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Acta de sesión 1929/09/06_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.155/1.1929-09-06_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1929/09/06_Ordinaria

  • Data(s) 1929-09-06 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 109 1. Presidencia del Sr. La Sota Valdecilla con asistencia de los Vocales Señores Fraga Aguiar, Lois Vidal, Espinosa Orrea, Sarmiento Gil, Massó García y Pimentel Abeleira. Abierta la sesión a las doce horas de este día, se dio lectura al acta de la anterior, que fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial adoptó los acuerdos siguientes. ------ Folla: 109 2. Señalamiento de sesiones. Señalar los días de sesiones que han de tener lugar en el presente mes, las que además de la correspondiente al de la fecha, se celebrarán el 13 - 20 y 27. ------ Folla: 109 3. Distribución de fondos. Aprobar la distribución de fondos por capítulos en cuantía de 700.000 pesetas para satisfacer las obligaciones del mes actual. ------ Folla: 109 4. Padrones de cédulas de 1929. Aprobación de los de Meaño y O Rosal. Vistos los padrones de cédulas personales para el año de 1929 actual formados para los Ayuntamientos de Meaño y O Rosal, con arreglo a las disposiciones vigentes y a la circular de esta Presidencia inserta en el B.O. de la provincia de 30 de junio de 1927, así como los informes del Negociado de Hacienda de esta Diputación en que se hace constar que la clasificación de los empadronados está hecha con arreglo a los preceptos que rigen en esta materia, se acuerda aprobarlos y devolverlos a los Ayuntamientos de su procedencia para su exposición al público en cumplimiento de lo que establece el articulo 27 de la Instrucción de 4 de noviembre de 1925, remitiendo después de fenecido el plazo de exposición certificación del acuerdo de haberlo hecho y resumen general de los mismos. ------ Folla: 109 5. Devolución de 100 ptas al Ayuntamiento de Crecente ingresadas de más para cédulas de 1928. Dado cuenta de oficio de la Alcaldía de Crecente solicitando la devolución de cien pesetas ingresadas de más por el importe del padrón de cédulas de 1928. Vistos los informes de la sección de éste servicio y de la Intervención de fondos de los que resulta el citado saldo a su favor, por este concepto, se acuerda de conformidad con los mismos acceder a lo solicitado y ordenar sea devuelta la expresada suma a aquel Ayuntamiento con cargo al capitulo 1º, articulo 119 del vigente presupuesto. ------ Folla: 109 6. Adquisición de una Copa premio para el tiro Nacional en Vigo. Visto el escrito del Sr. Presidente de la Representación provincial del Tiro Nacional en Vigo, solicitando la cooperación y apoyo de éste organismo y la remisión de un objeto para premios en la tirada de honor que tendrá lugar en los días del 7 al 13 del corriente en el Polígono de Puxeiros, se acuerda la adquisición de una copia como premio con destino a dicho concurso. ------ Folla: 109 7. Asamblea de Diputaciones en Sevilla. Dado cuenta del atento escrito del Excmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Sevilla dirigido a esta presidencia participando la próxima celebración en el mes de octubre de la 3ª asamblea de las Diputaciones provinciales Españolas e invitando con ese objeto a este organismo, se acuerda quedar enterada con satisfacción, esperando hacer la designación de los Vocales que en su día habrán de concurrir a dicha Asamblea. ------ Folla: 109 8. Devolución o abono de un recibo de un folleto. Declarar de abono al Sr. Presidente de esta Diputación el recibo importante diez pesetas libre de todo descuento por ejemplares del folleto "A Concepción Arenal" editado por Margarita Ceclere, de Palma de Mallorca, librándose dicha suma contra el capitulo 10º, articulo 5º de la parte de gastos del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 109 9. Abono a D. Manuel Ramos viajes automóviles al Hospital en Agosto. Declarar de abono al industrial D. Manuel Ramos, la cuenta importante cuarenta y siete pesetas sesenta céntimos por 17 viajes de automóviles al Hospital provincial durante el mes de agosto último a razón de 2,80 pesetas uno, según contrato, librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 11 del presupuesto vigente en su parte de gastos. ------ Folla: 109,110 10. Abono a D. Manuel Ramos de la Diputación en viajes automóviles. Declarar de abono al expresado industrial, D. Manuel Ramos, la cuenta importante mil trescientas treinta y dos pesetas cuarenta y seis céntimos por alquiler de automóviles en el mes de agosto último, según factura detallada, librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 11 del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 110 11. Abono fluido a la Eléctrica en Agosto. Declarar de abono a la Empresa "Eléctrica de Pontevedra - Marín, S.A.", las cuentas importantes 98,34 y 81,80 pesetas por fluido para el alumbrado de este Palacio en el mes de agosto último la 1ª y la 2ª por el extraordinario de la fachada del edificio en los días 12 y 16 del mismo mes, debiendo satisfacerse ambas sumas, en cuantía total de ciento ochenta pesetas catorce céntimos, con cargo al capitulo 1º, articulo 11 de la parte de gastos del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 110 12. "Cédulas personales". Que se expidan las que interesa Ponte Caldelas. Visto el oficio de la Alcaldía de Ponte Caldelas en súplica de que le sean expedidas a los vecinos de aquel término que relacionan en el mismo las cédulas que a cada uno les corresponda, por las circunstancias de haberse hallado ausentes en el extranjero al confeccionar el padrón. La Comisión acuerda que por la sección de cédulas se comunique a aquella Alcaldía que sean expedidas las cédulas que figuran en dicho oficio y las demás que se soliciten y que se hallen dentro del mismo caso, previa la correspondiente hoja declaratoria que presenten, haciéndose extensiva esta resolución a los demás Ayuntamientos que lo interesen y se encuentren en los mismos casos. ------ Folla: 110 13. Abono importe arca de caudales para la Caja de Ahorros. Declarar de abono a D. Leoncio Feijóo Mantilla la cantidad de tres mil setecientas ochenta pesetas importe de una caja de caudales adquirida para la caja provincial de Ahorros, que se satisfarán libras de todo descuento con cargo al capitulo 8º, capitulo 11 del presupuesto provincial en su parte de gastos ordenando a la Intervención que suplemente dicho crédito en la cantidad necesaria. ------ Folla: 110 14. Abono cuenta acarreos de efectos para dicha Caja. (aclarado en 20 de septiembre). Declarar de abono al Depositario de fondos provinciales para que lo haga a sus perceptores, cuatrocientas noventa y tres pesetas con ochenta y siete céntimos importe de carreos y portes de archivadores y arca de caudales con destino a la Caja provincial de Ahorros que se satisfarán con cargo al articulo 11, capitulo 1º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 110 15. Abono cuenta de archivadores y sus bases para la misma Caja. Declarar de abono al Depositario provincial la cantidad de mil ochocientas treinta pesetas libres de todo descuento del giro puesto en circulación por "Venancio Guillamet" de Barcelona, con ven cimiento al 27 del corriente mes a que ascienden los dos archivadores y sus bases con destino a la Caja de Ahorros provincial, debiendo librarse con cargo al articulo 8 del capitulo 11 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente ordenando a la Intervención que suplemente éste crédito en la cantidad necesaria. ------ Folla: 110 16. Abono importe muebles alquilados a la Casa "Loscertales". Declarar de abono al establecimiento de Muebles "Loscertales", domiciliado en Vigo, la factura justificada intervenida por el Sr. Arquitecto provincial importante mil pesetas por alquiler de mobiliario, transporte en ferrocarril y tela utilizados en este Palacio con motivo de la estancia en esta capital del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Ministros, debiendo librarse dicha suma con cargo a la consignación que existe en el capitulo 8º, articulo único del vigente presupuesto en su parte de gastos. ------ Folla: 110 17. Aprobación de nomina a dietas en inspección de caminos en Agosto. Prestar aprobación a la nómina de dietas devengadas por el Sr. Director de Vías y Obras provinciales en la inspección de caminos vecinales subvencionados por el Estado correspondientes al mes de agosto último que asciende a setecientas ochenta y siete pesetas cincuenta céntimos, debiendo pasarla al funcionario devengado por esta Comisión en 26 de agosto de 1927, para que se haga cargo del importe del libramiento que será expedido con cargo al capitulo 11, articulo 2º de la parte de gastos del presupuesto en vigor. ------ Folla: 110 18. Abono gastos locomoción de inspección caminos en Agosto. Declarar de abono al Director de Vías y Obras de esta Diputación la cuenta importante setecientas cincuenta y seis pesetas veintiocho céntimos, por gastos de locomoción en el mes de agosto último en la inspección de caminos provinciales y vecinales, librándose dicha suma con cargo al presupuesto vigente en su capitulo 11, articulo 1º de su parte de gastos. ------ Folla: 110 19. Abono gastos conservación de caminos vecinales del cuatrimestre de mayo a agosto. Declarar de abono al Sr. Director de Vías y Obras de esta Diputación, la cuenta justificada de conservación de caminos vecinales durante el cuatrimestre de mayo a agosto del corriente año, cuyo importe total de 12.953,01 y líquido de 12.843,40 pesetas habrá de librarse contra la consignación que existe en el capitulo 11, articulo 3º de la parte de gastos del presupuesto provincial en ejercicio. ------ Folla: 110 20. Abono gastos conservación de caminos provinciales en Agosto. Declarar de abono al expresado Director de Vías y Obras provinciales la cuenta justificada de conservación de caminos provinciales correspondiente al mes de Agosto próximo pasado, importante mil ciento veintiséis pesetas dos céntimos, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que existe en el articulo 5º, capitulo 11 de la parte de gastos del vigente presupuesto. ------ Folla: 110 21. Abono gastos ayudante dietas inspección caminos vecinales en Agosto. Declarar de abono al Ayudante de Vías y Obras provinciales D. Gerardo Vázquez la nómina correspondiente a las dietas devengadas en la inspección de caminos vecinales subvencionados por el Estado durante el mes de agosto último, debiendo librarse su importe de cuatrocientas ochenta pesetas con cargo a la consignación del capitulo 11, articulo 1º de la parte de gastos del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 110 22. Devolución de 6,60 ptas al Ayuntamiento de Campo Lameiro por cédulas. Dado cuenta de escrito del Ayuntamiento de Campo Lameiro solicitando la devolución de 6,60 pesetas ingresadas por error de más al rendir la cuenta del período voluntario de las cédulas personales de aquel Ayuntamiento, correspondientes a 1.928. Visto el informe del servicio de cédulas personales del que resulta probado dicho error, se acuerda ordenar sea devuelta dicha suma al expresado Ayuntamiento, librándose contra la consignación del capitulo 1º, articulo 19 del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 110 23. Cédulas personales de 1928. Aprobación de liquidaciones de Mondariz-Balneario, Cuntis, Poio y Campo Lameiro. Vistos los expedientes de liquidación de las cuentas de recaudación del impuesto sobre cédulas personales del año de 1928, que rinden los Ayuntamientos de Mondariz Balneario, Cuntis y Poio por el período voluntario y el de Campo Lameiro por el ejecutivo y resultando de su examen que las partidas que los integran se hallan debidamente justificadas; esta Comisión acuerda prestarles su aprobación quedando definitivamente saldadas dichas cuentas comunicándolo así a la Intervención con devolución de los antecedentes a los efectos procedentes. ------ Folla: 111 24. Repoblación forestal. Abono gratificaciones por extinción de fuego en montes. Vistos los oficios del Sr. Ingeniero Director del servicio de Repoblación Forestal de esta Diputación fecha de ayer por los que participa el fuego ocurrido en los montes repoblados uno "Rega dos Agros" de la parroquia de Combarro, del distrito de Poio, próximo al 2º perímetro de la 1ª sección de la IX zona y el de Silveiro Catadoiro y Fragadouro del 3º perímetro de la 2ª sección de la IX zona del Distrito de Xeve el 24 de agosto último, proponiendo a la vez se gratifique a los vecinos, cuyos nombres se indicase en dichos escritos por su diligencia en concurso a la extinción de los mismos; la Comisión acuerda dar las más expresadas gracias al público en general y de conformidad con lo propuesto, gratificar a cada uno de los ochenta vecinos del Distrito de Poio, que se relacionan con tres pesetas y con igual cantidad a los treinta y ocho del de Xeve por los servicios a este fin prestados, debiendo abonarse el total importe que asciende a trescientas cincuenta y cuatro pesetas, con cargo a la cuenta general de gastos de dicha Repoblación que habrá de rendirse y facultando a aquella Dirección para el pago a los perceptores de tales gratificaciones. ------ Folla: 111 25. "Asilo de Pontevedra". Abono de estancias en Agosto. Declarar de abono a la Sra. Superiora del Asilo de Hermanitas de los ancianos desamparados de Pontevedra, las cuentas importantes dos mil trescientas setenta y dos pesetas cincuenta céntimos, por estancias de ancianos en aquel establecimiento durante el mes de agosto último, librándose dicha suma con cargo al capitulo 8º, articulo 4º de la parte de gastos del vigente presupuesto. ------ Folla: 111 26. "Cédulas personales". Que se varíen las clasificaciones del padrón de As Neves. Dada cuenta de la reclamación formulada por la Alcaldía de As Neves, por la que interesa sean variadas las clasificaciones que se han hecho figurar en el padrón de cédulas de 1928 de aquel Ayuntamiento tomando como base al computar las contribuciones los líquidos imponibles que constan en el repartimiento en lugar de las cuotas del Tesoro según está establecido. Visto lo informado por el servicio de cédulas personales, la Comisión de conformidad con el mismo acuerda acceder a lo solicitado, ordenando sean variadas dichas clasificaciones que por el motivo expuesto están mal practicadas. ------ Folla: 111 27. "Cédulas personales". Que no puede condonarse la multa a morosos del Ayuntamiento de Arbo. Vista la solicitud de la Alcaldía de Arbo suplicando sea condonada la multa o recargo en que han incurrido los morosos por cédulas personales del ejercicio de 1927 de aquel Ayuntamiento. visto lo informado por el servicio de cédulas; la Comisión acuerda comunicar a dicha Alcaldía que no es posible acceder a lo que interesa por no haber fundamento legal en que apoyar tal pretensión. ------ Folla: 111 28. Resolución sobre personal de la oficina de cédulas. Visto así bien el escrito del servicio de cédulas que quedó sobre la Mesa en sesión del 23 de agosto, y por el que se propone que D. Eduardo Torres del Valle pase a formar parte de la plantilla del personal afecto a aquella dependencia, la Comisión acuerda no resolver acerca del particular y por lo tanto debe continuar con el mismo cargo que actualmente desempeña; y en cuanto al auxiliar que se propone para la citada oficina en dicho escrito que se haga la propuesta en la misma forma que establece el acuerdo adoptado en esta sesión. ------ Folla: 111 29. "Cédulas personales". Formación de propuestas para designación de personal. Comunicar al servicio de cédulas de esta Diputación para su cumplimiento lo siguiente. Que todas las propuestas de personal que se hagan por el servicio de cédulas a este organismo se incluya una relación con los nombres de las personas que puedan desempeñar el cargo, en cuya lista figurarán como mínimo tres, por si esta Comisión encuentra en alguno de ellos méritos bastantes para hacer la designación en la forma que estime conveniente y siempre con el carácter de temporero. ------ Folla: 111 30. "Cédulas personales". Que se comuniquen las necesidades respecto a personal. Que por el Servicio de cédulas se ponga en conocimiento de ésta Comisión las necesidades que respecto a personal se sientan en aquella dependencia para el desarrollo del cometido que les está encomendado y conocer toda la estructuración de la oficina en su máximo desarrollo. ------ Folla: 111,112 31. Gran Hospital. Suplica al Sr. Arzobispo para que deje sin efecto acuerdo relativo al mismo. Dada cuenta de la comunicación del Sr. Diputado Delegado del Hospital provincial de Pontevedra, fecha de hoy, trasladando otra del Excmo. Señor Arzobispo de esta Diócesis, dirigida al Sr. Capellán del Establecimiento, por la que se le ordena que, en lo sucesivo, los niños que marcan en dicha casa benéfica sean bautizados en la parroquial de Mourente por estar enclavado su edificio y el de las Hermanitas de los ancianos desamparados en dicha parroquia, correspondiendo por lo tanto la jurisdicción eclesiástica al Rector de la misma y no al de San Bartolomé de Pontevedra, como hasta aquí vino ejerciéndola. Esta Comisión antes de dar cumplimiento como era su deseo al mandato del Señor Prelado, se cree en el caso a vía de ruego de hacerle presente algunas consideraciones por sí dignándose tenerlas en cuenta, juzga dentro de su elevado criterio, que ellas pueden determinar una modificación en su resolución. El Hospital provincial que hoy rige exclusivamente esta Diputación y no los "Hermanos Hospitalarios de San Juan de Dios", como en la aludida comunicación se afirma sin duda por equivocación esta hoy situado en el casco de la capital, como lo está la Casa Asilo desde que fue demolido el antiguo edificio de "San Juan de Dios" aunque por razón de la demarcación eclesiástica pertenezca a la parroquia de Mourente. Para todos los efectos eclesiásticos, esta Diputación y al igual el Ayuntamiento de Pontevedra hasta la fecha en que rigió la administración de aquel establecimiento vino extendiéndose con la parroquial de San Bartolomé por ser la más próxima y llegar la demarcación de esta casi a aquel lugar y tanto es así que las inhumaciones por considerarse un barrio de Pontevedra vienen realizándose en el cementerio general de la misma ciudad. Aparte de que esta disposición, si tuviera que cumplirse originaría perjuicios irreparables en la marcha y buena organización del establecimiento los gastos serían más costoso, puesto que dejarían también de hacerse los enterramientos en el cementerio de esta ciudad y habría que verificarlos en el de Mourente, que debe de carecer de terreno suficiente para ello por tratarse de un cementerio parroquial y estar distante unos cuatro kilómetros de Pontevedra. Existen otra enfermedad de consideraciones que pudieran alegarse, pero a la vista salta que, considerando el emplazamiento del Hospital parte de una barriada del centro de esta capital, ocasionaría graves trastornos al régimen del establecimiento el que llegasen a hacerse los bautizos y enterramientos en un punto tan distante, aparte de que como estos actos no merman ni aumentan en nada los derechos del Sr. Párroco de Mourente, y aun le impondrían el sacrificio de tener que asistir a los que en aquel establecimiento vienen realizándose por el capellán afecto al mismo, abandonando los servicios sagrados de su Ministerio en una parroquia tan discriminada como lo es la repetida de Mourente, no parece que se hubiera de lograr con dicha resolución beneficio alguno y si en cambio perturbaciones evitables. Por todo lo cual se acuerda, con el mayor de los respetos, rogar al Excmo. Sr. Arzobispo de esta Diócesis, se digne atender las consideraciones apuntadas y, si las encuentra atinentes y ajustadas a un espíritu de equidad, se sirva disponer se deje sin efecto lo mandado al Capellán del Gran Hospital de Pontevedra esperanza que esta Corporación confía vez confirmada en virtud e las alegaciones expuestas. Con ello se evitaría que los servicios encomendados a esta Diputación sufrieran un grave detrimento en la organización de los mismos y esta Comisión se permite exponer respectivamente a V.E. que el medio más eficaz, dado el gran número de nacimientos que tienen lugar en este Hospital sería la autorización de una Pila Bautismal en la capilla de dicho establecimiento para uso solamente de los que en el mismo vengan a la vida. Se levantó la sesión. ------

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