ATOPO
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Acta de sesión 1929/11/02_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.155/1.1929-11-02_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1929/11/02_Ordinaria

  • Data(s) 1929-11-02 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 131 1. Presidencia del Sr. Lois Vidal con asistencia de los Vocales Señores Sarmiento Gil, Espinosa Orrea, Massó García y Pimentel Abelaira. Abierta la sesión a las doce horas de este día, se dio lectura al acta de la anterior, que fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial adoptó los acuerdos siguientes. ------ Folla: 131 2. Señalamiento de sesiones. Señalar los días de sesiones que habrán de celebrarse en el presente mes, que además de la de la fecha tendrán lugar el 8 - 15 - 22 y 29. ------ Folla: 131 3. Distribución de fondos. Aprobar la distribución de fondos por capítulos en cuantía de 600.000 pesetas para satisfacer las obligaciones del actual mes. ------ Folla: 131,132 4. Padrones de cédulas personales de 1929. Aprobación de los de Salceda, Xeve, Silleda, Mos, Mondariz y Rodeiro. Vistos los padrones de cédulas personales formados por los Ayuntamientos de Salceda de Caselas, Xeve, Silleda, Mos, Mondariz y Rodeiro correspondientes al año corriente de 1929, con arreglo a las disposiciones vigentes y circular de esta presidencia inserta en el B.O. de 30 de junio de 1927, así como los informes del Negociado encargado de este servicio, en los que se hace constar que la clasificación de los empadronados está hecha con arreglo a los preceptos legales que rigen esta materia; se acuerda prestarle aprobación y devolverlos a los Ayuntamientos de su procedencia para su exposición al público en cumplimiento de lo establecido en el articulo 27 de la Instrucción de 4 de noviembre de 1925; debiendo remitir después de fenecido el plazo de exposición, certificación del acuerdo de haber tenido efecto y el resumen general del mismo y por lo que respeta al del Ayuntamiento de Rodeiro habrán de subsanarse los errores que se observan en la clasificación de los individuos que figuran en el padrón, en la siguiente forma: D. Anibal Fernández nº 1495 clasificado en la tarifa 3ª, clase 13, tiene sueldo de 2.073 pesetas le corresponde tarifa 1ª, clase 13ª, D. Manuel Castro García, número 1.124, clasificado en la tarifa 1ª, clase 15, tiene sueldo de 1.570 pesetas correspondiéndole tarifa 1ª, clase 14; Manuel Gil Enriquez, número 1199, clasificado en la tarifa 1ª, clase 14, tiene sueldo de 2.061 pesetas, correspondiéndole tarifa 1ª, clase 13; D. José Paredes Vence, número 1.862, clasificado en la tarifa 1ª, clase 14, tiene sueldo de 2.061 pesetas, correspondiéndole la tarifa 1ª, clase 13; D. José Paredes Vence, 1.862, clasificado en la tarifa 1ª, clase 134, tiene de sueldo de 2.061 pesetas correspondiéndole tarifa 1ª, clase 13; Jesús Veince Gil, número 1.780 clasificado en la tarifa 1ª, clase 14, tiene de sueldo 2.061 pesetas, correspondiéndole en la tarifa 1ª, clase 13; D. Gumersindo Pazos Cajide, número 925, clasificado en la tarifa 1ª, clase 14 tiene de sueldo 2.061 pesetas, correspondiéndole tarifa 1ª, clase 13 y don Ramón Fernández Gil, número 49 clasificado en la tarifa 1ª, clase 14, tiene sueldo de 2.037 pesetas correspondiéndole tarifa 1ª, clase 13 y subsanadas que sean las anteriores variaciones se aprueba dicho padrón el cual después de efectuadas se expondrá al público. ------ Folla: 132 5. Variación de clasificación en el padrón de Pontecesures. De conformidad con lo propuesto por el Jefe del servicio de cédulas personales se acuerda prestar aprobación a las variaciones observadas al efectuar aquella Dependencia la revisión del padrón de cédulas de 1929 del Ayuntamiento de Pontecesures en los empadronados Sres. Gumersindo Mosquera, Manuel Fajardo Silva, Francisco Míguez, Manuel Pérez, Herminia Alonso Oro y José Carrera Diéguez, que figuran en la nota que adjunta trasladándose esta resolución a aquella oficina para que la ejecute en la forma reglamentaria. ------ Folla: 132 6. Abono cuenta a la Papelería Alemana. Declarar de abono a la "Papelería Alemana" de D. Guillermo Kocheler, de Madrid, la factura importante cuatrocientas ochenta y una pesetas cincuenta céntimos, por efectos de escritorio y papel timbrado con destino a esta Comisión provincial, encargado por mediación del viajante de dicha casa Sr. Gorod; debiendo abonarse dicha suma por la Depositaría de fondos provinciales al presentarse a su cobro el giro puesto en circulación con cargo al capitulo 2º, articulo 1º de la parte de gastos del presupuesto en ejercicio. Se levantó la sesión. ------

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