ATOPO
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Acta de sesión 1929/10/25_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.155/1.1929-10-25_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1929/10/25_Ordinaria

  • Data(s) 1929-10-25 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 127 1. Presidencia del Sr. Lois Vidal con asistencia de los Vocales Señores Espinosa Orrea, Sarmiento Gil, Massó García y Pimentel Abelaira. Abierta la sesión a las doce horas de este día, se dio lectura al acta de la anterior, que fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial adoptó los acuerdos siguientes. ------ Folla: 127 2. Cédulas personales: aprobación de padrones de Tui y Moraña. Vistos los padrones de cédulas personales para el año corriente de 1929, formados por los Ayuntamientos de Tui y Moraña con arreglo a las disposiciones vigentes y circular de esta presidencia inserta en el B.O. de 30 de junio de 1927 así como los informes del Negociado encargado de este servicio, en el que se hace constar que la clasificación de los empadronados está hecha con arreglo a los preceptos legales que rigen en la materia; se acuerda prestarles aprobación y devolverlos a los Ayuntamientos de su procedencia para su exposición al público, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 27 de la Instrucción de 4 de Noviembre de 1925 remitiéndolo después de fenecido el plazo de exposición certificaciones del acuerdo de haber tenido efecto y el resumen general de los mismos. ------ Folla: 127 3. Autorizando prácticas al Abogado Sr. L. de Castro y García. Acceder a lo solicitado por el Abogado de esta ciudad D. Celestino López de Castro y García, para hacer prácticas en las Dependencias de esta Diputación bajo la dirección del Secretario de este organismo, comunicándolo así al interesado. ------ Folla: 127 4. Pidiendo Medalla del Trabajo para el Notario de Santiago, D. Jesús Fernández. El Ayuntamiento de Santiago de Compostela rindiendo culto a los merecimientos extraordinarios que concurren en el Notario público de aquella ciudad, D. Jesús Fernández Suárez, acordó solicitar del Gobierno de S.M. la concesión de una preciada distinción "La Medalla del Trabajo" - Homenaje justinino que rinde una hidalga ciudad a un hombre como D. Jesús Fernández Álvarez, quien durante cincuenta años desempeña su cargo, consagrándole todos sus desvelos, su excepcional actividad e inteligencia y haciendo de su profesión un verdadero sacerdocio - Por ello el Ayuntamiento de Santiago solicitando la honrosa condecoración quiere responder al intadiable ciudadano. Haciendo suya esta idea el municipio de esta capital acordó adherirse a la petición del de Compostela, honrando con ello a uno de sus esclarecidos hombres, ya que Don Jesús Fernández Suárez vió la luz en Pontevedra. No podía menos esta Corporación provincial de hacerse eco de estas manifestaciones y por ello acuerda por unanimidad acoger la petición del Ayuntamiento Compostelano e impetrar del Gobierno de S.M. la concesión de la "Medalla del Trabajo" para Don Jesús Fernández Suárez, hijo de esta ciudad, a la que conserva un entrañable cariño. ------ Folla: 127 5. Aumento de indemnización por dietas a D. Celso Castuera. Nombrado en 21 de septiembre de 1928, D. Celso Castuera Gorraiz para el cargo de Delineante Auxiliar de la Jefatura de Montes del servicio de Repoblación forestal de esta Diputación, con el sueldo de cuatro mil pesetas anuales y dietas de mil, se observa que para cumplir servicios que el Jefe Director de esta Dependencia le encomienda los gastos que indispensablemente tiene que realizar exceden a la indemnización que existe por razón de tales dietas y a fin de no causar perjuicio y de equipararlo a los demás funcionarios de montes; la Comisión provincial acuerda aumentar dos mil pesetas a las mil que ya disfrutaba de dietas, sumando tres mil que por éste concepto percibirá el Sr. Castuera debiendo satisfacérsela desde primero del corriente mes, o sea en la primera nómina que firme, con cargo a la cuenta general de dicha repoblación forestal. ------ Folla: 127,128 6. Interesando de Ayuntamientos nota de cantidades para reparaciones de Escuelas. Interesar de los Ayuntamientos de la provincia participen a este Organismo las cantidades que juzguen necesarias para construcción o terminación de edificios escolares y reparaciones de los actuales que se consideren más urgentes a fin de tenerlas en cuenta para la distribución que en su día haya de hacer esta Comisión de las consignadas en presupuesto para estos menesteres. ------ Folla: 128 7. Caminos vecinales. Variación de denominación en el Plan. De conformidad con lo propuesto por la Dirección de Vías y Obras provinciales en oficio de 10 del actual de que se dio cuenta en la sesión anterior, se acuerda abrir información pública durante el plazo de quince días para oír reclamaciones de los pueblos interesados acerca de la variación y traza y denominación de los caminos vecinales razones técnicas y conveniencias locales. Relación de los caminos que sufren variación en el plan de caminos vecinales. Número 12. De Beluso en la carretera de Bueu a Cangas, por cerca de la Iglesia de Bueu, cruza la carretera de Pontevedra a Cangas, en Portela, Iglesia de Coiro y enlaza en la carretera de Vilaboa a Cangas, en Tirano, debe denominarse: "número 12. De la playa de Lagos, por Beluso, en la carretera de Bueu a Cangas, por la capilla de San Mamed", cruza la carretera de Pontevedra a Cangas en Portela, Iglesia de Coiro y enlaza en la carretera de Marín al Con, en Tirán". Número 51. De Barcia a Mera, camino vecinal nº 314 a la carretera de Portela a Moscoso por Sabaxanes y Gargamala, debe denominarse: "número 51 - De Covelo Por Barcia de Mera c.v. número 314 a la carretera de Portela a Mosocos, por Sabaxanes y Gargamala". Número 54. De la carretera de Villacastín a Vigo en Lamosa, por Prado de Canda, Franqueira Batallanas al c.v. de Queimadelos a Rubiós, debe denominarse "número 51. De la carretera de Portela a Salvaterra, por Batallanes, Franqueira, Prado de Canda a Lamosa, en la carretera de Villacastín a Vigo". Número 57. De Ameijeiras, cruzando la carretera de Puente Poldras a Pontevedra, a la carretera de Salvaterra a Filgueira, entre Angudes y Rebordechan, debe denominarse: "número 57 - De Ameijeiras, cruzando la carretera de Salvaterra a Figueira en Quintela, pasando por Crecente". Número 112. De Brantega por Canuega a Puente Carmoega, debe denominarse "Del kilómetro 9, de la carretera de A Golada a Betanzos por Berredo a Puente Carmoega". Número 139. De la carretera de Puente Bora, al límite por Covelo y Barcia del Seixo, a la misma carretera, debe denominarse "Nº 139 - De la carretera de Puente Bora al límite en Antas por Covelo, Cateira, Pelete al kilómetro 34 de la misma carretera". Número 147. De la carretera de Villacastín a Vigo en Calvario, por Caride a la de Pontevedra a Camposancos en los caños debe denominarse: número 147. De la carretera de Villacastín a Vigo, en Calvario a la de Pontevedra a Camposancos, en los caños y al Santuario de la Guia". Número 189. De la carretera de Pontevedra a Camposancos por Bértola, Tomeza a la carretera de circunvalación, debe denominarse: "De la carretera de Pontevedra a Camposancos, kilómetro 1º, por el Marco, carretera de circunvalación Tomeza Bértola, al kilómetro 6 de la misma carretera, con rampa a la Iglesia de Tomeza". Número 206. Del kilómetro 629, kilómetro 5 de la carretera de Villacastín a Vigo por Celeiros a la parroquia de Guillade debe denominarse: número 206 - De Ponteareas por Celeiro a Guillade, con ramal desde el kilómetro 629, hectómetro 5, de la carretera de Villacastín a Vigo a Celeiros". Número 239. De Lamela, en la carretera de Ourense a Santiago, por Cerveña, Moalde, Escuadro a Grava, debe denominarse: "número 239 - de Bandeira en la carretera de Ourense a Santiago por Escuadro a Grava, con rampa a Moalde". ------ Folla: 128 8. Comunicando la situación del personal a la Junta clasificadora de destinos públicos. Dada cuenta de la comunicación del Excmo. Sr. General Presidente de la Junta Clasificadora de aspirantes a destinos públicos transcrita por el Sr. Gobernador en 18 del corriente en la que se interesa relación del personal de esta Diputación, según previene el articulo 48 del Reglamento de 6 de febrero de 1928, la Comisión acuerda manifestar a dicho Sr. Gobernador por si tiene a bien comunicarlo a la Superioridad, las circunstancias que desarrolladas en forma son el reflejo de la situación verdad de los empleados de esta Diputación en sus diferentes servicios: Vías y Obras - Desde que fue nombrado en Agosto de 1926 un peón caminero para carretera provincial no se hizo nombramiento alguno y en caminos vecinales como no hay peones ni obreros fijos, no procede enviar relación. Repoblación forestal: Cuando se apruebe el Reglamento de Guardería y se conozcan las plazas que deben crearse para vigilancia de los montes, se pondrá en conocimiento de la Junta, para su provisión. Hacienda: Actualmente funciona esta oficina para cumplir los servicios de cédulas en los municipios que no confeccionan el padrón, aspirando llegar a formar y cobrar todos los de la provincia. La Caja de Ahorros provincial. Está pendiente que por la Superioridad se apruebe el Reglamento y de que se la dote de elementos propios para desarrollar su misión y la recaudación de contribuciones todavía no fue resuelto por el centro respectivo la instancia elevada al Sr. Ministro de Hacienda. Cuando se cumplan estos servicios y se conozca su desarrollo debe anunciarse la provisión de las plazas con arreglo a las disposiciones vigentes, y mientras tanto interesar del Sr. Gobernador demoren la petición de las relaciones para conocer el máximo desarrollo de los servicios que habrán de establecerse. ------ Folla: 128 9. Cédulas. Cobro a morosos de Vigo y Lavadores designación de agentes. Visto el informe de la Jefatura del Servicio de cédulas personales proponiendo se de comienzo por los agentes afectos a la cobranza por vía de apremio de las cédulas de morosos correspondientes al año d 1928 en los Ayuntamientos de Vigo y Lavadores, se acuerda de conformidad con el mismo que los agentes D. Eduardo Torres del Valle y Don Eduardo Tobio Mosquera, procedan en nombre de esta Corporación a la citada cobranza que se publique este acuerdo en el Boletín Oficial para conocimiento de los interesados y que se notifique a las respectivas alcaldías a los efectos legales y trasládese esta resolución a aquella Dependencia para ejecución de lo acordado. ------ Folla: 129 10. "Cédulas". Variando clasificación a individuos de Tomiño. De conformidad con lo propuesto por el Jefe del servicio de cédulas personales de esta Diputación, se acuerda en consonancia con lo dispuesto en el articulo 6º de la Instrucción, variar las clasificaciones asignadas a los Sres. Adolfo Ferro, Avelino Álvarez, Joaquín Grande, Modesto Gago, Julio Otero y Ricardo Alonso que figuran en el padrón de cédulas de 1929 del Ayuntamiento de Tomiño y que por dicha Jefatura, se notifiquen tales variaciones a los interesados, a los efectos oportunos, haciéndolas a su vez constar en el padrón respectivo. ------ Folla: 129 11. Liquidación cédulas de 1927 y 1928. Aprobación de las de Soutomaior y Covelo. Vistos los expedientes de liquidación del impuesto de cédulas personales del año 1927 del Ayuntamiento de Soutomaior y del de 1928 del de Covelo, ambas por el período ejecutivo, y resultando de su examen que las partidas que los integran se hallan debidamente justificadas, esta Comisión de conformidad con lo informado por el encargado de este servicio, acuerda prestarles su aprobación, quedando definitivamente saldadas, comunicándolo así a la Intervención de fondos con devolución de los antecedentes a los efectos procedentes. ------ Folla: 129 12. Abono dietas gastos del Tribunal de Becas de Pintura y Escultura. Vista la cuenta presentada por el Secretario de esta organismo, de los gastos ocasionados por el Tribunal de Becas para Pintura y Escultura al hacer el examen y exposición de trabajos para otorgar las pensiones, importante seiscientas cinco pesetas noventa y cinco céntimos y resultando que dicho Sr. percibió para éste menester, según acuerdo de esta comisión 452, a medio de libramiento número 719, de 25 de septiembre último, apareciendo un déficit para su total reintegro de pesetas ciento cincuenta y tres con noventa y cinco céntimos, se acuerda a la vez que se presta su aprobación formalizada y declararle de abono dicha diferencia con cargo a la consignación del capitulo 10, articulo 1º de la parte de gastos del vigente presupuesto, suplementada en dicha diferencia. ------ Folla: 129 13. Devolución fianza a D. Bernardo Mondria, listas electorales. Habiendo transcurrido con exceso el plazo anunciado en el B.O. de 9 del actual para oír reclamaciones a fin de devolver la fianza que había prestado D. Bernardo Mondria Sánchez a responder de la impresión y tirada de las últimas listas electorales de la provincia, sin que se presentase ninguna. Visto el informe del Negociado se acuerda que por Depositaría se devuelva a dicho Sr. o a su apoderado las setecientas treinta y cinco pesetas que existen depositadas en aquella Caja a responder del mismo, una vez ha cumplido su contrato. ------ Folla: 129 14. Variación de cédula a D. Benigno Saavedra de Vilagarcía. Vista la reclamación formulada por D. Benigno Saavedra Rua, vecino de Vilagarcía, contra el padrón de dicho Ayuntamiento y año actual contra el error padecido al clasificársele, por haber tomado para ello base distinta de la verdadera. Vistos el Estatuto e Instrucción vigentes, la Comisión acuerda acceder a la pretensión señalándosele la de la tarifa 3ª, clase 9ª de 30 pesetas por estar ajustada a los preceptos de la Instrucción. ------ Folla: 129 15. "Manicomio". Abono estancias de Peregrino Maquieira. Declarar de abono las estancias que devengue en el Manicomio de Conjo, por cuenta de fondos provinciales del demente pobre, Peregrino Maquieira Rodiño, casado, natural y vecino de S. Salvador de Meis, Ayuntamiento de Meis, por haberse justificado su pobreza y la de sus familiares comunicándolo así al Director de dicho Establecimiento para que se carguen en la cuenta mensual de esta Diputación las que devengue a partir de esta fecha y a la esposa del enfermo Carolina Rodríguez Abal, para que deje de satisfacerlas. ------ Folla: 129 16. Manicomio. Ingreso de María González - Vigo y Diego Suárez - Vilagarcía. Decretar el ingreso en el Manicomio de Conjo, por cuenta de fondos provinciales de los dementes María González Gándara, natural de Salvaterra, de 22 años, soltera, domiciliada en Vigo y Diego Suárez Sánchez de 36 años marinero, natural y vecino de Vilagarcía de cuyos expedientes resulta probada la naturaleza enfermedad, necesidad de la reclusión y pobreza de los enfermos y sus familiares, debiendo por el Negociado de Beneficencia remitirse al Director de aquel establecimiento la filiación de los 2 dementes que ingresan en concepto de observación, a los efectos que determina el R.D. de 19 de mayo de 1885. ------ Folla: 129 17. Colegio Sordomudos de Santiago. Ingreso de Francisco Fernández y Carlos Álvarez. Vistos los expedientes relativos al ingreso en el Colegio de Sordomudos y de ciegos de Santiago de los sordomudos María Francisca Fernández Troncoso, de 11 años de edad, natural y vecina de Ponteareas y Carlos Álvarez Agulla, natural y vecino de Salcedo, parroquia del término de Pontevedra, de los que resulta probada la sordomudez, que no padecen enfermedad mental ni contagiosa y que son pobres, incluso sus familiares; se acuerda de conformidad con lo propuesto por el Negociado disponer el ingreso de los mismos por cuenta de la subvención que figura en el presupuesto provincial a favor de dicho establecimiento. ------ Folla: 129 18. Pabellón Galicia, en Sevilla. Aprobación dietas al Sr. Llorens. Prestar su conformidad y sanción al acuerdo adoptado por la Comisión provincial de A Coruña en 16 del actual fijando la dieta de cien pesetas más los gastos de viajes, para que pueda emplazarse en Sevilla, Don Francisco Llorens, encargado de las Diputaciones Gallegas de los trabajos de instalación del "Pabellón de Galicia" en aquella Exposición, en atención a que no devenga honorarios por la dirección, comunicando éste acuerdo al Presidente de aquella Diputación y a la Ordenación de Pagos, a los efectos del abono en su día de la cantidad que corresponda a este organismo por tales conceptos. ------ Folla: 129,130 19. Monte de "Santa Tecla" R.O. incorporándolo a la repoblación forestal. Quedar enterada con satisfacción de la R.O. dictada por el Excmo. Sr. Ministro de Fomento, fecha 20 del actual, traslada a éste organismo por la Dirección General de Montes, Pesca y Caza, por virtud de la que y bajo las condiciones que en la misma se imponen, se accede a la pretensión formulada, incorporando el monte denominado "Santa Tecla" número 480 de los de utilidad pública de la provincia a las zonas que ésta Diputación repuebla con el auxilio del Estado en iguales condiciones que lo están los demás comprendidos en el plan aprobado; y en su consecuencia, se acuerda dar gracias al citado Sr. Ministro por haber accedido a esta pretensión y pasar dicha Real disposición a la Jefatura de la Repoblación forestal, dando traslado de ella al Sr. Presidente de éste organismo para que bajo su presidencia se constituya el Patronato que impone el apartado 2º de la disposición y se cumplan además todo lo que en la misma se cita para poner en ejecución inmediata lo dispuesto en la Real Orden de referencia. ------ Folla: 130 20. Otorgando 6 libretas de la Caja de Ahorros a 6 niños del Hospicio. Continuando la labor iniciada en años anteriores sobre la concesión de libretas de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de este municipio, se acuerda otorgar seis de veinticinco pesetas cada una que se distribuirán por mitad entre tres niños y otras tantas niñas del Hospicio de esta ciudad, debiendo los designados reunir las circunstancias de no tener padres conocidos y ser de los más jóvenes del establecimiento, con la advertencia de que para el caso de fallecimiento de los beneficiados entre a disfrutar de la imposición de la cartilla el niño del mismo sexo y más joven de aquella casa benéfica. ------ Folla: 130 21. Concesión de 300 ptas para libretas a niños de las Escuelas públicas. Para que éste beneficio pueda alcanzar a los niños de las Escuelas públicas de este término municipal y a fin de que sirva de estímulo a los que obtengan esta recompensa se destinan trescientas pesetas para adquirir el número de libretas que sea menester de dicha Caja de Ahorros, al objeto de conceder dos de cinco pesetas una a cada Maestro de las citadas Escuelas que se impondrán a nombre de los niños y niñas de mayor aplicación, que no disfruten de este beneficio por donación de otras entidades o particulares y que esta cantidad y la de las seis libretas anteriores, se satisfagan a la mayor brevedad, expidiéndose el libramiento a favor del Sr. Presidente de esta Diputación; y como se trata de un gasto imprevisto, habrán de satisfacerse su importe con cargo al capitulo 18, articulo único del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 130 22. Dando gracias a D. Vicente Riestra Calderón de la donación de libretas para 4 niños de la Inclusa. Enterada esta Comisión por conducto privado, que han sido reguladas a cuatro niños de la Inclusa provincial igual número de libretas de veinticinco pesetas, cada una por el Sr. Presidente de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de esta ciudad, D. Vicente Calderón, dejando además que por este organismo se designen los asilados a quienes se les ha de otorgar; se acuerda consignar en acta su agradecimiento al generosos donante Sr. Riestra y que por la Sra. Superiora de aquel benéfico establecimiento proponga los dos niños y las dos niñas que careciendo de padres conocidos, sean los de menor edad y a favor de los cuales se hará la imposición de las cuatro libretas donadas. ------ Folla: 130 23. "Repoblación forestal". Aprobación cuentas de la 1ª y 2ª quincena de Septiembre. Prestar aprobación a las siguientes cuentas informadas con fecha catorce del actual por el Negociado de Fomento, importantes en junto 28.516 pesetas ochenta céntimos, correspondientes a la primera y segunda quincenas de septiembre último de los trabajos de jornales y materiales de la "Repoblación Forestal" de la provincia en las zonas que mencionan en las mismas y que se llevan a cabo en consonancia con lo preceptuado en el Real Decreto de 12 de diciembre de 1926 y Real Orden del Ministerio de Fomento de 10 de abril de 1928. De la primera quincena de Septiembre Pesetas Cts 1. Vivero. Jornales y varios .............................................................................................. 2.081 40 2. Zona 1ª. Jornales de vigilancia ..................................................................................... 607 " 3. Zona 1ª. Jornales de limpieza de cortafuegos en los perímetros 1º y 3º ............................ 2.482 50 4. Zona 2ª. Jornales de vigilancia ..................................................................................... 840 " 5. Zona 2ª. Jornales de limpieza de cortafuegos en los perímetros 4º, sección 1ª y 1º, 3º, 4º sección 2ª ................................................................................................................... 7.396 30 6. Zona 6ª. Jornales de vigilancia ..................................................................................... 900 " 7. Zona 9ª. Jornales de vigilancia de la sección 1ª ............................................................ 572 " 8. zona 9ª. Jornales de vigilancia de la sección 2ª ............................................................ 328 " 9. Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Jornales de trabajos en el almacén y varios ......................................... 130 65 10. Zona 5ª. Trabajos topográficos ...................................................................................... 320 " 11. zona 5ª. Carpetas para el proyecto y papel azográfico ................................................. 195 " 12. Zona 5ª. Adquisición de piñón ...................................................................................... 256 96 Total ............................ 16.109 81 De la segunda quincena de Septiembre 13. Viveros: Jornales y varios .............................................................................................. 1.168 74 14. Vivero. Locomoción ........................................................................................................ 140 16 15. Zona 1ª. Locomoción....................................................................................................... 111 76 16. Zona 1ª. Jornales de vigilancia ......................................................................................... 595 " 17. Zona 1ª. Jornales de trabajos topográficos ......................................................................... 130 " 18. Zona 2ª. Jornales de vigilancia .......................................................................................... 756 " 19. Zona 2ª. Jornales de limpieza de cortafuegos en el perímetro 4º de la sección 1ª ................ 1.320 35 20. Zona 6ª. Jornales de vigilancia ........................................................................................ 948 " 21. Zona 9ª. Jornales de vigilancia de la sección 1ª .............................................................. 600 " 22. Zona 9ª. Jornales de vigilancia de la sección 2ª.............................................................. 316 " 23. Zona 9ª. Colocación de jambas para cancillas en el perímetro 1º, sección 1ª ...................... 394 " 24. Zona 9ª. Gratificaciones por extinción de incendios en Poio y Xeve .................................. 396 48 25. Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Suscripción a "España Forestal" y varios ............................................... 166 74 26. Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Locomoción ........................................................................................ 323 50 27. Zona 5ª. Jornales de preparación del terreno para la siembra de los perímetros 1º y 2º ....... 1.120 30 28. Zona 5ª. Locomoción ........................................................................................................ 405 80 29. Zonas 3ª, 4ª y 5ª. Adquisición de piñón .............................................................................. 3.489 20 30. Zonas 3ª, 4ª y 5ª. Adquisición de pintura y varios ............................................................... 22 96 Total 12.406 99 Importan las dos quincenas, la cantidad de veintiocho mil quinientas dieciséis pesetas ochenta céntimos. ------ Folla: 130,131 24. Granja provincial de Salcedo. Abono gastos 1ª y 2ª quincena Septiembre (edificio). Examinadas las relaciones de gastos originados en la Granja provincial de Salcedo, que rinde el Negociado de Fomento, con fecha catorce del corriente importantes respectivamente mil trescientas setenta y siete, veinticinco y mil cuatrocientas ochenta y dos veinticinco pesetas por reparaciones en el edificio de aquella Granja, durante la 1ª y 2ª quincena del mes de septiembre último, por los conceptos que a continuación se expresa: De la primera quincena de Septiembre Pesetas Cts Jornales de reparación del edificio ............................................. 1.377 25 De la segunda quincena de Septiembre Jornales de reparación del edificio ........................................... 1.482 25 Total.................... 2.859 50 Debiendo librarse dichas sumas en cuantía total de dos mil ochocientas cincuenta y nueve pesetas con cincuenta céntimos con cargo a la consignación que existe en el capitulo 11, articulo 10º de la parte de gastos del vigente presupuesto. ------ Folla: 131 25. "Granja provincial de Salcedo". Abono gastos 1ª y 2ª quincenas septiembre (cultivo). Prestar aprobación a la cuenta informada por el Negociado de Fomento el 14 del corriente de los gastos ocasionados en la Granja de Salcedo, durante la 1ª y 2ª quincena de septiembre último, por los conceptos que a continuación se expresan: De la primera quincena de Septiembre Pesetas Cts Jornales ................................................................................ 944 " De la segunda quincena de Septiembre Jornales, adquisición de maíz y varios .................................... 1.368 40 Locomoción ........................................................................... 176 40 Total .................. 2.488, 80 Importan las dos quincenas la cantidad de dos mil cuatrocientas ochenta y ocho pesetas ochenta céntimos, habiendo de abonarse dichas sumas con cargo al capitulo 4º, articulo 2º de la parte de gastos del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 131 26. "Manicomio de Conjo". Abono estancias de Septiembre. Declarar de abono al Sr. Director del Manicomio de Conjo, la cuenta importante dieciséis mil seiscientas dieciséis pesetas ochenta y cinco céntimos por estancias causadas en aquel establecimiento durante el mes de septiembre último de los dementes pobres hijos de esta provincia que sostiene la Diputación que fue examinada por la Intervención, debiendo librarse dicha suma con cargo al capitulo 5º del capitulo 8º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. Se levantó la sesión. ------

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