ATOPO
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Acta de sesión 1886/05/06_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.005/2.1886-05-06_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1886/05/06_Ordinaria

  • Data(s) 1886-05-06 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 145 (Vicepresidente Besada, Limeses, Sequeiros, García Temes) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 145,146 2. Acordado por la Diputación Provincial en sesión de 8 de abril último declarar manicomio oficial de la provincia el establecido en el ex convento de Conxo, inmediato a la ciudad de Santiago y abandonar el de San Baudilio de Llobregat, tan pronto como desaparezcan los dementes existentes en él y sostenidos actualmente por la provincia, autorizando al mismo tiempo a esta CP para la celebración de un contrato con el director del 1º de los citados manicomios, bajo las bases estipuladas entre ambas partes como cuestión previa, y de cuyo resultado se ha dado conocimiento a la Diputación, se acuerda: 1º que con vista del acuerdo tomado por esta CP en sesión de 16 de marzo próximo pasado y de la comunicación del director del manicomio de Conxo, fecha 23 del mismo mes, contestando a dicho acuerdo, se formalice por Contaduría el contrato definitivo a que en lo sucesivo han de atenerse ambas partes contratantes y se remita por duplicado al citado director a fin de que se sirva devolver uno de los ejemplares con la conformidad y aprobación de las personas llamadas a prestar una y otra, según lo exijan los estatutos de la fundación del establecimiento. 2ª que se dé conocimiento al presidente de la Junta administrativa del manicomio de S. Baudilio de Llobregat, de los resuelto por la DP, manifestándole al propio tiempo, que su comunicación fecha 3 de abril último no ha podido ser tomada en cuenta por la Corporación, por haberse recibido con posterioridad a lo resuelto por la misma en 8 del mismo mes, teniendo en consideración la mayor proximidad a esta capital del manicomio de Conxo y las ventajas que esta circunstancia puede proporcionar, no sólo a los alienados y a sus familias, sino también a la provincia que lo sostiene y hasta a la región gallega interesada naturalmente en dar vida e impulsar el engrandecimiento de un establecimiento de esta especie por lo mismo que es reducidísimo el número de los que existen en la nación, y sin que tal medida pueda ser interpretada como causa de descontento por parte de esta provincia, del establecimiento que tan dignamente preside, y cuyas excelentes condiciones no puede dejar de reconocer. Se levantó la sesión. ------

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