente de devolución que se resolverá en su día. ------ Folla: 53 66. Desestimando otra de Indalecio Vázquez, de Vigo. Vista la reclamación de D. Indalecio Vázquez Rodríguez, de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 7ª, con recargo de soltería en el padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción. La Comisión acuerda desestimarla. ------ Folla: 53 67. Desestimando otra de D. Joaquín Yañez, de Vigo. Vista la reclamación de D. Joaquín Yañez Tapias vecino de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 3ª, del padrón de 1928. Vistos el Estatuto, Instrucción y antecedentes. La Comisión acuerda desestimarla. ------ Folla: 53 68. Desestimando otra de Dª. Juana Ferro, de Vigo. Vista y antecedentes la reclamación de Dª. Juana Ferro González, vecina de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 8ª del padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción. La Comisión acuerda desestimarla. ------ Folla: 53 69. Desestimando otra de Dª. Josefina Lema, de Vigo. Vista la interpuesta por Dª. Josefina Lema Rubido, de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 7ª del padrón de 1928. Vistos los antecedentes, el Estatuto e Instrucción; la Comisión acuerda desestimar la reclamación. ------ Folla: 53 70. Desestimando otra de D. Antonio García de Vigo. Vista con antecedentes la reclamación interpuesta por Don Antonio García Álvarez de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 1ª, clase 15 del padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción, la Comisión acuerda desestimarla. ------ Folla: 53 71. Estimando otra de Don Daniel Muñoz de Vigo. Vista la reclamación y antecedentes de D. Daniel Muñoz Palomero, contra la cédula con que fue clasificado en el padrón de Vigo de 1928 por hallarse acogido a los beneficios de subsidio a familias numerosas. Vistos el Estatuto e Instrucción. La Comisión acuerda estimarla clasificándole en la tarifa 1ª, clase 16 que marca el Real Decreto de 30 de diciembre de 1926. ------ Folla: 53 72. Estimando otra de Don Lucio Vargas, de Vigo. Vista con antecedentes la formulada por D. Lucio Vargas, vecino de Vigo, contra su inclusión en la clase 5ª de la tarifa 2ª, articulo 227 del Estatuto en el padrón de 1928. Vistos dicho Estatuto y la Instrucción. La Comisión acuerda estimar la reclamación, incluyéndole en la clase 8ª, de la misma tarifa 2ª y ordenando se provea de una cédula de 97,55 pesetas, sumando el recargo de soltería que a tal clase le corresponde. ------ Folla: 53,54 73. Desestimando otra de D. Tomás Varela de Vigo. Vista con antecedentes la reclamación formulada por D. Tomás Varela Plata, de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 1ª, clase 7ª del padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción. La Comisión acuerda desestimarla. ------ Folla: 54 74. Devolución de diferencia de cédula a D. Celestino Méndez de Vigo. Dado cuenta de expediente instruido a instancia de Don Celestino Méndez Campos, de Vigo, que satisfizo cédula de la tarifa 3ª, clase 9ª. Vistos el Estatuto e Instrucción. La Comisión acuerda acceder a lo solicitado ordenando la devolución de 28,50 pesetas, importe de la diferencia entre la cédula satisfecha y la de la tarifa 3ª, clase 13ª que le corresponde. ------ Folla: 54 75. Desestimando reclamación de D. Luis Bueno, de Vigo. Vista la reclamación interpuesta por D. Luis Bueno González de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 8ª con recargo de soltería padrón de 1928. Vistos antecedentes, Estatuto e Instrucción. La Comisión acuerda desestimarla. ------ Folla: 54 76. Desestimando reclamación de D. Andrés Caamaño de Vigo. Vista la formulada por D. Andrés Caamaño de Vigo contra su clasificación en el padrón de 1928, tarifa 3ª, clase 8ª. Vistos el Estatuto e Instrucción. La Comisión acuerda desestimar la reclamación. ------ Folla: 54 77. Estimando otra de D. Emilio Collazo, de Vigo. Vista la presentada por D. Emilio Collazo Otero, de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 2ª, clase 10ª del padrón de 1928. Vistos el Estatuto y la Instrucción, acuerda estimar la reclamación clasificándole en la tarifa 2ª, clase 11ª. ------ Folla: 54 78. Desestimando otra de D. Antonio Mediero de Vigo. Vista la formulada por D. Antonio Mediero Prado, de Vigo contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 9ª del padrón de 1928. Vistos el Estatuto e Instrucción. La Comisión acuerda desestimar la reclamación. ------ Folla: 54 79. Desestimando otra de D. Francisco Yañez de Vigo. Vista así bien la producida por D. Francisco Yañez Lagos, vecino de Vigo, contra su clasificación en la tarifa 3ª, clase 6ª del padrón de 1928. Vistos con sus antecedentes el Estatuto provincial e Instrucción de 4 de noviembre de 1925. La Comisión acuerda desestimar la reclamación. ------ Folla: 54 80. Desestimando otra de D. Ceferino Molina, de Lavadores. Vista la presentada por D. Ceferino Molina Couceiro, vecino de Lavadores, contra su clasificación en la tarifa de la clase 9ª, tarifa 3ª del padrón de 1928. Visto con antecedentes el Estatuto e Instrucción vigentes. La Comisión acuerda desestimar esta reclamación. Las precedentes resoluciones habrán de comunicarse a los respectivos Ayuntamientos para notificación a los reclamantes con la advertencia de que podrán alzarse para ante el Tribunal Económico Administrativo provincial en el plazo de quince días. Se levantó la sesión. ------

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