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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1886-10-01_Ordinaria. Acta de sesión 1886/10/01_Ordinaria
Acta de sesión 1886/10/01_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.005/2.1886-10-01_Ordinaria
Título Acta de sesión 1886/10/01_Ordinaria
Data(s) 1886-10-01 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 222 (Parcero vicepresidente, Limeses, Sequeiros, García Temes, Salgado, Prada) 1. Leída el acta de la anterior fue aprobada. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la vigente ley provicial, la Comisión acuerda señalar en el presente mes para el despacho de los asuntos ordinarios e incidencias de quintas los días 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9,13,14,16, 19, 20, 21, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 y para la recepción de mozos de reemplazos anteriores los días 15 y 22. Publiquese la oportuna circular en el BOP. ------ Folla: 222 2. Se dio cuenta del expediente instruido referente a la necesidad de hacer varias obras en el Gabinete de Historia natual y cátedra contigua al mismo en el Instituto y vista la comunicación del director de dicho establecimiento, en la que en atención a la urgente necesidad de aquellas obras y mediante haber transcurrido ya el perìodo económico de 1885-86 propone la transferencia de 1.000 ptas. incluidas en el presupuesto corriente, para adquisición de material científico o gastos de conservación del edificio para los que se incluyeron 250 que dan un total de 1.250 que considera suficiente para el coste de aquellos. Visto lo informado por la contaduría, se acuerda acceder a dicha transferencia y en atención a la urgente necesidad de las repetidas obras cuyo importe no exige su contratación en subasta pública, se faculta al director del Instituto para admitir proposiciones para la ejecución de aquellas, por término de 4 días, previo anuncio en el BOP y sin perjuicio de que someta el resultado del concurso a la aprobación de esta Comisión. ------ Folla: 222,223 4. Se dio cuenta de una comunicación del ex director de la Escuela de Artes y Oficios, Emilio Alvarez Jimenez, acusando recibo del acuerdo de esta Comisión de 25 de agosto último por el que se denegó la cantidad de 250 ptas. que se solicita para conceder premios a los alumnos sobresalientes. Y, manifestando a la vez que si en efecto, en 1884-85 ninguna cantidad pidió para premios, no fue por no considerarla necesaria sino porque siempre creyó suficiente la que figura en el de 85-86 para el pago de premios del ejercicio anterior y del corriente, como ya sucedió antes, razón por la que no la pidió todos los años; y que teniendo el tribunal de examenes el compromiso de cumplir con su deber, pide no se le coloque en una situación desairada. Visto lo informado por la contaduría y atendiendo las explicaciones dadas por el ex-director de dicha Escuela, la Comisión acuerda se expida a favor de aquel la cantidad de las 250 ptas. que reclama para pago de premios de la Escuela, incluida en el presupuesto de 1885-86; y se le encargue que una vez entregados estos, forme y remita una relación de ellos y de los alumnos que los obtuvieron. ------ Folla: 223,224 5. Vistas las certificaciones de los acuerdos de 9 de mayo y 22 de junio último tomados por el ayuntamiento de Covelo respecto a la dimisión de los concejales Casimiro Gonzalez Sierra, Segundo Estevez Gonzalez, Manuel Durán Vida, Ramón Alonso Sampedro, Manuel Durán Diz, José María Tielas, y Vicente Villar, cuyos antecedentes se sirve remitir a esta CP el gobernador para los efectos oportunos. Resultando que en sesión de 9 de mayo hicieron dimisión de sus cargos los concejales ya referidos, fundándose unos en que tienen que ausenterse al extranjero, y otros en padecimientos físicos, edad y otros causales, las que le fueron admitidas. Resultando que en sesión de 22 de junio se presentaron los dimisinarios, manifestando que no obstante haber sido admitida aquella por el Ayuntamiento, no fue resuelta por el gobernador y ante la duda de si no lo verificó por falta de justificación en el acto de las excusas alegadas, exhiben certificaciones Vicente Villar, Manuel Durán y Casimiro González, insistiendo ensus dimisiones, acreditando ser mayores de 60 años y Segundo Estevez, Ramón Alonso, Manuel Dominguez y José María Tielas y acreditan tener padecimientos físicos, cuyo último concejal dimite igualmente su cargo, siendo admitidas todas estas renuncias como comprendidos en el párrafo 1º de la 2ª parte del artículo 43 de la ley municipal. Vista esta disposición, que autoriza las excusas de los cargos de concejales a los mayores de 60 años y a los físicamente impedidos. Considerando que si bien el art. 63 los considera obligatorios, se refiere a los sujetos que no se hallan en el caso de los de que se trata, quienes justificaron sus excusas, como tampoco el nº 2º de la Real Orden de 14 de agosto de 1885, que considera irrenuciables dichos cargos y somete a los tribunales a los que se negasen a continuar siviéndoles. La Comisión, en vista de la facultad que la concede el nº 2 del art. 99 de la ley provincial, acuerda aprobar los acuerdos del Ayuntamiento de Covelo por los que admitió las dimisiones de los concejales que quedan relacionados, y que se comunique al gobernador a fin de que, de conformidad con el art. 46 de la ley municipal, se sirva disponer se cubran, a medio de elección, las vacantes que ocurran en el citado Ayuntamiento para completar el nº de 16 individuos que lo constituyen. Se levantó la sesión. ------
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